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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de febrero de 2007 339917 Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic 3204.19 - - Las demás, incluidas las mezclas de materias colorantes de dos o más de las subpartidas 3204.11 a 3204.19: 3204.19.10.00 - - - Preparaciones a base de carotenoides sintéticos0 3204.19.90.00 - - - Los demás 0 3204.20.00.00 - Productos orgánicos sintéticos de los tipos utilizados para el avivado fl uorescente0 3204.90.00.00 - Los demás 0 3205.00.00.00 Lacas colorantes; preparaciones a que se re fi ere la Nota 3 de este Capítulo a base de lacas colorantes.12 32.06 Las demás materias colorantes; preparaciones a que se re fi ere la Nota 3 de este Capítulo, excepto las de las partidas 32.03, 32.04 ó 32.05; productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos, aunque sean de constitución química de fi nida. - Pigmentos y preparaciones a base de dióxido de titanio: 3206.11.00.00 - - Con un contenido de dióxido de titanio superior o igual al 80% en peso, calculado sobre materia seca0 3206.19.00.00 - - Los demás 0 3206.20.00.00 - Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de cromo12 - Las demás materias colorantes y las demás preparaciones: 3206.41.00.00 - - Ultramar y sus preparaciones 0 3206.42.00.00 - - Litopón y demás pigmentos y preparaciones a base de sulfuro de cinc0 3206.49 - - Las demás: 3206.49.10.00 - - - Dispersiones concentradas de los demás pigmentos, en plástico, caucho u otros medios12 3206.49.20.00 - - - Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de cadmio0 3206.49.30.00 - - - Pigmentos y preparaciones a base de hexacianoferratos (ferrocianuros o ferricianuros)12 - - - Los demás: 3206.49.91.00 - - - - Negros de origen mineral 03206.49.99.00 - - - - Los demás 03206.50.00.00 - Productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos0 32.07 Pigmentos, opaci fi cantes y colores preparados, composiciones vitri fi cables, engobes, abrillantadores (lustres) líquidos y preparaciones similares, de los tipos utilizados en cerámica, esmaltado o en la industria del vidrio; frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas. 3207.10.00.00 - Pigmentos, opaci fi cantes y colores preparados y preparaciones similares0 3207.20 - Composiciones vitri fi cables, engobes y preparaciones similares: 3207.20.10.00 - - Composiciones vitri fi cables 0 3207.20.90.00 - - Los demás 03207.30.00.00 - Abrillantadores (lustres) líquidos y preparaciones similares12 3207.40 - Frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas: 3207.40.10.00 - - Frita de vidrio 0 3207.40.90.00 - - Los demás 0 32.08 Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modi fi cados, dispersos o disueltos en un medio no acuoso; disoluciones de fi nidas en la Nota 4 de este Capítulo. 3208.10.00.00 - A base de poliésteres 12 3208.20.00.00 - A base de polímeros acrílicos o vinílicos 123208.90.00.00 - Los demás 12 32.09 Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modi fi cados, dispersos o disueltos en un medio acuoso. 3209.10.00.00 - A base de polímeros acrílicos o vinílicos 12 3209.90.00.00 - Los demás 12 3210.00 Las demás pinturas y barnices; pigmentos al agua preparados de los tipos utilizados para el acabado del cuero. 3210.00.10.00 - Pinturas marinas anticorrosivas y antiincrustantes 12 3210.00.20.00 - Pigmentos al agua de los tipos utilizados para el acabado del cuero0 3210.00.90.00 - Los demás 12 3211.00.00.00 Secativos preparados. 12Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic 32.12 Pigmentos (incluidos el polvo y escamillas metálicos) dispersos en medios no acuosos, líquidos o en pasta, de los tipos utilizados para la fabricación de pinturas; hojas para el marcado a fuego; tintes y demás materias colorantes presentados en formas o en envases para la venta al por menor. 3212.10.00.00 - Hojas para el marcado a fuego 0 3212.90 - Los demás:3212.90.10.00 - - Pigmentos (incluidos el polvo y escamillas metálicos) dispersos en medios no acuosos, líquidos o en pasta, de los tipos utilizados para la fabricación de pinturas0 3212.90.20.00 - - Tintes y demás materias colorantes presentados en formas o en envases para la venta al por menor12 32.13 Colores para la pintura artística, la enseñanza, la pintura de carteles, para matizar o para entretenimiento y colores similares, en pastillas, tubos, botes, frascos o en formas o envases similares. 3213.10 - Colores en surtidos: 3213.10.10.00 - - Pinturas al agua (témpera, acuarela) 123213.10.90.00 - - Los demás 123213.90.00.00 - Los demás 12 32.14 Masilla, cementos de resina y demás mástiques; plastes (enduidos) utilizados en pintura; plastes (enduidos) no refractarios de los tipos utilizados en albañilería. 3214.10 - Masilla, cementos de resina y demás mástiques; plastes (enduidos) utilizados en pintura: 3214.10.10.00 - - Masilla, cementos de resina y demás mástiques 12 3214.10.20.00 - - Plastes (enduidos) utilizados en pintura 123214.90.00.00 - Los demás 12 32.15 Tintas de imprimir, tintas de escribir o dibujar y demás tintas, incluso concentradas o sólidas. - Tintas de imprimir: 3215.11.00.00 - - Negras 123215.19.00.00 - - Las demás 123215.90 - Las demás:3215.90.10.00 - - Para copiadoras hectográ fi cas y mimeógrafos 12 3215.90.20.00 - - Para bolígrafos 03215.90.90.00 - - Las demás 12 Capítulo 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética Notas.1. Este Capítulo no comprende: a) las oleorresinas naturales o extractos vegetales de las partidas 13.01 ó 13.02; b) el jabón y demás productos de la partida 34.01;c) las esencias de trementina, de madera de pino o de pasta celulósica al sulfato y demás productos de la partida 38.05. 2. En la partida 33.02, se entiende por sustancias odoríferas únicamente las sustancias de la partida 33.01, los ingredientes odoríferos extraídos de estas sustancias y los productos aromáticos sintéticos. 3. Las partidas 33.03 a 33.07 se aplican, entre otros, a los productos, incluso sin mezclar (excepto los destilados acuosos aromáticos y las disoluciones acuosas de aceites esenciales), aptos para ser utilizados como productos de dichas partidas y acondicionados para la venta al por menor para tales usos. 4. En la partida 33.07, se consideran preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética , entre otros, los siguientes productos: las bolsitas con partes de plantas aromáticas; las preparaciones odoríferas que actúan por combustión; los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos; las disoluciones para lentes de contacto o para ojos artifi ciales; la guata, fi eltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de perfume o de cosméticos; las preparaciones de tocador para animales.