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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de febrero de 2007 340603 Artículo 5º.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá remitir un (01) ejemplar del Reglamento de Participación del fondo mutuo de inversión en valores a que se re fi ere el artículo 1º de la presente resolución, así como el modelo de contrato de administración, en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente resolución. Artículo 6º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su noti fi cación. Artículo 7º.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al BBVA Banco Continental en su calidad de custodio. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS RIVERO ZEVALLOSGerente General (e) 28836-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Designan integrante de la Comisión Promotora de los “Juegos Panamericanos 2015” RESOLUCIÓN Nº 091-2007-P/IPD Lima, 21 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 084-2007-P/IPD de fecha 14 de febrero de 2007 se conformó la Comisión Promotora de los “Juegos Panamericanos 2015”, señalándose a sus miembros integrantes; Que, resulta pertinente incorporar a la indicada Comisión Promotora al señor Dr. Juan Ricardo Sotomayor García, miembro integrante del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; Con el visado de la Secretaría General del Instituto Peruano del Deporte; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar a la Comisión Promotora de los “Juegos Panamericanos 2015” al señor Dr. JUAN RICARDO SOTOMAYOR GARCÍA, miembro integrante del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte en su condición de representante Distrital de los Gobiernos Locales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO WOODMAN POLLITT Presidente 30924-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERÍA Aprueban publicar el Resumen Ejecutivo del Informe Nº 0028-2007-GART “Proce-dimiento de Regulación de las Tarifas del Servicio Prepago de Electricidad” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 065-2007-OS/CD Lima, 23 de febrero de 2007VISTOS: Los Informes Nº 0028-2007-GART y Nº 0033-2007- GART, elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante OSINERGMIN); CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución OSINERG Nº 442-2006-OS/ CD, se fi jó las tarifas del servicio prepago de electricidad, aplicables desde el 3 de octubre de 2006; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 81º de la Ley de Concesiones Eléctricas, es obligación del OSINERGMIN preparar periódicamente información que permita conocer al sector, los procedimientos utilizados en la determinación de las tarifas de electricidad, dentro de los que se encuentra el informe relativo al cálculo de las Tarifas del Servicio Prepago de Electricidad; Que, en cumplimiento de la disposición señalada en el considerando que precede, se ha preparado el Informe Nº 0028-2007-GART “Procedimiento de Regulación de las Tarifas del Servicio Prepago de Electricidad”, con el fi n de que se proceda a publicar su Resumen Ejecutivo en el Diario O fi cial El Peruano y en forma completa en la página Web del OSINERG; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la publicación, en el Diario O fi cial El Peruano, del Resumen Ejecutivo del Informe Nº 0028-2007-GART “Procedimiento de Regulación de las Tarifas del Servicio Prepago de Electricidad”, correspondiente al Cargo Comercial del Servicio Prepago de Electricidad aplicables hasta el 31/10/2009 y de los presupuestos de conexión eléctrica prepago, cargo de reposición y mantenimiento y costo por cambio a conexión eléctrica prepago aplicables hasta el 31/08/2007, concordante con la Resolución OSINERG Nº 442-2006-OS/CD y su modi fi catoria, Resolución OSINERG Nº 634-2006-OS/CD, el mismo que se anexa a la presente. Artículo 2º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y consignada junto con el Informe Nº 0028-2007-GART, en forma completa, en la página Web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo Informe Nº 0028-2007-GART Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria División de Distribución Eléctrica PROCEDIMIENTO DE REGULACIÓN DE LAS TARIFAS DEL SERVICIO PREPAGO DE ELECTRICIDAD (Resumen Ejecutivo) Lima, Febrero 2007 Contenido 1. Resumen Ejecutivo 1.1 Objetivo 1.2 Antecedentes1.3 Conclusiones1.4 Fijación de las Tarifas del Servicio Prepago de Electricidad