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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2007 (06/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2007 348510 y Rehabilitación; entre otras; de acuerdo al ámbito de su competencia; Que, en atención a lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil, ha solicitado recursos por la suma de ONCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.11 590 990,00), destinados a incrementar los niveles de stocks de bienes de ayuda humanitaria en los almacenes a nivel nacional, que permita la atención oportuna de la población de las zonas declaradas en emergencia por heladas y friaje; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con saldos de libre disponibilidad que permite dar cobertura al requerimiento efectuado por el Instituto Nacional de Defensa Civil; por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de ONCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 590 990,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la cantidad de ONCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.11 590 990,00) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 11 590 990,00 ---------------------TOTAL 11 590 990,00 ============ A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI- Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCIÓN 07 : Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Prevención y Atención de DesastresSUBPROGRAMA 0066 : Defensa Civil ACTIVIDAD 029434 : Atención de desastres y apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios 11 590 990,00 --------------------TOTAL INDECI 11 590 990,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos involucrados en la presente transferencia de partidas, aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego la desagregación de los recursos habilitados, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de julio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 81068-5 Aprueban operación de cobertura de riesgo estructurada con el JPMorgan Chase Bank, N.A. y aprueban texto de documento y anexo como marco contractual para su implementación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 382-2007-EF/75 Lima, 3 de julio de 2007CONSIDERANDO: Que, el párrafo 36.1 del Artículo 36º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, a realizar operaciones de administración de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de mercado, lo que en términos de la propia ley incluye a las operaciones de cobertura de riesgos; Que, asimismo, el párrafo 37.2 del Artículo 37º de la referida Ley, establece que los contratos marco de las operaciones de administración de deuda se aprueban por decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, que para el caso de las operaciones de cobertura de riesgos lo constituye el ISDA Master Agreement y su anexo denominado “Schedule”; Que, el párrafo 37.3 del Artículo 37º de la Ley Nº 28563, establece que las operaciones especí fi cas de cobertura de riesgo se aprueban por resolución ministerial de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 020-2005-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 089-2005-EF, se aprobó el texto de los contratos marco denominados International Swap Dealers Association Inc. (ISDA) Master Agreement (Versión 1992), incluyendo su anexo respectivo denominado “Schedule”, a ser suscritos con entidades fi nancieras de los Estados Unidos de América y/o internacionales, las cuales serían determinadas mediante resolución ministerial del sector Economía y Finanzas; Que, en mérito a la Resolución Ministerial Nº 169-2005- EF/75, se autorizó a suscribir con el JPMorgan Chase Bank, N.A. los documentos indicados en el considerando precedente; Que, se ha considerado conveniente realizar una operación de cobertura de riesgo estructurada que