Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2007 (12/07/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

348868

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior dentro del Convenio de Prestamo BIRF Nº 7177 PE con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aereos (US$ 594,74 x 2 personas) Pasajes Terrestres (US$ 100,00 x 2 personas) Viaticos (US$ 200,00 x 6 dias x 2 personas) Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (US$ 30,25 x 2 personas) Total US$ US$ US$ US$ US$ 1 189,48 200,00 2 400,00 60,50 3 849,98

Articulo 3º.- Dentro de los (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios deberan presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 83397-6

AGRICULTURA
Dan por concluida la transferencia de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas efectuada por el Ministerio a favor de los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes
DECRETO SUPREMO Nº 022-2007-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, se incorporo en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006" aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, la transferencia de 1667 equipos de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP), del Ministerio de Agricultura a favor de 23 Gobiernos Regionales para la ejecucion de obras de encauzamiento de MORDAZA, defensas riberenas y prestacion de servicios de mecanizacion MORDAZA dentro de sus respectivas jurisdicciones, cuyo numero fue modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM a 1662 equipos con un monto estimado de S/. 171´883,293.00 (Ciento Setenta y Un Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Doscientos Noventa y Tres y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 100CND-P-2006, se aprobaron las normas especificas para la transferencia de bienes del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales, previo cumplimento de los procedimientos, plazos y mecanismos de verificacion fijados por la mencionada MORDAZA, estableciendo que el MORDAZA de transferencia concluye con la dacion del respectivo Decreto Supremo por parte del Ministerio de Agricultura;

Que, en merito a la MORDAZA legal glosada en el considerando precedente, mediante Resolucion Ministerial Nº 01513-2006-AG, el Ministerio de Agricultura conformo la Comision de Transferencia de Entrega de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del PMAAP a los Gobiernos Regionales; Que, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros ha expedido las Resoluciones Secretariales Nºs. 001 y 002-2007-PCM, declarando que los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, entre otros, han cumplido con todos los mecanismos de verificacion requeridos, declarandolos aptos para acceder a la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas incluidas en el Plan Anual de Transferencia del ano 2006, debiendo el Ministerio de Agricultura continuar el procedimiento establecido en la Resolucion Presidencial Nº 100-CND-P-2006; Que, mediante la suscripcion de las Actas de Entrega y Recepcion de fechas 18 de MORDAZA, 18 de MORDAZA, 7 de junio y 6 de MORDAZA del 2007, el Ministerio de Agricultura ha transferido a los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes, 140, 150, 72, 90 y 44 equipos de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas con un valor estimado de S/. 21`600,469, S/. 21`624,939, S/. 3`608,988, S/. 16`222,441 y S/. 6`818,735 Nuevos Soles, respectivamente, para la ejecucion de obras de encauzamiento, defensas riberenas y prestacion de servicios de mecanizacion MORDAZA dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, conforme al numeral 4.10 de las normas especificas para la transferencia de equipos de maquinarias, aprobada por Resolucion Presidencial Nº 100-CND-P-2006, corresponde dictar el correspondiente Decreto Supremo que da por concluida la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; y, DECRETA: Articulo 1º.- Transferencia de Maquinaria MORDAZA y Pesada, Implementos y Equipos Agricolas a los Gobiernos Regionales Dar por concluida la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas efectuada por el Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes, cuyas caracteristicas y valores se detallan en el anexo adjunto que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Procedimientos administrativos para la transferencia de los equipos a los Gobiernos Regionales Autorizar a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura a efectuar las acciones administrativas necesarias para formalizar la transferencia a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, conforme a los valores que figuran en el anexo adjunto. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.