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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de febrero de 2007 339559 3.13 Directiva Nº 001-2007-VMGP/DITOE, Normas para el Desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en DREs, UGELs y IIEEs. IV. ALCANCES 4.1 Dirección Nacional de Educación Básica Regular. 4.2 Dirección Nacional de Educación Básica Alternativa. 4.3 Dirección de Tutoría y Orientación Educativa.4.4 Direcciones Regionales de Educación. 4.5 Unidades de Gestión Educativa Local. 4.6 Instituciones Educativas de Educación Básica públicas y privadas. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 El Ministerio de Educación, en cumplimiento con las políticas de Estado, a través de la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa, asesora, monitorea y evalúa las acciones de la Campaña Educativa Nacional permanente de sensibilización y Promoción para una vida sin drogas: “Estudiantes sanos, libres de drogas”. 5.2 Las Direcciones Regionales de Educación y las Direcciones de las Unidades de Gestión Educativa Local, plani fi carán y monitorearán la ejecución de las actividades relacionadas con la Campaña Educativa Nacional permanente de sensibilización y promoción para una vida sin drogas: “Estudiantes sanos, libres de drogas”, en el ámbito de sus jurisdicciones, dentro de los lineamientos establecidos por la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa. 5.3 Los Directores, de las Instituciones Educativas con el apoyo del Comité de Tutoría promoverán y ejecutarán actividades relacionadas con la promoción de una vida sin drogas, a través de la Campaña Educativa Nacional permanente de sensibilización y promoción para una vida sin drogas: “Estudiantes sanos, libres de drogas” , que promueve y compromete la participación de los estudiantes, docentes, padres de familia y de todos los agentes educativos. Convocarán a las organizaciones de la sociedad civil y a profesionales destacados de cada localidad para que colaboren con la Campaña. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 A nivel Central: - Normar las diferentes acciones relacionadas con la Campaña Educativa Nacional permanente de sensibilización y promoción para una vida sin drogas: “Estudiantes sanos, libres de drogas”. - Realizar acciones de prevención del consumo de drogas y riesgos asociados en la población escolar.- Asesorar a los docentes tutores en la prevención y en los riesgos asociados al consumo de drogas, en la aplicación de técnicas básicas para la detección temprana y derivación oportuna de casos de estudiantes que consumen drogas. - Producir material educativo destinado a la prevención, detección temprana y derivación oportuna del consumo de drogas. - Monitorear y evaluar las acciones de Tutoría y Orientación Educativa relacionadas con la prevención, detección temprana y derivación oportuna de casos de estudiantes que consumen drogas, que se desarrollan en el ámbito escolar. - Difundir la normatividad vigente sobre la prevención del consumo de drogas a nivel nacional, a través de afi ches, stickers y otros medios publicitarios. 6.2. A nivel de las Direcciones Regionales de Educación Los Directores de las Direcciones Regionales de Educación, a través de sus especialistas de Tutoría y Orientación Educativa, promoverán, en sus respectivas jurisdicciones, actividades relacionadas a la Campaña Educativa Nacional permanente de sensibilización y promoción para una vida sin drogas: “Estudiantes sanos, libres de drogas” , tales como: - Coordinar con los Presidentes Regionales y otras autoridades del sector público, acciones conjuntas para el fortalecimiento de la Campaña Educativa Nacional permanente de sensibilización y promoción para una vida sin drogas “Estudiantes sanos libres de drogas”. - Difundir la campaña permanente de sensibilización y prevención para una vida sin drogas en los diferentes medios de comunicación de la región. - Promover, incentivar y participar en convenios con las diferentes instituciones del Estado y la sociedad civil, que involucren acciones concretas relacionadas con la campaña permanente de sensibilización y promoción para una vida sin drogas. - Coordinar con los gobiernos locales y la Policía Nacional, el cumplimiento de las ordenanzas municipales sobre la venta de alcohol, tabaco y otras sustancias tóxicas en los alrededores de las IIEE. En las regiones que no contaran con tales normas se deberá promover su expedición. - Difundir a nivel nacional la Ley General para la prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco Nº 28705 y Ley que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas Nº 28681. 6.3. A nivel de las Unidades de Gestión Educativa Local: Los Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local, a través de los especialistas de Tutoría y Orientación Educativa, promoverán en sus respectivas jurisdicciones,