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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de julio de 2007 348867 sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 050-2007-PCM; Que, en el artículo 3º del mencionado Decreto Supremo se faculta a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT a adjudicar directamente al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, prendas de vestir, calzado, frazadas y alimentos comisados al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF o que constituyan infracción administrativa al amparo de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 en el marco legal previsto en dichas normas, y sin necesidad que el comiso haya quedado fi rme o consentido; Que, en los almacenes aduaneros existen lotes de telas que pueden ser utilizados en la confección de prendas para abrigo para la atención de la población afectada de los departamentos declarados en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 052-2007-PCM, por lo que es necesario ampliar los alcances del citado artículo 3º e incluir la mencionada mercancía; En uso de las atribuciones que con fi eren el artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Incorpora tercer párrafo al artículo 3º del Decreto Supremo Nº 052-2007-PCM Incorporar como tercer párrafo del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 052-2007-PCM, el texto siguiente: “Las telas, destinadas a la confección de prendas de vestir y ropa de cama para abrigar, comisadas por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT podrán ser adjudicadas directamente además del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.” Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Educación, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de julio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 83396-3 Autorizan viaje de funcionarios de OSITRAN a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2007-PCM Lima, 11 de julio de 2007Vistos, el O fi cio Nº 081-2007-PD-OSITRAN, del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN y el Acuerdo Nº 978-244-07-CD-OSITRAN, del Consejo Directivo de OSITRAN; CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cios N°s. 094-07-GG-OSITRAN y 095-07-GG-OSITRAN, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transportes de Uso Público - OSITRAN, realizó las coordinaciones con los Puertos de Buenos Aires y Bahía Blanca, para el intercambio de información y experiencia argentina en concesiones portuarias, mediante la realización de una pasantía, que comprende reuniones y entrevistas con las autoridades pertinentes, así como también la posibilidad de visitar la infraestructura concesionada; Que, los puertos de Buenos Aires y Bahía Blanca, han confi rmado la posibilidad de llevar a cabo el programa de trabajo propuesto entre el 16 al 20 de julio del presente año en el referido país; Que, el Gobierno del Perú ha fi rmado un convenio de Préstamo BIRF Nº 7177-PE con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Apoyo para mejorar la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior PAMC, logrando un incremento en la competitividad del país; Que, dentro de la estructura del precitado proyecto se encuentra el subproyecto “Mejoramiento de la Supervisión y Regulación de los Servicios Públicos” donde se consignan las actividades que competen a OSITRAN; Que, dentro de las actividades a desarrollar están los estudios para optimizar el marco legal, reglamentario y contractual para la supervisión del transporte privatizado, a través de pasantías con equipos multifuncionales, que permitan potenciar los recursos humanos de la institución; Que, las Gerencias de OSITRAN relacionadas con las actividades portuarias, han designado a los señores William Bryson Butrica y Antonio Rodríguez Martínez, funcionarios de las Gerencias de Supervisión y Asesoría Legal del OSITRAN, respectivamente; Que, resulta de interés institucional la participación de los precitados funcionarios de OSITRAN en la pasantía a que se ha hecho referencia, debido a que con dicha actividad será posible conocer la experiencia argentina de las concesiones portuarias, lo que contribuirá a mejorar el ejercicio de las funciones del OSITRAN en los puertos concesionados bajo su ámbito de competencia, contribuyendo a promover la competitividad en el país; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos con cargo al presupuesto del Proyecto de Apoyo Para Mejorar la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior dentro del Convenio de Préstamo BIRF Nº 7177 PE con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores William Bryson Butrica y Antonio Rodríguez Martínez, funcionarios de las Gerencias de Supervisión y Asesoría Legal del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Uso Público - OSITRAN, respectivamente, a la República de Argentina, del 15 al 21 de julio de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán asumidos con cargo al presupuesto del Proyecto de apoyo para mejorar