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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2007 (12/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de julio de 2007 348861 de Educación en coordinación con el órgano operador del SINEACE. Artículo 30º.- Administración de la evaluación para el ascenso yel desempeño El Ministerio de Educación establece la política y normas de evaluación para el ascenso y el desempeño docente. La Unidad de Gestión Educativa Local o la entidad correspondiente supervisan, en su jurisdicción, el desarrollo de las evaluaciones de desempeño del profesor y prestan asesoría y apoyo técnico a las instituciones educativas para la aplicación de los instrumentos de evaluación y seguimiento de indicadores, para lo cual podrán suscribir convenios con instituciones especializadas públicas o privadas. CAPÍTULO VII DERECHOS, DEBERES Y SANCIONES Artículo 31º.- Derechos Los profesores tienen derecho a: a) Postular a los concursos públicos en la Carrera Pública Magisterial de acuerdo con los requisitos establecidos en la presente Ley y en el reglamento respectivo, sin discriminación alguna, por razones políticas, religiosas, económicas, raciales, de género, discapacidad, o de cualquier otra índole, que atente contra los derechos de la persona. b) Percibir oportunamente la remuneración correspondiente a su Nivel Magisterial. c) Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios o no monetarios que correspondan al reconocimiento de sus méritos, desempeño laboral, experiencia, formación e idoneidad profesional, así como aquellos que la Ley establece para los trabajadores de la administración pública. d) Estabilidad laboral, de conformidad con la presente Ley. e) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional. f) Ascender de Nivel Magisterial, en estricto orden de capacidad y méritos. g) Gozar de autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, dentro del proyecto educativo ejecutado por la Institución Educativa y respetando la normatividad vigente. h) Acceder a los bene fi cios del Programa de Formación y Capacitación Permanente, y a otros de carácter cultural y social fomentados por el Estado. i) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su reglamento. j) Gozar de vacaciones y otros derechos laborales que la ley establezca. k) Seguridad social y familiar de acuerdo a ley.l) Gozar de libre asociación y sindicalización.m) Recibir adelanto de su remuneración, cuando el Ministerio de Educación lo establezca, a causa de la lejanía y difícil acceso a la Institución Educativa. n) Reconocimiento de o fi cio de su tiempo de servicios. o) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política y sindical, según el caso. p) No ser sancionados, con suspensión o destitución sin previo proceso administrativo. q) Gozar de condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y un e fi ciente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente Ley. r) Recibir un adelanto del cincuenta por ciento (50%) de la remuneración compensatoria por años de servicios, a partir de los doce y medio (12.5) años para las mujeres y de los quince (15) años para los varones.s) Reingresar al servicio si no hubiere alcanzado la edad jubilatoria y no existe impedimento legal. t) Percibir subvención económica, en estricto orden de capacidad y méritos, para seguir estudios de Maestría, Doctorado y otros de post grado en las universidades del país y del extranjero. u) Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa. v) Percibir subsidios por luto, sepelio y tiempo de servicios. Los demás derechos establecidos en la legislación laboral y en la Constitución Política del Perú. Artículo 32º.- Deberes Los profesores deben: a. Cumplir las disposiciones de la Ley General de Educación, de la presente Ley y de sus reglamentos. b. Atender en forma e fi caz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de plani fi cación, trabajo en aula yevaluación. c. Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la Institución Educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. d. Respetar a los estudiantes y a los padres de familia y no utilizar con ellos violencia verbal ni física. e. Someterse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento . f. Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. g. Aportar en la formulación del Proyecto Educativo Institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan. h. Participar, cuando sean seleccionados, en el Programa de Formación y Capacitación Permanente que se desarrolle en las instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación. i. Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que determinen las autoridades de la Institución Educativa o las entidades competentes. j. Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos ycívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de género, raza, identidad, religión, idioma, creencias, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. k. Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria. l. Contribuir a la a fi rmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la Institución Educativa, de la comunidad local y regional. m. Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje. n. Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la Institución Educativa. o. Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del