Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2007 (20/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de julio de 2007 349487 y Rehabilitación Integral en Funciones Motoras, cuyas plazas cuentan con el fi nanciamiento correspondiente; Que, a fi n de garantizar el cumplimiento de los objetivos funcionales de las Unidades Orgánicas del Instituto Nacional de Rehabilitación, resulta conveniente designar, en los cargos antes citados, a los profesionales propuestos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; artículo 77º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; inciso ii) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar en el Instituto Nacional de Rehabilitación a los médicos cirujanos que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Fernando DEJO BENDEZÚ Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Apoyo a la Investigación y Docencia EspecializadaF-4 Luis Humberto JUÁREZ LENGUADirector Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones MotorasF-4 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 85947-2 Designan Directores Ejecutivos de las Oficinas Ejecutivas de Administración y de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 583-2007/MINSA Lima, 17 de julio del 2007Visto los O fi cios Nº 2087-D-DISA-IV-LE/2007 y Nº 2088-D-DISA-IV-LE/2007; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 021-2007/MINSA del 9 de enero de 2007, se designó, entre otros, a la licenciada en administración Irma Mery Atalaya Chacón, en el cargo de Directora Ejecutiva de la O fi cina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud IV Lima Este; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 317-2007/ MINSA del 16 de abril de 2007, se designó a la licenciada en administración Erika Rocío Di Natale Chávez, en el cargo de Directora Ejecutiva de la O fi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud IV Lima Este; Que, por convenir al servicio resulta necesario dar término a las citadas designaciones y designar a los profesionales propuestos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; artículo 77° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; inciso ii) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida las designaciones de los funcionarios de la Dirección de Salud IV Lima Este, que se indican, dándoseles las gracias por los servicios prestados:NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Irma Mery ATALAYA CHACÓN Directora Ejecutiva de la O fi cina Ejecutiva de AdministraciónF-4 Erika Rocío DI NATALE CHÁVEZDirectora Ejecutiva de la O fi cina Ejecutiva de Planeamiento EstratégicoF-4 Artículo 2º.- Designar en la Dirección de Salud IV Lima Este a los profesionales que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Licenciado en administración Jhonny Walter BALDEÓN VÁSQUEZDirector Ejecutivo de la O fi cina Ejecutiva de AdministraciónF-4 Economista Obdulia Carmen RAMOS OCHOADirectora Ejecutiva de la O fi cina Ejecutiva de Planeamiento EstratégicoF-4 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 85947-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan a COFIDE S.A. como entidad fiduciaria, encargada de administrar los fondos de las AFOCAT RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2007 MTC/01 Lima, 17 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre debe orientarse a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud; así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el artículo 30º de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modi fi cado por Ley Nº 28839, estableció como alternativa a la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, el Certi fi cado contra Accidentes de Tránsito emitido por las Asociaciones de Fondos Regionales y Provinciales contra Accidentes de Tránsito, el cual será destinado única y exclusivamente a vehículos que prestan el servicio de transporte regular de personas de ámbito provincial, así como el servicio de transporte especial de personas en taxis y mototaxis; Que, por Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC, se aprobó el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, el mismo que dispuso en su artículo 26º que la administración fi nanciera de los recursos de las referidas asociaciones será entregado en Fideicomiso a una entidad fi duciaria designada previamente por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la misma que debe estar autorizada conforme a lo establecido en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, es función del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, diseñar, normar y ejecutar la política de promoción y desarrollo en materia de Transportes y Comunicaciones a nivel nacional, conforme lo señala el artículo 4º de la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, es objetivo de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE S.A. contribuir al desarrollo integral del país, mediante la captación e intermediación fi nanciera para la