Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2007 (11/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2007

Presupuesto y Racionalizacion da ha conocer que existe Disponibilidad Economica y Financiera para la Adquisicion de Bienes y Servicios, y la Ejecucion de Diversos Proyectos de Inversion Publica como obra en el Informe; del mismo modo con Oficio Multiple Nº 012-2007/MPC-ADMD de fecha 16-5-07 el Director de Administracion y Rentas comunica y adjunta los Saldos Reales de Cuentas Corrientes Diarias de cada una de las Cuentas de la MPC, evidenciandose la Solvencia y Disponibilidad Economica y Financiera para hacer frente a la Ejecucion de OBRAS estimadas para el Ejercicio 2007-ADQUISICION DE EQUIPOS Y OTROS BIENES, Y LA CONTRATACION DE SERVICIOS que requiera la Institucion de suma Urgencia para el cumplimiento, y logro de sus objetivos y metas, y para ello se debe priorizar y programar la Adquisicion de Bienes, Ejecucion de Obras y Contratacion de Servicios; Que, mediante Informe Nº 0572007/MPC-DAJ, la Direccion de Asesoria Juridica opina que conforme a lo estipulado con el Articulo 19º. literal c), 22º. del T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM y los Articulos 142º, 146º al 148º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, que los Bienes y Servicios requeridos, es preciso exonerar del MORDAZA de seleccion, para su adquisicion, siendo necesario para ello la aprobacion del Concejo Municipal mediante el acuerdo respectivo; Que, el Articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales estan sujetos a las leyes y disposiciones de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Al respecto, la aprobacion de los procesos de seleccion, se rigen por lo normado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas modificatorias; Que, el D.S. Nº 083-2004-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Articulo 19º. Exoneracion de Procesos de Seleccion.- preve que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "En situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; concordante con el Articulo 20º. que dispone las Formalidades de los procedimientos no sujetos a MORDAZA de seleccion: c) Acuerdos de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales. La facultad de aprobar exoneraciones es indelegable. Los acuerdos senalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un Informe tecnico-legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano (...) MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y el Informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular, dentro de los diez dias siguientes a la fecha de su aprobacion"; en concordancia con el D.S. Nº 084-2004-PCM que aprueba el Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA en su Articulo 142º "La situacion de Emergencia como aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes (...) Sic. Toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez dias siguientes a la finalizacion del evento de la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad (...) " ; lo cual se encuadra en el caso de autos; Que, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponde; La adquisicion o contratacion del bien, servicio y obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad o el organo designado para

el efecto conforme al articulo 148º. del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM; De conformidad con lo establecido por el inciso 8) y 35) del Articulo 9º, 38º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; los miembros de la Municipalidad Provincial de Cutervo, previo analisis y deliberacion del Informe Nº 124-2007/MPC-DIDUR, Informe Nº 140-2007/MPC-DIDUR, el Oficio Nº 0862007/MPC-DPPR, el Informe Nº 073-2007/MPC-Adm, el Oficio Multiple Nº 012-2007/MPC-ADMD y del Informe Legal Nº 57-2007/MPC-DAJ, y el T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, por Unanimidad; ACORDARON: Articulo Primero.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION DE ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA POR EMERGENCIA de conformidad con el Articulo 19º. literal c) del T.U.O. del D.S. Nº 0832004-PCM y 142º. del Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, para la Adquisicion de Materiales de Construccion (Cemento, Agregados, MORDAZA, Tuberia y Accesorios Electricos) para la Ejecucion Urgente de las Obras Programadas del Ano Fiscal 2007, con cargo a la Fuente de Financiamiento Canon y Sobre Canon - Proyecto "Obras por Emergencia". Articulo Segundo.- DISPONER que el Director de Administracion y Rentas remita MORDAZA del Acuerdo y del Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y al demas entidades correspondientes; dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Direccion de Administracion y Rentas, a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, y la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares el debido cumplimiento del presente Acuerdo y de las acciones correspondientes con arreglo a Ley. Articulo Cuarto.- DISPONER que Secretaria General de la Municipalidad cumpla con la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de la aprobacion del presente acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Convenio MORDAZA Relativo a la Ejecucion de la Ayuda Financiera y Tecnica y de la Cooperacion Economica en la Republica del Peru en virtud del Reglamento "ALA"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/140, comunica que el "Convenio MORDAZA Relativo a la Ejecucion de la Ayuda Financiera y Tecnica y de la Cooperacion Economica en la Republica del Peru en virtud del Reglamento "ALA", suscrito el 5 de diciembre de 2002, en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica. El Convenio fue aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 29024 de 18 de MORDAZA de 2007, publicado el 20 de MORDAZA de 2007 y ratificado por Decreto Supremo Nº 033-2007-RE, de fecha 30 de MORDAZA de 2007, publicado el 31 de MORDAZA de 2007, entro en vigencia el 27 de junio de 2007.

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