Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2007 (20/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2007

SALUD
Exoneran de MORDAZA de seleccion al Instituto Nacional de Oftalmologia para la contratacion del servicio de incremento de carga de energia electrica con la empresa EDELNOR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 581-2007/MINSA MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2007 Vistos, el Expediente Nº 07-054867-001 que contiene el Informe Nº 105-2007-LOG-INO emitido el 5 de junio de 2007 por la Jefa de la Oficina de Logistica del Instituto Nacional de Oftalmologia, el Informe Legal Nº 111-2006MACE-INO emitido el 8 de junio de 2007 por el Asesor Legal del Instituto Nacional de Oftalmologia, asi como el Informe Nº 1588-2007-OGAJ/MINSA emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, a traves del Oficio Nº 782-2007-DG-INO, el Director General del Instituto Nacional de Oftalmologia solicita la contratacion, via exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo, del incremento del servicio de carga de energia electrica por la causal de bienes que no admiten sustitutos con proveedor unico, adjuntando como sustento tecnico los Informes Nº 105-2007-LOG-INO emitido el 5 de junio de 2007 por la Jefa de la Oficina de y Legal Nº 111-2006-MACEINO emitido el 8 de junio de 2007 por el Asesor Legal del Instituto Nacional de Oftalmologia; Que, en el Informe Nº 105-2007-LOG-INO emitido el 5 de junio de 2007, la Jefa de la Oficina de Logistica del Instituto Nacional de Oftalmologia senala que de acuerdo a las coordinaciones efectuadas con EDELNOR, este es el unico proveedor de la MORDAZA que brinda el servicio de suministro de energia electrica, y por ende, es el unico encargado de ejecutar el servicio solicitado. Para los efectos de la contratacion el Instituto cuenta con disponibilidad presupuestal y fuente de financiamiento conforme a lo informado por la Oficina de Planeamiento Estrategico en el Memorando Nº 189-2007-OEPLAN-INO. Asimismo, la contratacion se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad y el pedido esta sustentado en lo establecido en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante la Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCMy el Articulo 140º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante, el Reglamento; Que, en el Informe Nº 111-2006-MACE-INO del 8 de junio de 2007, el Asesor Legal del Instituto concluyo que procede solicitar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de incremento de carga de energia electrica, debido a que este caso encuadra dentro del presupuesto establecido en el literal e) del Articulo 19º de la Ley y el Articulo 140º del Reglamento, razon por la cual el servicio requerido debe ser ejecutado necesariamente por la empresa EDELNOR, dado de que no existe otro proveedor en el mercado; Que, acuerdo a la documentacion que obra en autos, el Instituto viene sufriendo de constantes caidas de tension debido al incremento del consumo de energia electrica, sobrepasando la cantidad contratada de 75 KW, hecho que fue notificado por EDELNOR por utilizar una demanda mayor a la potencia contratada "Notificacion por Sobrecarga" siendo una notificacion preventiva, pero que de continuar con el problema EDELNOR suspendera el servicio de suministro de energia electrica y aplicara las multas que corresponden; Que, la figura de contratacion por proveedor unico se encuentra regulada en el Articulo 140º del Reglamento, concordante con el literal e) del Articulo 19º de la Ley, la cual supone que la contratacion directa de los servicios publicos de energia, telecomunicaciones, saneamiento y otros de naturaleza analoga, procedera siempre que contengan tarifas unicas establecidas por el organismo

regulador competente y no MORDAZA susceptibles de pacto o acuerdo entre una Entidad y la empresa prestadora de los mismos, que es el caso de la solicitud para la contratacion del incremento de energia electrica con la empresa EDELNOR que es la unica proveedora de energia electrica en la MORDAZA en donde se ubica el inmueble del Instituto, asi como la unica que puede ejecutar el servicio requerido por lo que corresponde autorizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion directa de tal servicio; Que, estando a lo informado por la Oficina de Logistica y por el Asesor Legal del Instituto Nacional de Oftalmologia, asi como por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud mediante los documentos del visto; Con el visado del Director General del Instituto Nacional de Oftalmologia y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, asi como el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico programado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del Instituto Nacional de Oftalmologia, para la contratacion del servicio de incremento de carga de energia electrica, en base a la causal de servicio que no admite sustituto y proveedor unico en el MORDAZA nacional, por el periodo de seis meses y un valor referencial de S/. 241 701.66 (Doscientos cuarenta y un mil setecientos uno con 66/100 Nuevos Soles), bajo la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de Logistica del Instituto Nacional de Oftalmologia se encargue de la contratacion exonerada que se aprueba mediante la presente resolucion, a traves de acciones directas e inmediatas reguladas por el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles posteriores a su emision, asi como en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, encargandose a la Oficina General de Administracion del Instituto Nacional de Oftalmologia, la remision de una MORDAZA de la resolucion y los informes tecnico y legal que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles posteriores a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 85947-1

Designan funcionarios en el Instituto Nacional de Rehabilitacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 582-2007/MINSA MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2007 Visto los Oficios Nº 448-DG-INR-2007, Nº 451- DGINR-2007 y el Memorandum Nº 113-2007-OPP/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 799-2003SA/DM de 9 de MORDAZA de 2003, se aprobo la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal del Instituto Especializado de Rehabilitacion (hoy Instituto Nacional de Rehabilitacion), en el que se encuentran previstos los cargos de Director Ejecutivo de la Direccion Ejecutiva de Apoyo a la Investigacion y Docencia Especializada y de la Direccion Ejecutiva de Investigacion, Docencia

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