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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de febrero de 2007 339176 Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente a los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, Gerencia General y Gerencia de Plani fi cación, Racionalización y Estadística, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 23467-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO Designan personal responsable de brindar información en aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Administración Pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 006-JI-INABEC/2007 San Borja, 11 de enero de 2007 VISTO: El Informe Nº 007-2007-OA/INABEC de fecha 10 de enero del 2007, de la O fi cina de Administración; CONSIDERANDO: Que, el T.U.O. de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, en el artículo 8º establece que las entidades de la Administración Pública están obligados a proporcionar información y designar a los responsables de brindar información solicitada en cumplimiento de la presente Ley; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 001-OA- INABEC/2007 de fecha 3 de enero del 2007, se resuelve dejar sin efecto la Resolución Administrativa que encargó al Lic. Adm. César Mendoza Hernández las funciones de Responsable del área de Personal encargando a la Abog. Marcela Liliana Alva Vásquez, especialista Administrativo III, las funciones de Responsable del área de Personal de la Ofi cina de Administración; Que, es necesario dotar de experiencia laboral a los funcionarios y servidores públicos del INABEC, en ese sentido se debe dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 168-JI-INABEC/2005 que designó al Lic. Cesar Mendoza Hernández como responsable de brindar la información requerida por los ciudadanos en aplicación del Texto Único Ordenado acotado; y, Estando a lo expuesto, con las visaciones de Subjefatura Institucional, O fi cina de Administración, Ofi cina de Asesoramiento Institucional y Asesoría Jurídica; y de conformidad con el Decreto Ley Nº 21547 - Ley Orgánica del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo – INABEC, su modi fi catoria Ley Nº 28075 y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 041-JI-INABEC-2001. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 168-JI-INABEC/2005, que designa al Lic. César Mendoza Hernández, como responsable de brindar la información requerida por los ciudadanos. Artículo Segundo.- Designar a la Abog. Marcela Liliana Alva Vásquez, como Responsable de brindar la información requerida por los ciudadanos en aplicación del T.U.O. de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Administración Pública. Regístrese, comuníquese y archívese. NANCY DEL PILAR GARCIA CARRILLO Jefa Institucional 23148-1 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Lima e Ica JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 007-2007/SBN-GO-JAR La Molina, 30 de enero de 2007 Visto el Expediente Nº 122-2006/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 561,56 m², ubicado en zona urbana, al noroeste de la urbanización Punta Rocas y al suroeste de la propiedad de la Empresa ALECAR S.A.C., en el distrito de Punta Negra, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción yfi scalización; Que, revisada la base grá fi ca de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identi fi có un terreno ubicado al noroeste de la urbanización Punta Rocas y al suroeste de la propiedad de la Empresa ALECAR S.A.C., en el distrito de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, que aparentemente se encontraba libre de inscripción registral; Que, mediante Certi fi cado Catastral de fecha 22 de noviembre de 2006, expedido por la Zona Registral Nº IX - Sede Lima sobre la base del Informe Técnico Nº 7828-2006-SUNARP-Z.R.IX/OC, se concluyó que el predio submateria se ubica en zona donde no se aprecia información grá fi ca de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 27 de noviembre de 2006, se constató que el citado terreno se ubica en zona urbana, es de suelo arenoso con fuerte pendiente en el límite superior de la urbanización Punta Rocas; Que, la Octava Disposición Complementaria del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, rati fi ca la calidad de terrenos eriazos, y por ende, de propiedad estatal, de las montañas, cerros y lomas del territorio nacional ubicadas en área urbana; Que, por ello corresponde tramitar la primera inscripción de dominio del terreno antes descrito, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Artículo 33º del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y