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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2007 (11/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de julio de 2007 348850 del 16 al 31 de julio del presente año, con motivo de conmemorarse el 186º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo .- La presente disposición incluye, con carácter obligatorio, a todos los predios del distrito, sean privados o públicos, de vivienda y/o comercio. Artículo Tercero .- Las banderas a izar deberán estar en buen estado de conservación, en respeto del símbolo patrio; invitándose a los vecinos a pintar o resanar sus fachadas, para una mejor imagen y presentación del distrito. Artículo Cuarto.- Encargar la difusión y supervisión del cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Comercialización, respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ALVAREZ VARGAS Teniente AlcaldeEncargado de la Alcaldía 81881-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban procedimiento para reestablecer terreno municipal afectado ubicado en el Asentamiento Humano Santa María DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006 San Juan de Lurigancho, 9 de marzo de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 010-2007-GSPL/MSJL, de fecha 24 de enero del año 2007, y el Informe Nº 038-2007-GSPL/MSJL, de fecha 16 de febrero del año 2007, ambos emitidos por la Gerencia de Servicios Públicos Locales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, publicada el 21/07/2000, se han establecido los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y bienestar de la persona humana; Que, mediante Ordenanza Nº 079, modi fi cada por la Ordenanza Nº 083, ambas rati fi cadas por Acuerdo de Concejo Nº 431 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó el régimen tributario de arbitrios de limpieza pública y parques y jardines en el distrito de San Juan de Lurigancho, estableciéndose el tratamiento, entre otros, de los residuos sólidos; Que, mediante Informe Nº 010-2007-GSPL/MSJL, de fecha 24 de enero del año 2007, la Gerencia de Servicios Públicos Locales informa a la Gerencia Municipal, acerca del análisis de costos unitarios del recojo y traslado de desmonte, indicando la existencia de una necesidad pública respecto del recojo y traslado de desmonte; Que, mediante Informe Nº 038-2007-GSPL/MSJL, de fecha 16 de febrero del año 2007, la Gerencia de Servicios Públicos Locales informa al señor Alcalde, la situación del predio de propiedad municipal, ubicado en el Asentamiento Humano Santa María de uso para recreación pública y de una extensión de 29,202.55 m2, indicando que la anterior Junta Directiva de dicho asentamiento humano, explotó económicamente el predio, mediante la venta de material agregado (arena gruesa), dejando una excavación con profundidad de 20 metros en un área de 100 metros de ancho por 200 metros de largo; Que, con la finalidad de cubrir el área excavada, la cual representa un peligro para los vecinos, y de acuerdo a la propuesta presentada mediante Informe Nº 010-2007-GSPL/MSJL, se hace necesario reglamentar la forma como se rellenará el espacio afectado, sin distraer recursos económicos ya presupuestados, y de forma tal que se autofinancien los trabajos requeridos para dicho supuesto; Estando a lo expuesto, a lo opinado por la Gerencia de Rentas, según Informe Nº 045-2007-GR/MSJL, y a lo dispuesto en el Art. 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Apruébese el procedimiento para reestablecer el terreno municipal afectado ubicado en el Asentamiento Humano Santa María, el mismo que consta de cinco artículos y que forma parte integrante del presente Decreto, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde PROCEDIMIENTO PARA REESTABLECER EL TERRENO MUNICIPAL AFECTADO UBICADO EN EL ASENTAMIENTO HUMANO SANTA MARÍA Artículo Primero.- Disponer que la Gerencia de Servicios Públicos Locales disponga lo necesario para el resguardo del ingreso y salida del terreno municipal ubicado en el Asentamiento Humano Santa María, para ello se deberá colocar a un servidor público de forma permanente, con la fi nalidad de administrar el ingreso y salida. Artículo Segundo.- Con la fi nalidad de fi nanciar el relleno del área excavada, y teniendo en cuenta que no existe presupuesto para dicha actividad, se dispone el cobro de hasta S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) por el ingreso y descarga al terreno municipal arriba señalado, de material de desmonte y/o residuos sólidos de hasta 15 m3, de acuerdo a las normas sanitarias señaladas en el Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero .- Con igual fi nalidad que el artículo precedente, se dispone el cobro de hasta S/. 80.00 (Ochenta con 00/100 Nuevos Soles), por cada carga de hasta 15 m3 de desmonte y/o residuos sólidos, que la Municipalidad recoja con uso de maquinaria municipal y a pedido de vecinos del distrito, y siempre que exista la disponibilidad de uso de dicha maquinaria. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano la precisión de las características que debe reunir el material de relleno, con la fi nalidad de reestablecer el terreno a su estado original. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia de Rentas para que disponga lo necesario para lograr la adecuada aplicación del presente Decreto. 82054-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban Amnistía Tributaria y Administrativa por aniversario del distrito ORDENANZA Nº 186-MDS Surquillo, 10 de julio de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO