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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (18/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de febrero de 2007 339916 Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic 3105.10.00.00 - Productos de este Capítulo en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 kg0 3105.20.00.00 - Abonos minerales o químicos con los tres elementos fertilizantes: nitrógeno, fósforo y potasio0 3105.30.00.00 - Hidrogenoortofosfato de diamonio (fosfato diamónico) 0 3105.40.00.00 - Dihidrogenoortofosfato de amonio (fosfato monoamónico), incluso mezclado con el hidrogenoortofosfato de diamonio (fosfato diamónico)0 - Los demás abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: nitrógeno y fósforo: 3105.51.00.00 - - Que contengan nitratos y fosfatos 0 3105.59.00.00 - - Los demás 03105.60.00.00 - Abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: fósforo y potasio0 3105.90 - Los demás: 3105.90.10.00 - - Nitrato sódico potásico (salitre) 03105.90.20.00 - - Los demás abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: nitrógeno y potasio0 3105.90.90.00 - - Los demás 0 Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas Notas.1. Este Capítulo no comprende: a) los productos de constitución química de fi nida presentados aisladamente, excepto los que respondan a las especi fi caciones de las partidas 32.03 ó 32.04, los productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos (partida 32.06), los vidrios procedentes del cuarzo o demás sílices, fundidos, en las formas previstas en la partida 32.07 y los tintes y demás materias colorantes presentados en formas o en envases para la venta al por menor de la partida 32.12; b) los tanatos y demás derivados tánicos de los productos de las partidas 29.36 a 29.39, 29.41 ó 35.01 a 35.04; c) los mástiques de asfalto y demás mástiques bituminosos (partida 27.15). 2. Las mezclas de sales de diazonio estabilizadas y de copulantes utilizados con dichas sales, para la producción de colorantes azoicos, están comprendidas en la partida 32.04. 3. Se clasi fi can también en las partidas 32.03, 32.04, 32.05 y 32.06, las preparaciones a base de materias colorantes (incluso, en el caso de la partida 32.06, los pigmentos de la partida 25.30 o del Capítulo 28, el polvo y escamillas metálicos) de los tipos utilizados para colorear cualquier materia o destinadas a formar parte como ingredientes en la fabricación de preparaciones colorantes. Sin embargo, estas partidas no comprenden los pigmentos en dispersión en medios no acuosos, líquidos o en pasta, de los tipos utilizados en la fabricación de pinturas (partida 32.12), ni las demás preparaciones comprendidas en las partidas 32.07, 32.08, 32.09, 32.10, 32.12, 32.13 ó 32.15. 4. Las disoluciones (excepto los colodiones) en disolventes orgánicos volátiles de productos citados en el texto de las partidas 39.01 a 39.13 se clasi fi carán en la partida 32.08 cuando la proporción del disolvente sea superior al 50% del peso de la disolución. 5. En este Capítulo, la expresión materias colorantes no comprende los productos de los tipos utilizados como carga en las pinturas al aceite, incluso si se utilizan también como pigmentos colorantes en las pinturas al agua. 6. En la partida 32.12, sólo se consideran hojas para el marcado a fuego las hojas delgadas de los tipos utilizados, por ejemplo, en el estampado de encuadernaciones, desudadores o forros para sombreros, y constituidas por:a) polvos metálicos impalpables (incluso de metal precioso) o pigmentos, aglomerados con cola, gelatina u otros aglutinantes; b) metales (incluso metal precioso) o pigmentos, depositados en una hoja de cualquier materia que sirva de soporte. Nota complementaria.1. Los minerales metalúrgicos efectivamente utilizados como pigmentos, son los fi namente molidos en los que el 95% o más pase por un tamiz de malla de 45 micras (0,045 mm), clasi fi cándose en la subpartida 3206.49.99 (por ejemplo: magnetita, limonita). Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic 32.01 Extractos curtientes de origen vegetal; taninos y sus sales, éteres, ésteres y demás derivados. 3201.10.00.00 - Extracto de quebracho 0 3201.20.00.00 - Extracto de mimosa (acacia) 03201.90 - Los demás:3201.90.20.00 - - Tanino de quebracho 03201.90.30.00 - - Extractos de roble o de castaño 03201.90.90 - - Los demás:3201.90.90.10 - - - Extractos de mangle o de dividivi 03201.90.90.90 - - - Los demás 12 32.02 Productos curtientes orgánicos sintéticos; productos curtientes inorgánicos; preparaciones curtientes, incluso con productos curtientes naturales; preparaciones enzimáticas para precurtido. 3202.10.00.00 - Productos curtientes orgánicos sintéticos 12 3202.90 - Los demás:3202.90.10.00 - - Preparaciones enzimáticas para precurtido 123202.90.90.00 - - Los demás 12 3203.00 Materias colorantes de origen vegetal o animal (incluidos los extractos tintóreos, excepto los negros de origen animal), aunque sean de constitución química defi nida; preparaciones a que se re fi ere la Nota 3 de este Capítulo a base de materias colorantes de origen vegetal o animal. - De origen vegetal: 3203.00.11.00 - - De campeche 03203.00.12.00 - - Cloro fi las 0 3203.00.13.00 - - Indigo natural 03203.00.14.00 - - De achiote (onoto, bija) 123203.00.15.00 - - De marigold (xantó fi la) 12 3203.00.16.00 - - De maíz morado (antocianina) 123203.00.17.00 - - De cúrcuma (curcumina) 123203.00.19.00 - - Las demás 12 - De origen animal: 3203.00.21.00 - - De cochinilla 123203.00.29.00 - - Las demás 0 32.04 Materias colorantes orgánicas sintéticas, aunque sean de constitución química de fi nida; preparaciones a que se re fi ere la Nota 3 de este Capítulo a base de materias colorantes orgánicas sintéticas; productos orgánicos sintéticos de los tipos utilizados para el avivado fl uorescente o como luminóforos, aunque sean de constitución química de fi nida. - Materias colorantes orgánicas sintéticas y preparaciones a que se re fi ere la Nota 3 de este Capítulo a base de dichas materias colorantes: 3204.11.00.00 - - Colorantes dispersos y preparaciones a base de estos colorantes0 3204.12.00.00 - - Colorantes ácidos, incluso metalizados, y preparaciones a base de estos colorantes; colorantes para mordiente y preparaciones a base de estos colorantes0 3204.13.00.00 - - Colorantes básicos y preparaciones a base de estos colorantes0 3204.14.00.00 - - Colorantes directos y preparaciones a base de estos colorantes0 3204.15 - - Colorantes a la tina o a la cuba (incluidos los utilizables directamente como colorantes pigmentarios) y preparaciones a base de estos colorantes: 3204.15.10.00 - - - Indigo sintético 0 3204.15.90.00 - - - Los demás 03204.16.00.00 - - Colorantes reactivos y preparaciones a base de estos colorantes0 3204.17.00.00 - - Colorantes pigmentarios y preparaciones a base de estos colorantes0