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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2007 (12/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de julio de 2007 348906 Sociedad de Bene fi cencia Representante AREQUIPA Mollendo Maria Elizabeth Ampuero Romero PUNO San Román Juliaca Guido Eduardo Arestegui Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 83279-1 Aprueban el Sistema Constructivo No Convencional denominado “COFESUD” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 214-2007-VIVIENDA Lima, 11 de julio de 2007 Visto, el O fi cio Nº 084-2007-VIVIENDA-SENCICO- 02-00 de la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 010- 71-VI, las personas naturales o jurídicas que posean o presenten sistemas de prefabricación de viviendas y los de construcción no convencional deberán obtener, previamente a su utilización, la aprobación del ex Ministerio de Vivienda hoy denominado Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO de conformidad con su Estatuto aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA, tiene entre sus funciones, la de proponer la aprobación de los sistemas constructivos no convencionales; Que, la Constructora Fénix Sudamérica SA - COFESUD, ha solicitado la aprobación del Sistema Constructivo No Convencional denominado “COFESUD”; Que, el Expediente Técnico presentado por la referida empresa cuenta con la opinión técnica favorable del SENCICO, según se advierte del O fi cio de Visto, y de la Dirección Nacional de Construcción del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según los Informes Nros. 029-2007/VIVIENDA- VMCS-DNC y 016-2007-VIVIENDA/VMCS-DNC-DEN; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar el Sistema Constructivo No Convencional denominado “COFESUD” al cumplir con las disposiciones técnicas de la materia; Con el visto del Viceministro de Construcción y Saneamiento y de la Directora de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con las Leyes Nros. 27779 y 27792, el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Sistema Constructivo No Convencional denominado “COFESUD” presentado por la Constructora Fénix Sudamérica SA - COFESUD, conforme consta de la Memoria Descriptiva que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La altura de las edi fi caciones que se construyan aplicando el mencionado Sistema, está limitado a dos (2) pisos. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 83245-1PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban Convenios de Cooperación Interinstitucional para la instalación y funcionamiento de Juzgados de Paz Letrados en Comisarías del Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 111-2007-CE-PJ Tacna, 4 de junio del 2007VISTO: El O fi cio Nº 1760-2007-P-CSJLA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 188-2004- CE-PJ, de fecha 18 de octubre del 2004, este Órgano de Gobierno aprobó el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia, para la instalación de Juzgados de Paz Letrados en Comisarías a nivel nacional; el mismo que por Resolución Administrativa Nº 133-2006- CE-PJ, de fecha 10 de octubre del 2006, fue prorrogado por tres años; Que, asimismo, mediante Resoluciones Administrativas N°s. 022-2006-CE-PJ y Nº 105-2006-CE-PJ, de fechas 9 de febrero y 10 de agosto del 2006, se dispuso la creación del Segundo Juzgado de Paz Letrado, con sede en Comisaría, para tramitar procesos por faltas en el distrito de Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, y del Segundo Juzgado de Paz Letrado, con sede en Comisaría, para tramitar procesos por faltas en el distrito y provincia de Ferreñafe, departamento y Distrito Judicial de Lambayeque; habiéndose facultado al Presidente de la citada Corte Superior de Justicia a adoptar las acciones administrativas que sean necesarias para su cumplimiento; Que, en tal sentido, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque solicita autorización para suscribir en vía de regularización, dos Convenios de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia, Municipalidades de Leonardo Ortiz y Ferreñafe, Instituto Nacional Penitenciario y el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, para la instalación y funcionamiento, en cada caso, del Segundo Juzgado de Paz Letrado con sede en la Comisaría del distrito de José Leonardo Ortiz y en la Comisaría del distrito de Ferreñafe; Que, siendo así, y teniendo en cuenta que el Convenio Interinstitucional propuesto se encuentra precisamente dentro del ámbito de aplicación del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia, previsto para la instalación de Juzgados de Paz Letrados en Comisarías a nivel nacional; resulta conveniente su aprobación; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria descentralizada de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar en vía de regularización los siguientes Convenios de Cooperación Interinstitucional para la instalación y funcionamiento de Juzgados de Paz Letrados en Comisarías del Distrito Judicial de Lambayeque: • Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Ministerio del