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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339861 Convenio marco suscrito entre PRONASAR-MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO y la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCO-HUALLO; los Decretos Supremos 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; el Titular del Pliego contando con la aprobación y facultades autorizativas de la Ley Orgánica Nº 27972 y del Concejo Municipal en sesión extraordinaria de fecha 5 de febrero del presente año: SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonérese a la Municipalidad Distrital de Anco Huallo comprensión de la Provincia de Chincheros de la Región Apurimac del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva por causal de Situación de Desabastecimiento Inminente, y autorícese a contratar a través de acciones inmediatas el Servicio de Supervisión para El Expediente Técnico y Ejecución incluida la Liquidación de la Obra AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS URIPA, hasta por la suma de S/.64,000.00 (Sesenta y cuatro Mil 00/100 Nuevos Soles) Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través del Área de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Municipalidad Distrital de Anco Huallo, y de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 3º.- El egreso que irrogue la presente Resolución se aplicará con cargo al presupuesto del Pliego 0390 Municipalidad Distrital de Anco Huallo cadena funcional Función:14 SALUD Y SANEAMIENTO, Programa: 047 Saneamiento, Subprograma: 0127 Saneamiento General, Proyecto: 2003298 Ampliación Sistema Desague, Componente: 2086837 Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas distrito de Anco Huallo Provincia de Chincheros, Finalidad: 01433 Supervisión y Control de Obras. Artículo 4º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 5º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Artículo 6º.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y a través del SEACE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.SAMUEL ALEX MEDINA CARDENAS Alcalde 28017-2 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios y la adquisición de bienes para la obra Construcción del Coliseo Cerrado de Uripa - Tintipuquio ACUERDO DE CONCEJO Nº 07 -2007-A-MDA/U Anco Huallo, 1 de febrero del 2007 VISTO; El Informe Nº 008-2007-G/MDA/U, de la Gerencia Municipal, adjunto el Informe Nº 009-2007-ODUR/MDA/U. De la O fi cina de Desarrollo Urbano y Rural y el Informe Nº 003-2007-AJ/MDA/U Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen: “en situación de emergencia o en desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley”; Que, mediante el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera Desabastecimiento Inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el artículo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, debiéndose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario O fi cial El Peruano, excepto en los casos a que se refi ere el inciso b) del artículo 19º de la Ley; Que, en tal sentido, mediante la emisión del Informe Nº 008-2007-G/MDA/U, de la Gerencia Municipal, adjunto el Informe Nº 009-2007-ODUR/MDA/U. De la O fi cina de Desarrollo Urbano y Rural y el Informe Nº 003-2007-AJ/MDA/U Asesoría Jurídica, se da cumplimiento a dicho requerimiento legal; Que, mediante Informe Nº 009-2007-ODUR/MDA/ U. De la O fi cina de Desarrollo Urbano y Rural, sustenta técnicamente la exoneración y la necesidad inmediata de contar con los Bienes (Materiales ) y Servicios (Mano de Obra Cali fi cada, No Cali fi cada, Maquinarias y Equipos ) para la ejecución de la Obra por Administración Directa “CONSTRUCCION PRIMERA ETAPA COLISEO CERRADO URIPA - TINTIPUQUIO “, (estructura tribunas y techo) se tiene previsto que desde el 06 de Febrero del año 2007, se inicie con mayor intensidad el trabajo de campo para el movimiento de tierras, acopio de agregados y stock de materiales en vista de haber sido declarado en emergencia las vías carrozables en toda la Provincia por la Municipalidad Provincial de Chincheros, generándose la necesidad de tomar las previsiones necesarias y dotar de inmediato de bienes y servicios a la obra. Que, adicionalmente, mediante Informe Nº 008-2007- G/MDA/U, de la Gerencia Municipal ha determinado que siendo el valor referencial de la primera etapa en Bienes y Servicios la suma de S/.740,000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), fi nanciados por Recursos por Operaciones Ofi ciales de Credito Interno la suma de S/.580,000.00, aporte de la Asignación Provincial del Foncomun la suma de S/.20,000.00 y con recursos Directamente Recaudados de la Municipalidad Distrital de Anco Huallo S/.140,000.00; debido a que esta Obra se ejecutara por administración directa y tomando en consideración las inclemencias del tiempo se hace urgente el Acuerdo de la declaración en desabastecimiento inminente; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Artículo 19º, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, copia de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de selección, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Artículo 19º de la Ley, serán publicadas en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, según corresponda, y adicionalmente, deberán publicarse a través del SEACE; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos N°s. 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; el Titular del Pliego contando con la aprobación y facultades autorizativas de la Ley Orgánica Nº 27972 y del Concejo Municipal en sesión extraordinaria de fecha 31 de enero del presente año: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonérese a la Municipalidad Distrital de Anco Huallo comprensión de la Provincia de