Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2007 (06/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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de los recursos geotermicos con la finalidad de asegurar el abastecimiento de energia necesaria para el crecimiento economico, el bienestar de la poblacion y la eficiente diversificacion de las MORDAZA de energia del MORDAZA, reconociendo al Ministerio de Energia y Minas la facultad de elaborar, proponer y aplicar la politica del subsector, asi como dictar la normatividad pertinente; Que, para el cumplimiento de tales fines, se ha considerado conveniente constituir una Comision Tecnica Multisectorial que se encargue de desarrollar el Proyecto Piloto y el Plan Maestro Geotermal, la cual estara adscrita al Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con la Ley Organica de Recursos Geotermicos, Ley Nº 26848, la Ley de Desconcentracion Administrativa en el Sistema de Personal, Decreto Ley Nº 21292; y, la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir una Comision Tecnica Multisectorial encargada del desarrollo del Proyecto Piloto y el Plan Maestro Geotermal, adscrita al Ministerio de Energia y Minas, la cual estara conformada de la siguiente manera: - Dos (2) representantes del Ministerio de Energia y Minas, uno de los cuales la presidira. - Un (1) representante del Instituto Geofisico del Peru; y, - Un (1) representante del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico - INGEMMET, quien actuara en calidad de secretario. Articulo 2º.- Dentro de cinco (5) dias habiles contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial, mediante resolucion del titular del sector correspondiente se designaran a los integrantes de la Comision Tecnica Multisectorial. Articulo 3º.- Finalizada la preparacion del Proyecto Piloto y el Plan Maestro Geotermal, en un plazo de seis (6) meses, la Comision Tecnica Multisectorial debera elevar sus resultados al Ministerio de Energia y Minas, para su posterior aprobacion e implementacion como politica sectorial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 81065-1

lo que demanda la adopcion de soluciones inmediatas que garanticen la recuperacion gradual de los recursos naturales y aspectos sociales actualmente afectados; Que, en virtud de las consideraciones precedentes, con fecha 22 de octubre de 2006, el Presidente del Consejo de Ministros expidio la Resolucion Ministerial Nº 3742006-PCM, constituyendo la Comision Multisectorial encargada de proponer un Plan de Accion dirigido a lograr la recuperacion de la MORDAZA del rio Ramis, adscrita al Ministerio de Energia y Minas e integrada por representantes del Ministerio de Energia y Minas, Ministerio del Interior, Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), Direccion General de Salud Ambiental (DIGESA), Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) y Gobierno Regional de Puno; Que, la referida Comision, en reunion de fecha 4 de diciembre de 2006 acordo la propuesta del Plan de Accion dirigido a lograr la Recuperacion de la MORDAZA Rio Ramis, cuya ejecucion deviene en una necesidad urgente; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 034-2007-EM se ha aprobado el "Plan de Accion dirigido a lograr la Recuperacion de la MORDAZA del Rio Ramis" propuesto por la mencionada Comision Multisectorial; Que, a efectos de llevar a cabo el Plan de Accion, resulta pertinente conformar una Comision Multisectorial encargada de coordinar y efectuar el seguimiento de las Acciones a Corto y Mediano Plazo contempladas en el Plan de Accion referido en el considerando anterior; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21292, en la Ley Nº 27594 y en el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion de la Comision Multisectorial - MORDAZA Rio Ramis Constituir la Comision Multisectorial - MORDAZA Rio Ramis (CMCRR), adscrita al Ministerio de Energia y Minas, encargada de coordinar y efectuar el seguimiento de las Acciones a Corto y Mediano Plazo contempladas en el "Plan de Accion dirigido a lograr la Recuperacion de la MORDAZA del Rio Ramis", aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2007-EM, vigilando el cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los sectores correspondientes; sin desmedro de las atribuciones de fiscalizacion y control de los organos competentes de cada sector. La CMCRR propondra al Ministerio de Energia y Minas, las modificaciones que fueran necesarias al Plan de Accion dirigido a lograr la recuperacion de la MORDAZA del Rio Ramis. Estas propuestas seran incorporadas al Plan de Accion mediante Resolucion Ministerial del Sector Energia y Minas. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision Multisectorial - MORDAZA Rio Ramis La CMCRR que se constituye mediante el articulo precedente estara integrada por: a) Un (1) representante del Ministerio de Energia y Minas, quien la presidira; b) Un (1) representante del Ministerio del Interior; c) Un (1) representante del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM; d) Un (1) representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; e) Un (1) representante de la Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA; f) Un (1) representante del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN; g) Un (1) representante de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; y, h) Un (1) representante del Gobierno Regional de Puno. La CMCRR mencionada se instalara en un plazo que no excedera de diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicacion de la presente resolucion ministerial. La CMCRR recogera la opinion de representantes de las Comunidades directamente involucradas y de miembros de la Sociedad Civil.

Constituyen Comision Multisectorial MORDAZA Rio Ramis
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 192-2007-PCM MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, un significativo numero de personas dedicadas a la extraccion de mineral aurifero, asi como a las actividades de mineria informal, estan asentadas en las areas de influencia de la MORDAZA del rio Ramis en MORDAZA, principalmente en el distrito de Ananea, provincia de San MORDAZA de Putina y en otras zonas como MORDAZA MORDAZA y Chaquiminas, MORDAZA MORDAZA y Huacchani; Que, estas actividades se vienen desarrollando con la irracional explotacion de las morrenas auriferas sin criterio tecnico, lo que depreda los yacimientos restandoles proyeccion sostenible; y por personas que carecen de titulo minero o que, contando con el titulo minero, no tienen los permisos de operacion establecidos por ley; Que, las actividades mineras MORDAZA mencionadas vienen impactando en otras actividades economicas y de sustento, asi como en los suelos y cursos de agua,

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