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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2007 (20/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de julio de 2007 349475 Evans, CIP 00955012 y DNI 44179431, para que participe en el Seminario “Mitigación de Desastres Naturales”, a realizarse del 21 al 25 de octubre de 2007, en la ciudad de Viña del Mar - CHILE. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES: LIMA - VIÑA DEL MAR (CHILE) - LIMA US$ 510.00 x 1 persona PASAJES TERRESTRE: US$ 40.00 x 1 persona VIÁTICOS: US$ 200.00 x 1 persona x 5 días TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- El mencionado Personal Superior deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 86806-9 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Brasil, Chile y Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 545-2007-DE/SG Lima, 18 de julio de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº F-748 de fecha 27 de junio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, la Fuerza Aérea del Perú realizará un Festival Aerodeportivo en la ciudad de Arequipa, donde presentará a la Escuadrilla Acrobática de la Fuerza Aérea de Brasil - FUMACA como atracción principal; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa del Brasil, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 2 al 7 de agosto de 2007, para participar en una demostración aérea de la Escuadrilla Acrobática de la Fuerza Aérea de Brasil – FUMACA. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 86340-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 546-2007-DE/SG Lima, 18 de julio de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 803 de fecha 6 de julio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, personal militar de la IV División de Ejército de Chile participará en los saludos protocolares y encuentro de bandas militares “Contrapunto” con la 3era Brigada de Caballería del Ejército del Perú, con motivo de la celebración del centésimo octogésimo sexto aniversario de la proclamación de nuestra independencia nacional y Fiestas Patrias; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile,