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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (17/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de febrero de 2007 339858 El Concejo Provincial de Islay en Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero del año 2007; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 003-2007-MPI/A-GM-SG- SGRRPPII, la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial de Islay, solicita la contratación de profesionales de comunicación social con la fi nalidad de mantener informada a la colectividad de las diferentes actividades que desarrolla la Municipalidad; Que, para dicho fi n se requiere de la contratación de diversos medios de comunicación radial, tanto de la localidad, como de la ciudad de Arequipa, servicios que no pueden exceder de S/. 300.00 mensual, considerando los impuestos de ley; Que, el inciso f del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada ley; Que, según el Artículo 145º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que se encuentran expresamente comprendidos dentro de los servicios personalísimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, de conformidad con las normas glosadas el servicio a contratarse se enmarca dentro de uno de carácter personalísimo. Tratándose de una exoneración ésta debe aprobarse en el caso de los Gobiernos Locales mediante Acuerdo de Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 20º de la TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Por las consideraciones expuestas, y en ejercicio de las atribuciones que con fi ere el Artículo 20º de la Ley Nº 27972, de acuerdo al Informe Nº 003-2006-MPI/A-GM-SG-SGRRPPII, de la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional y el Informe de la Gerencia de Asuntos Legales Nº 006-2007-MPI/GM-GAL, y conforme a lo acordado por mayoría en Sesión de Concejo de fecha 31 de enero de 2007, con el voto en abstención de los señores Regidores Rolando Roldan Huanca, Aurea Ethel Mercado Tejada y Adolfo Azana Torres; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de proceso de selección para la contratación de los medios de comunicación siguientes por el monto máximo anual que se indica: RADIOS Y/O PERIODISTAS TOTAL S/. ANUAL Mario Rufo Roque Orovilla 2 750.00Mario Cerpa Chabariga 1 650.00Inversiones Ludesca 3 300.00Carmen Meza Tiga 3 300.00Jorge Andrés Pastor Paredes 1 100.00Gabino Turpo Quispe 3 300.00Juan Salas Cedamanos 2 200.00Radio Onda Sideral S.A. 3 300.00Radio Lider EIRL 3 300.00Jorge Luis Monzón Valdez 3 300.00 Artículo Segundo.- Determinar que el valor referencial del objeto de la exoneración es de S/. 27,500.00, y su Fuente de Financiamiento es Participación en Renta de Aduanas, asimismo establecer que el plazo de exoneración es del 1 de febrero al 31 de diciembre del presente año 2007. Artículo Tercero.- Determinar que el órgano encargado de efectuar la contratación exonerada es el Comité Especial permanente encargado de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- Realizar la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.MIGUEL ROMÁN VALDIVIA Alcalde 27577-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Designan a Procurador Público de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 008-2007-A/MPMN Moquegua, 3 de enero de 2007 VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, se considera la Estructura Orgánica Básica de las Municipalidades a la Procuraduría Pública Municipal para la representación y defensa de los intereses y derechos de las Municipalidades en Juicio, lo cual debe ejercitarse a través del Órgano de Defensa Judicial conforme a Ley; Que, el Procurador Público Municipal es funcionario designado por el Alcalde y depende administrativamente de la Municipalidad y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, es preciso por lo tanto designar al Procurador Público Municipal, de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto - Moquegua en el cargo de con fi anza, correspondiente al nivel F-3; Por lo que, estando al artículo 29º de la Ley Nº 27972 y el Proceso de Designación de cargos de con fi anza previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar en el cargo de Procurador Público Municipal, de la Municipalidad Provicial de Mariscal Nieto - Moquegua en el cargo de con fi anza con nivel F-3 al abogado Adrián Lima Aguilar, con la efectividad del 3 de enero del año 2007. Artículo Segundo.- El funcionario designado percibirá la remuneración establecida para su nivel. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDMUNDO ELISEO COAYLA OLIVERA Alcalde 27599-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAMBOPATA Exoneran de proceso de selección la adquisición de combustible para el servicio de limpieza pública de la ciudad de Puerto Maldonado ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2007-A-MPT-SG Puerto Maldonado, 16 de enero del 2007 POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de enero del 2007, convocada y presidida por