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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339856 Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Artículo Segundo.- Disponer que todos los funcionarios de las Gerencias y Subgerencias que integran la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Perla, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad toda la información que le sea requerida por la funcionaria designada en el artículo primero dentro de los términos legales y las condiciones que haga posible su cumplimiento de la función encomendada. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el artículo primero de la Resolución de Alcaldía Nº 046-2004-MDLP-ALC de fecha 17 de febrero del 2004. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerente de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano la presente Resolución. Artículo Sexto.- Notifi car la presente Resolución a las instancias administrativas y a la interesada para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 27685-1 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 012-2007-MDLP-ALC La Perla, 26 de enero del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, establece “las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM señala “la presente ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrada en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú…”; Que, de conformidad con el Principio de Publicidad regulado en la citada norma legal y en el considerando precedente todas las actividades y disposiciones de las entidades de la administración pública están sometidas al principio de publicidad; Que, en los numerales 2) y 3) del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala “que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la administración pública y tienen la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad …”; Que, el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 270806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece “las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de Internet de la información referida a la información presupuestal, adquisiciones de bienes y servicios y actividades o fi ciales que desarrollan o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad entre otras”; Que dicha norma además señala que la entidad pública deberá identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, el inciso c) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece “la obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia”; Que en tal sentido resulta necesario designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de Internet de esta comuna a que se re fi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 inciso 6) artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a don PEDRO GUILLERMO ESPIELL DIAZ, Subgerente de Relaciones Públicas, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de La Perla, a que se refiere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerente de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente Resolución a las instancias administrativas y al interesado para los fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano la presente Resolución. Regístrese. comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 27685-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUTERVO Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el Ejercicio Fiscal 2007 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 042-2007-MPC. Cutervo, 22 de enero del 2007. VISTO: El Memorando N° 021-2007/MPC-GM y el Informe N°.010-2007-MPC/UASA de fecha 22-01-07, alcanzando y solicitando la Aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Cutervo, para el Ejercicio Presupuestal del Año 2007. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Cutervo es un Órgano de Gobierno Local, con Autonomía Política, Económica y Administrativa, en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Artículo 194º. de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº.27972; Que, el Artículo 6º. de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº.27972, establece que el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Así mismo según el contenido del Artículo 20º. Inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº.27972, compete al Alcalde entre otras funciones, dictar Decretos-Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas; Que, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es un documento donde se consolida la información de la Licitaciones, Concursos Públicos, Adjudicaciones