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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de julio de 2007 349476 cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, el 27 de julio de 2007, para participar en los saludos protocolares y encuentro de bandas militares “Contrapunto”, con la 3era Brigada de Caballería del Ejército del Perú, con motivo de la celebración del centésimo octogésimo sexto aniversario de la proclamación de nuestra independencia nacional y Fiestas Patrias. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 86340-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 548-2007-DE/SG Lima, 18 de julio de 2007CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 821 de fecha 9 de julio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, se ha programado la realización de misiones de ayuda humanitaria y médicas por personal militar estadounidense, la marina mercante de los Estados Unidos, el Departamento de Salud y Servicios Humanos, la Organización Panamericana de Salud, para ser ejecutadas con apoyo del Ministerio de Defensa, Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Agricultura y Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social del gobierno peruano; Que, para llevar a cabo las mencionadas misiones, arribará el Buque Hospital USNS ”Comfort” al Puerto de Salaverry; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, integrantes del denominado Elemento de Coordinación de Avanzada (ACE) arribarán al Perú, para realizar las coordinaciones necesarias, previas a la llegada del Buque Hospital USN “Comfort”; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, integrantes del denominado Elemento de Coordinación de Avanzada (ACE), cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 31 de julio al 13 de agosto de 2007, para realizar coordinaciones sobre el arribo del Buque Hospital USNS “Comfort” con las entidades del Gobierno Peruano que participaran en las misiones de ayuda humanitaria y médica. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 86340-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 549-2007-DE/SG Lima, 18 de julio de 2007CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 752 de fecha 27 de junio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América, en el marco del Convenio fi rmado en 1984, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Marina de entonces y la Marina de los Estados Unidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales labora personal militar americano; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 28 de julio al 9 de agosto de 2007, para participar en la ceremonia de cambio de mando del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América- NMRCD. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 86340-5