Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2007 (11/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2007

- El ex funcionario Ing. MORDAZA MORDAZA Peis, suscribio sucesivos contratos de Locacion de Servicios con PROVIAS NACIONAL, como especialista para el control y supervision de la programacion anual de obras, asesorar a la Direccion Ejecutiva en gestion y aspectos de control en estudios y proyectos, acorde con lo establecido en los expedientes de contratacion por tiempos y montos diferentes, significandose que en ningun caso se contemplo el pago por servicio medico familiar y/o seguro de MORDAZA, no correspondiendole en tal sentido el beneficio pagado; - El ex funcionario Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha devuelto el dinero del monto indebidamente pagado por el Seguro Medico, de MORDAZA y Accidentes Personales, segun consta en la MORDAZA de la boleta de deposito, no debiendo incluirsele en la demanda a incoarse contra los ex funcionarios MORDAZA citados; - Consecuentemente, procede iniciarse las acciones legales pertinentes a fin de recuperar el dinero indebidamente pagado por las primas del Seguro Medico Familiar y Seguro de MORDAZA y Accidentes Personales, en merito a lo estipulado en el articulo 1267º de Codigo Civil, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL para que inicie, impulse y culmine las acciones legales que correspondan contra los ex funcionarios Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA Peis, y los que resulten responsables, de conformidad con lo senalado en el Articulo Unico del Decreto Ley Nº 17667; Que, de acuerdo con el articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos; asimismo, el articulo 2º de la citada MORDAZA senala que los procuradores publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el Articulo Unico del Decreto Ley Nº 17667 establece que, para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, por Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, se designo al Procurador Publico Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; asimismo, con Resolucion Suprema Nº 126-2003-JUS se amplio las facultades conferidas por Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que el Procurador Publico Ad Hoc, asuma la representacion y defensa de PROVIAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, en consecuencia, en salvaguarda de los intereses del Estado, resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales de los proyectos PROVIAS NACIONAL y PROVIAS DESCENTRALIZADO, para que inicie, impulse y culmine las acciones legales a que hubiera lugar; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL para que en nombre y representacion del Estado inicie, impulse y culmine las acciones legales que correspondan contra los Ings. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Peis, comprendidos en el numeral 3 de la recomendacion 6.2 de la Hoja Informativa Nº 032-2006MTC/20.1, asi como contra los que resulten responsables; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso mencionado al Procurador Publico Ad Hoc, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

Modifican el Art. 1º de la R.M. Nº 0932007-MTC/01
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 345-2007-MTC/01
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 461-2004MTC/01, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 048-2005-MTC/01, 741-2006-MTC/01 y 093-2007MTC/01 se designo a los representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante el Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, constituido por Decreto Legislativo Nº 824 y sus modificatorias; Que, es necesario modificar el articulo primero de la Resolucion Ministerial Nº 093-2007-MTC/01, a fin de designar al MORDAZA representante titular del Ministerio, ante el citado Consejo; De conformidad con la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 093-2007 MTC/01, en los siguientes terminos: "Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pomareda, Viceministro de Transportes, como representante titular y a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria General, como representante alterna del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

82140-1

Designan representante del Ministerio ante el Grupo de Trabajo encargado de la elaboracion del anteproyecto de la Ley de Radiodifusion Estatal, constituido mediante R.M. Nº 062-2007-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 348-2007-MTC/03
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Television, modificada por Ley Nº 28506, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros convocara al Consejo Consultivo de Radio y Television, al Instituto Nacional de Radio y Television (IRTP) y a representantes de la sociedad civil, para la elaboracion del proyecto de Ley de Radiodifusion Estatal y establecera los medios para su efectiva participacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 062-2007PCM, se ha constituido el Grupo de Trabajo encargado de la elaboracion del anteproyecto de Ley de Radiodifusion Estatal, a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Television, el cual esta adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y se encuentra conformado por representantes de diversas entidades publicas y de la sociedad civil, entre ellos, un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual debera ser designado mediante Resolucion del Titular del Sector; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 114-2007MTC/03, se designo a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el citado Grupo de Trabajo, quien por motivos personales no podra seguir ejerciendo dicha

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