Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (27/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de febrero de 2007 340619 concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conformes a la ley de la materia y sólo respecto de bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al gobierno regional. Estando a lo acordado y aprobado en sesión ordinaria del Consejo Regional de fecha 21 de febrero del 2007, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales, y uso de las atribuciones que les otorga la Constitución Política del Perú y el artículo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867, modi fi cada por la Ley Nº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha dado la ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL PROGRAMA “MIRA COMO PROGRESAMOS” PARA BRINDAR MANTENIMIENTO REGIONAL DE LA INFRAESTRUCTURA PÚBLICA; PROCESOS DE SELECCIÓN Y ELABORACIÓN DE PERFILES; DESTINADOS A PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE LA REGIÓN Artículo 1º.- CRÉASE EL PROGRAMA: “MIRA COMO PROGRESAMOS”, para ejecutar el mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local, los procesos de selección para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública y la elaboración de perfi les de proyectos de inversión pública; el cual es fi nanciado con los recursos a que hace referencia la Segunda Disposición Final de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007. Artículo 2º.- FUNCIONES Y RESPONSABLES DEL PROGRAMA Son funciones del Programa: 2.1 En materia de mantenimiento de infraestructura Pública. Ejecutar el mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local, en los sectores Social, Educación, Salud, Interior, Judicial, Turismo y Comercialización, Agricultura, Transportes y Comunicaciones, Infraestructura Institucional y Mantenimiento de Equipo. Para tal efecto se designa como órgano responsable a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. 2.2 En procesos de selección. Conducir y ejecutar los Procesos de Selección, de acuerdo a la ley de la materia, para el abastecimiento de insumos y servicios requeridos para la ejecución de proyectos de inversión pública. Con este fi n, se designa como órgano responsable a la Dirección Regional de Administración. 2.3 En la elaboración de per fi les. Organizar, plani fi car, dirigir y ejecutar la elaboración de Per fi les de proyectos de Inversión Pública. A cuyo efecto se designa como Órgano responsable a Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Artículo 3º.- ACCIONES COMPLEMENTARIAS. Encargar a la Presidencia Regional, celebre convenios Inter Institucionales, con los gobiernos locales y entidades públicas para concertar el mantenimiento de la infraestructura Pública. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA UNICA.- MODI- FICACIONES PRESUPUESTARIAS Autorízase a la Presidencia Regional a realizar las modi fi caciones presupuestales necesarias para el funciona- miento del programa: “MIRA COMO PROGRESAMOS” ; de acuerdo a lo dispuesto en el Último párrafo de la segunda disposición fi nal de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JAIME ALBERTO RODRÍGUEZ VILLANUEVA Presidente Regional 30831-1GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Designan Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional para el período 2007, quien convocará y presidirá las sesiones del Consejo Regional ACUERDO Nº 004-2007-G.R PASCO/CR Pasco, 30 de enero de 2007 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modi fi cado por la Ley Nº 27902, modi fi cado por la Ley Nº 27867, modi fi cado por las Leyes Nºs.28968 y 28961, en Sesión Ordinaria del día treinta de enero del año dos mil siete, por unanimidad ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, por mandato Constitucional, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley Nº 27902, la que establece en su artículo 39º que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional; Que el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala como atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante la Ley Nº 28968, Ley que modi fi ca el literal I) del artículo 21º y la Undécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el día 24 de enero del 2007, establece en su artículo 1º la modi fi cación siguiente: “Artículo 21º Atribuciones, (…) El Presidente Regional tiene las siguientes atribuciones: (…) l) Convocar y presidir las sesiones del Consejo de Coordinación Regional, (…) UNDÉCIMA: Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo presenta y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoría simple. (…) El Consejero de mayor edad convoca y preside la sesión de instalación del Consejo Regional. (…) El Presidente y Vicepresidente Regional tienen voz más no voto en el Consejo Regional. (…) “Esta disposición rige para el período 2007-2010”. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21º, inciso o) concordante con el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Ley Nº 27902; modi fi cado por la Ley Nº 27867, modi fi cado por las Leyes Nºs. 28968 y 28961; ACUERDA:Artículo Primero.- Designar al señor Profesor César Rubén Verástegui Mendoza, Consejero Regional por la provincia de Pasco, como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, para el período anual 2007; quien convocará y presidirá las sesiones del Consejo Regional. Artículo Segundo.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FÉLIX RIVERA SERRANO Presidente 30527-1