Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2007 (12/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de julio de 2007 348915 Cooperativas de Vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda; Que, con Resolución de Alcaldía N° 070-2004-MDSR, se aprobó la Habilitación Urbana de uso Residencial, de Baja Densidad R – 2 del terreno de 110,416.93 m2 de propiedad de la Asociación de Vivienda solicitante; Que, la solicitante invoca la aplicación del Art. 35° de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444, concordante con lo indicado en el Artículo 188°, inciso 1; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que la documentación presentada cumple con lo dispuesto por la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878 y su modi fi catoria Ley N° 27135; Estando al Informe N° 056-2007-MDSR/GDU, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y al Informe N° 059- 2007-MDSR/A.L., de la O fi cina de Asesoría Legal y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE RESUELVE: . Artículo Primero.- APROBAR en aplicación del Silencio Administrativo Positivo el Replanteo de Lotización de la Habilitación Urbana para uso Residencial de Baja Densidad R – 2 del terreno de 110,416.93 m2, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Del replanteo de Lotización aprobada se obtiene el siguiente Cuadro de Áreas: - Área Bruta 110,416.93 m2 - Área Útil 87,428.88 m2 - Área de Vías 22,988.25 m2 Aportes: - Recreación Pública 8,079.91 m2 - Ministerio de Educación 3,049.90 m2 - Otros Fines 3,555.60 m2 - SERPAR 2,208.59 m2 La presente Resolución aprueba el Plano de Replanteo de Lotización A-1, al cual se le ha asignado el N° 005-2007- MDSR/GDU y la Memoria Descriptiva correspondiente. Artículo Tercero.- PRORROGAR, por 36 meses contados a partir del día siguiente de noti fi cada la presente, la AUTORIZACIÓN de ejecución de Obras de Habilitación Urbana con Construcción simultánea otorgada a la Asociación de Vivienda propia de los trabajadores del Ministerio de Transporte y Comunicaciones - MTC. Artículo Cuarto.- DISPONER, su publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, que estará a cargo del interesado, debiendo de efectuarse en el plazo de 30 días como máximo de la fecha de noti fi cación previa rati fi cación de la Municipalidad Provincial de Lima. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución al Ministerio de Educación, SERPAR, Municipalidad Metropolitana de Lima y la SUNARP para su inscripción correspondiente. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde 82041-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Rectifican el último considerando del D.A. N° 005-2007-MSS DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2007-MSS Santiago de Surco, 5 de julio de 2007EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: VISTO: el Informe Nº 513-2007-OAJ-MSS, de fecha 29 de mayo del 2007, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, con Decreto de Alcaldía Nº 005-2007-MSS se dispone el otorgamiento de la tarjeta vecinal denominada VSP a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias, actualizándose la normatividad a este respecto; Que, de la lectura del Decreto de Alcaldía Nº 005- 2007-MSS, se aprecia en su último considerando que se ha consignado por error material como sustento legal el artículo 47º y 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 23853, norma que ya no se encuentra vigente siendo lo correcto señalar que el Decreto de Alcaldía se sustenta en el artículo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que resulta procedente su recti fi cación. En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estando a la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 513- 2007-OAJ-MSS de fecha 29.05.2007. DECRETA:Artículo Primero.- Recti fi car el último considerando del Decreto de Alcaldía Nº 005-2007-MSS de fecha 16.03.2007, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: DICE : “En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 47º numeral 6º y artículo 111º de la Ley Nº 23853 – Ley Orgánica de Municipalidades, estando a la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica ” DEBE DECIR:“En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estando a la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica.” Artículo Segundo.- Encargar del cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la O fi cina de Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 83232-1 Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 008- 2007-DASS. Santiago de Surco, 9 de julio de 2007EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio del año en curso, se conmemora el 186 Aniversario de la Independencia Nacional del Perú; Que, con motivo de resaltar el mes de Aniversario Patrio, se requiere de la participación conjunta de los vecinos, instituciones públicas, privadas, Iglesias y establecimientos comerciales de nuestra jurisdicción, a fi n de expresar nuestro espíritu cívico patrio, mediante el Embanderamiento General del distrito;