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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2007 (21/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2007 349553 de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior MARIA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 87476-3 Autorizan viaje del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento a Beijing para participar en el VI Foro de Ministros de Desarrollo de Infraestructura de la Región Asia Pacífico y encargan su Despacho al Ministro de Educación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 128-2007-PCM Lima, 20 de julio de 2007 Que, según OF. RE (SAP) Nº 2-17-A/4, de fecha 30 de marzo de 2007, el Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento que el Ministro de Construcción de la República Popular de China ha extendido una invitación al señor Hernán Jesús Garrido-Lecca Montañez, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que participe en el Sexto Foro de Ministros de Desarrollo de Infraestructura de la Región Asia Pací fi co, que se llevará a cabo en Beijing, del 28 al 30 de agosto del presente año, a fi n de tratar la Reforma del Sistema de Inversión y Financiamiento del Servicio de Infraestructura y el Uso Sostenible del Agua; Que, la participación en el evento mencionado reviste de singular importancia para el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a fi n de lograr una mejor calidad de vida para los pobladores de las localidades ubicadas en su ámbito de acción; Que, estando a lo expuesto, es necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento a Beijing, para que participe en el referido evento, el mismo que no irrogará gastos al Estado Peruano; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la cartera de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señor HERNÁN JESÚS GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ, a Beijing, del 26 de agosto al 2 de setiembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la cartera de Vivienda, Construcción y Saneamiento al Ministro de Educación, señor JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO, a partir del 26 de agosto y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 87476-5 AGRICULTURA Aprueban Reglamento de Funciona- miento del “Comité de Gestión de Comercialización de Algodón Pima Peruano, Cosecha 2007” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 488-2007-AG Lima, 18 de julio de 2007VISTO:El O fi cio Nº 1186-2007-GRP-420010-DRA-P, del Director Regional de la Dirección Regional Agraria Piura, solicitando aprobación del Reglamento para el funcionamiento del Comité de Gestión de Comercialización del Algodón Pima Peruano, Cosecha 2007. CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 358-2007-AG, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 365-2007-AG, se constituyó el “Comité de Gestión de Comercialización del Algodón Pima Peruano, Cosecha 2007”, cuyo artículo 2º faculta al Comité aprobar su Reglamento en la Primera Sesión; Que, en sesión de instalación llevada a cabo el 10 de mayo de 2007, el referido Comité aprobó el Reglamento conforme al cual sujetará su actuación, señalando en la última de sus disposiciones fi nales que entrará en vigencia a partir de su aprobación por la Resolución Ministerial del Sector; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el Reglamento de Funcionamiento del “Comité de Gestión de Comercialización de Algodón Pima Peruano, Cosecha 2007”, que consta de siete (7) secciones, seis (6) artículos y cuatro (4) disposiciones fi nales, el mismo que adjunto forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL “COMITÉ DE GESTION DE COMERCIALIZACIÓN DEL ALGODÓN PIMA PERUANO, COSECHA 2007” SECCIÓN I OBJETIVOS Artículo 1º.- Son objetivos del “Comité de Gestión de Comercialización de Algodón Pima Peruano, Cosecha 2007”, en adelante Comité de Gestión: 1.1 Contribuir al logro de las condiciones de competitividad y de libre mercado en bene fi cio de los productores agrarios, en el marco de las normas legales vigentes.