Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2007 (11/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de julio de 2007 348840 N° de PericiaN° InscripciónRes. de CancelaciónNombre y Apellidos 431-MIG0927634601-2007/SGDIDaniel Alberto Méndez Orrillo 42570207 Alberto Orrillo Méndez 453-MIG1814804101-2007/SGDIJuan Pablo Ramos Huaccha 44156794 Jaime Gustavo Huaccha Moreno 428-MIG0184379301-2007/SGDIMarlene Julia Mamani Zapana 43006186 Julia Amelia Mamani Paredes 470-MIG4160005701-2007/SGDICecilia Morante Ocampo de Neira 43476899 Cecilia Senaga Dueñas 052-MIG4392385321-2007/SGDIMaría del Pilar Agreda de Paz 44256849 María del Pilar Yamamichi de Paz 025-MIG0176732621-2007/SGDIGerónimo Laqui Pari 01770774 Walter Gerónimo Alvarado Trujillo 030-MIG4372278721-2007/SGDIDedicación Nélido Flores Nauca 44216261 José Luis Flores Nauca 322-MIG0826316948-2007/SGDIHilario Eloy Ninancuro Morales 80521465 Eloy Morales Calderón 372-MIG8050187054-2007/SGDIMaría Eugenia Bazán Acero 43040800 María Eugenia Cornejo Acero Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron de fi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, del referido comportamiento se presume la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipi fi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 82498-1 Modifican la R.J. Nº 736-2006- JEF/RENIEC, sobre designación de funcionario responsable de proporcionar información de acceso público RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 599-2007-JNAC/RENIEC Lima, 9 de julio de 2007 VISTOS: El O fi cio Nº 002860-2007-GOR/RENIEC, emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 879-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 555-2007/JNAC/ RENIEC y su recti fi catoria la Resolución Jefatural Nº 558- 2007/JNAC/RENIEC, se designó al señor abogado OSCAR ITALO QUIJANO CABALLERO en el cargo de con fi anza de Jefe Regional Pucallpa de la Gerencia de Operaciones Registrales, a partir del 2 de julio de 2007; Que, la referida designación hace necesario emitir el acto administrativo correspondiente a fi n de designar al citado funcionario como responsable de brindar información que se solicite en la jurisdicción de la Jefatura Regional Pucallpa, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; Que, conforme a lo establecido por la norma citada, todas las actividades y disposiciones de las Entidades están sometidas al principio de publicidad, lo que implica para las Instituciones de la Administración Pública la obligación de proporcionar a los ciudadanos la información que posean o produzcan, así como permitirles solicitar la información durante el horario de atención; Que, para dicho fi n, de acuerdo a lo señalado en el artículo 8° de la norma acotada y el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, las Entidades deben designar al funcionario responsable de entregar la información y a los funcionarios responsables en cada o fi cina desconcentrada; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 736-2006-JEF/ RENIEC, del 1 de agosto de 2006, que fuera sucesivamente modi fi cada, se designó a los funcionarios responsables de proporcionar la información de acceso público a que hace referencia la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC, el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único .- Modi fi car el Artículo Segundo de la Resolución Jefatural Nº 736-2006-JEF/RENIEC, en el siguiente extremo: “Artículo Segundo .- Designar como funcionarios responsables de proporcionar la información de acceso público, a que se re fi ere el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a las siguientes personas: (...)-Abogado Oscar Italo Quijano Caballero, representante de la Jefatura Regional de Pucallpa.....” Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 82498-2 MINISTERIO PUBLICO Disponen que Fiscales Provinciales y/o Mixtos a nivel nacional, así como el personal del Instituto de Medicina Legal, se mantengan alerta con el objeto de prevenir la comisión de ilícitos penales que puedan perpetrarse en el desarrollo de manifestaciones públicas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 763-2007-MP-FN Lima, 9 de julio de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que ante los hechos de violencia que se vienen suscitando a nivel nacional con ocasión de la programación de actos de protesta convocados por diversas organizaciones a efectos de llevar a cabo manifestaciones públicas que pudieran alterar el orden público, se hace necesario adoptar las acciones tendientes a contar con la oportuna intervención del representante del Ministerio Público, con el objeto de prevenir la comisión de ilícitos penales que puedan perpetrarse en el desarrollo de dichas manifestaciones,