Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2007 (27/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de febrero de 2007

Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es mision de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el literal a) del inciso 1) del articulo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es competencia exclusiva del Gobierno Regional planificar el desarrollo integral de la region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo; asimismo el literal a) del articulo 15º del mismo cuerpo legal establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el universo de las personas desaparecidas en la violencia social interna entre los anos de 1980 al 2000, no ha sido definido totalmente, lo que perjudica toda estrategia de busqueda, restitucion y reparacion a las victimas, situacion que debe resolver el Gobierno Regional con apoyo del Gobierno Central; Que, las cifras consignadas por la labor del Ministerio Publico, Defensoria del Pueblo, Coordinadora de Derechos Humanos, la Comision de la Verdad y Reconciliacion y el Comite Internacional de la MORDAZA Roja, establecen un universo de 12,027 desaparecidos, entendiendo que este listado no es exhaustivo y que el trabajo de diversas organizaciones continua incrementando dicha cifra; y que los registros de tales no han sido revisados individualmente para eliminar duplicidad y/o informaciones deficientes y cualquier listado de desaparecidos tiene indispensablemente que estar acompanado de la informacion antemortem para el MORDAZA de identificacion individual de las victimas; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros aprobo la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL Nº 044-06-GRA/CR Articulo Primero.- DECLARESE de necesidad publica la investigacion, ubicacion, hallazgo, identificacion y restitucion de las personas desaparecidas como consecuencia del MORDAZA de violencia ocurrido entre los anos 1980 al 2000 en la Region Ayacucho. Articulo Segundo.- DECLARESE de necesidad publica la recopilacion y sistematizacion de informacion sobre las personas desaparecidas durante el MORDAZA de violencia interna ocurrido entre los anos de 1980 al 2000, como preservacion de la memoria biologica y social de las personas desaparecidas en la Region Ayacucho. Articulo Tercero.- CREASE la Oficina para personas Desaparecidas en la Region MORDAZA, dejandose abierta la creacion de otras oficinas que tambien puedan contribuir, con los siguientes objetivos: 1. Investigar los casos de personas desaparecidas durante el periodo de violencia interna 1980-2000. 2. Conducir el MORDAZA de busqueda sistematica de los desaparecidos. 3. Restituir los restos de las victimas identificadas a sus familiares. 4. Crear el Registro Unico de Personas Desaparecidas durante el periodo del la violencia interna en la Region Ayacucho. 5. Realizar el Registro de Informacion de la Memoria Biologica y Social sobre personas desaparecidas. 6. Contribuir en las investigaciones fiscales y los procesos judiciales que se inicien como consecuencia de la denuncia de las graves violaciones a los derechos humanos, con especial enfasis en las desapariciones

forzadas de personas a traves de peritajes antropologicas forenses. 7. Utilizar el la prueba de ADN como medio complementario de identificacion de las personas desaparecidas. 8. Crear un banco de datos genetico de los familiares de personas desaparecidas. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional la Publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 30578-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el programa "Mira como progresamos" para brindar mantenimiento Regional de la Infraestructura Publica, Procesos de Seleccion y elaboracion de perfiles destinados a proyectos de inversion publica de la Region
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2007-CR/GRM. 21 de febrero de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, a merito de lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, El Gobierno Regional de MORDAZA, es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia exclusiva del Gobierno Regional Planificar el desarrollo integral de su Region y ejecutar los programas socioeconomico correspondientes; promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional en proyectos de infraestructura vial, energetica, de comunicaciones y de servicios basicos, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversion privada; dinamizar mercados y rentabilizar actividades, asi como desarrollar circuitos turisticos que puedan convertirse en ejes de desarrollo; estandole permitido concretar alianzas y acuerdos con otras regiones para el fomento del desarrollo economico, social y ambiental. En merito a lo cual ha ejecutado obras de impacto regional. Que; el Gobierno Regional de MORDAZA tiene competencias compartidas en materia de educacion, salud publica, promocion, gestion y regulacion de actividades economicas y productivas en su ambito y nivel correspondientes a los sectores agricultura, pesqueria, industria, comercio, turismo, energia, hidrocarburos, minas, trasportes, comunicaciones y medio ambiente; Que, es atribucion de Presidente Regional, celebrar y suscribir, en representacion del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecucion y

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