Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2007 (11/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;

348845

describe en los numerales 6.2 y 6.3 de la citada Directiva. Estando a lo dispuesto del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 y en uso de las atribuciones conferidas mediante Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la relacion de obras y consultoria de obras a ejecutarse mediante el MORDAZA de Seleccion Abreviado, relacionado a los proyectos bajo el ambito de la Ley Nº 28880 - Shock Inversiones, segun el detalle del ANEXO Nº 01. Articulo Segundo.- DESIGNAR al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien representara en las coordinaciones que se deban realizar con el CONSUCODE, tanto para el asesoramiento como para el procedimiento que describe en el numeral 6.2 y 6.3 de la Directiva Nº 011-2006CONSUCODE/PRE, indicando su correo electronico: elvamig@hotmail.com, telefax Nº 066-312159. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General del Gobierno Regional de MORDAZA, publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Informatica publique la presente Resolucion en la Pagina Web del Gobierno Regional de Ayacucho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente
ANEXO Nº 01 RELACION DE PROYECTOS Y CONSULTORIA DE OBRAS A EJECUTARSE MEDIANTE MORDAZA DE SELECCION ABREVIADO, BAJO EL AMBITO DE LA LEY Nº 28880
OBJETO FTE. FTO. Valor Ref. S/. 1'281,747.25 1'478,568.66

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de MORDAZA de 2007, el Dictamen Nº 24-2007-MML-CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; Aprobo la siguiente:

1. Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva de la Recursos Microrred Vilcashuaman. Ordinarios 2. Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva de la Recursos Microrred de Ayna, Ampliacion y Remodelacion del Centro Ordinarios de Salud MORDAZA MORDAZA de la Red de Salud MORDAZA Norte y Mejoramiento de la Capacidad MORDAZA Infantil de la Microrred Sivia de la Red MORDAZA Rio MORDAZA y Ene. 3. Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva MORDAZA Infantil Recursos del Nucleo Chontaca, Microred Chontaca y Mejoramiento de Ordinarios la Capacidad Resolutiva MORDAZA Perinatal de la Microrred de Vinchos, de la Red Huamanga. 4. Supervision de Fortalecimiento de la Capacidad Recursos Resolutiva de la Microrred Vilcashuaman. Ordinarios 5. Supervision de Fortalecimiento de la Capacidad Recursos Resolutiva de la Microrred de Ayna, Ampliacion y Ordinarios Remodelacion del Centro de Salud MORDAZA MORDAZA de la Red de Salud MORDAZA Norte y Mejoramiento de la Capacidad MORDAZA Infantil de la Microrred Sivia de la Red MORDAZA Rio MORDAZA y Ene. 6. Supervision de Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva Recursos MORDAZA Infantil del Nucleo Chontaca, Microrred Chontaca y Ordinarios Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva MORDAZA Perinatal de la Microrred de Vinchos, de la Red Huamanga.

1'546,532.00

83,016.00 121,348.00

99,872.00

81813-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban reajuste integral de la zonificacion de los usos del suelo del distrito de Ancon que forma parte de las Areas de Tratamiento Normativo I y IV de MORDAZA Metropolitana
ORDENANZA Nº 1018
EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA;

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE ANCON QUE FORMA PARTE DE LAS AREAS DE TRATAMIENTO NORMATIVO I Y IV DE MORDAZA METROPOLITANA Articulo 1º.- Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo: Aprobar el Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo (Plano Nº 01 - Anexo Nº 01) del distrito de Ancon, el cual forma parte de las Areas de Tratamiento Normativo I y IV de MORDAZA Metropolitana. Este Plano de Zonificacion no define limites distritales. Articulo 2º.- Normas Generales de Zonificacion de los Usos del Suelo: Aprobar las Normas Generales de Zonificacion de los Usos del Suelo del Area de Tratamiento Normativo IV, MORDAZA correspondiente a los Balnearios del Norte de MORDAZA Metropolitana, las que se senalan en: Cuadro Nº 01 - Anexo Nº 02 - Resumen de Zonificacion de los Balnearios del Norte de MORDAZA Metropolitana. Para el Area de Tratamiento I seran de aplicacion las normas aprobadas mediante Ordenanza Nº 1015-MML aprobada el 20 de MORDAZA del 2007. Aprobar las Especificaciones Normativas de la Zonificacion, que como Anexo Nº 03, forma parte de la presente Ordenanza y que seran de aplicacion en el ambito senalado en el Articulo Primero. Articulo 3º.- Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas: Disponer que la Municipalidad Distrital de Ancon, formule la propuesta del Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas correspondiente al Area de Tratamiento Normativo IV - Areas Especiales, la misma que sera evaluada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y junto con el resto de los Balnearios de MORDAZA sera aprobada como Indice para la Ubicacion de Actividades Urbanas de los Balnearios de MORDAZA Metropolitana, mediante Ordenanza. Para el Area de Tratamiento Normativo I del distrito de Ancon, seran de aplicacion el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas aprobado en la Ordenanza Nº 933MML, publicada el 5 de MORDAZA del 2006 y modificada mediante Ordenanza Nº 1015-MML aprobada el 20 de MORDAZA del 2007. Articulo 4º.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales y Comerciales Establecer como MORDAZA General para la aplicacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo en el area materia de la presente Ordenanza, que la edificacion o funcionamiento de Centros de Educacion Inicial, Centros de Educacion Basica, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Areas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel de Barrio y los Aportes que se transfieren con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con las Zonas Residenciales y Comerciales y por tanto, no tienen necesariamente calificacion especial en los Planos aprobados por la presente Ordenanza. La aprobacion de su instalacion, construccion u operacion, depende unicamente de las Municipalidades Distritales, quienes elaboraran los criterios especificos para su localizacion. Articulo 5º.- Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental en Zonas Industriales Establecer que para salvaguardar posibles riesgos de contaminacion ambiental y seguridad fisica interna y del entorno, las instalaciones industriales existentes deberan contar con un Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) aprobado por la Autoridad competente, siendo responsabilidad de las Municipalidades Distritales, controlar el cumplimiento del mismo llevando adelante el monitoreo que corresponda. Articulo 6º.- Locales Comunales construidos en Zonas de Recreacion Publica Establecer que los Centros de Educacion Inicial, Locales Comunales, Centros de Culto Religioso y otros Equipamientos Comunales localizados en Zonas de Recreacion Publica (ZRP), existentes, reconocidos y titulados por COFOPRI, debido a su dimension, no requieren calificacion especifica en el Plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza. Sin embargo, a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, las Zonas de Recreacion Publica (ZRP) se declaran intangibles y reservadas exclusivamente para el uso recreacional para el cual fueron creadas, responsabilizandose a la Municipalidad Distrital respectiva, de su habilitacion como area MORDAZA y/o deportiva.

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