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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2007 (21/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2007 349569 Artículo 2º .- APROBAR la inclusión de ciento cuarenta y seis (146) procesos de selección que se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente resolución, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio 2007, correspondiente a la Unidad Ejecutora 004 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Resolución de Secretaría General Nº 008-2007-VIVIENDA/SG. Artículo 3 º.- Disponer que la Unidad de Logística del Programa “Agua para Todos” – PAPT, cumpla con publicar la presente Resolución y los anexos adjuntos en el SEACE, en un plazo no mayor de 5 días hábiles de aprobado. Artículo 4 º.- Disponer que la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Año Fiscal 2007, se encuentre a disposición de los interesados en la Unidad de Logística del PAPT, ubicada en el segundo piso del edi fi cio sito en Av. Paseo de la República Nº 3361, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, para su revisión y/o adquisición, en este último caso, por su costo de reproducción; así como en la página web de la Entidad: http://www.vivienda.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA REYES JUSCAMAITA Secretaria General 86938-1 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunta responsable de la comisión de delito contra el patrimonio RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 154-2007-P/PJ Lima, 16 de julio del 2007VISTA: La Resolución de Gerencia de Personal y Escalafón Judicial N° 724-2005- GPEJ-GG-PJ, de fecha 19 de abril de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la señora HERLITA ROSULA VASQUEZ SANCHEZ, ex pensionista del Poder Judicial, otorgó una Carta Poder a su hermana, la señora Ellin Ivonne Vásquez Sánchez, para que en su representación cobre su pensión de jubilación; Que, la señora HERLITA ROSULA VASQUEZ SANCHEZ, falleció el 23 de junio de 1998 y sin embargo la señora Ellin Ivonne Vásquez Sánchez ha seguido cobrando indebidamente la pensión durante los períodos comprendidos entre el 23 de junio de 1998 y el 30 de abril de 1999 y del 1 de junio al 30 de setiembre de 1999, por la suma de S/. 9,892.65 (Nueve Mil Ochocientos Noventa y Dos y 65/ 100 Nuevos Soles); Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que existen indicios razonables que la señora Ellin Ivonne Vásquez Sánchez, ha incurrido en la comisión del delito Contra el Patrimonio – Apropiación Ilícita, de acuerdo a lo que señala el artículo 190º del Código Penal, en agravio de este Poder del Estado; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra la señora Ellin Ivonne Vásquez Sánchez y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y el artículo 12º del Decreto Ley N° 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio, modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667;SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra la señora ELLIN IVONNE VASQUEZ SANCHEZ y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Articulo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Judicial 86939-1 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 155-2007-P/PJ Lima, 16 de julio del 2007VISTO:El O fi cio N° 1903-2007-A-CSJLA/PJ, de fecha 15 de mayo del 2007; y CONSIDERANDO: Que, por O fi cio N° 2007–5170-CORDC-CSJLA-PJ, de fecha 14 de mayo del 2007 el Jefe del Centro Operativo del Registro Distrital de Condenas, informa a la Administradora de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que el día 08 de mayo del presente año, se apersonó a esa dependencia el señor EDUARDO VICTOR RODAS VALENCIA, con Carta Poder de la señorita MARCELINA RODAS VALENCIA, para tramitar un Certi fi cado de Antecedentes Penales de uso Administrativo; Que, realizadas las consultas rutinarias a la RENIEC para verificar la autenticidad de la firma y la huella digital de la poderdante, se confirmó que no le correspondían a la indicada señorita MARCELINA RODAS VALENCIA; Que, por O fi cio N° 2007-4912-CORDC-CSJ/LA el Jefe de Registro Distrital de Condenas de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a fi n de corroborar lo manifestado por la RENIEC, solicita a la Notaria Pública Doctora Isabel Alvarado Quijano, se sirva informar si la fi rma y los sellos obrantes en la Carta Poder corresponden o no a los utilizados en la Notaría, esto con la fi nalidad de determinar si el documento fue legalizado en su Notaría; Que, por carta de fecha 9 de mayo del 2007 la Notaria Pública doctora Isabel Alvarado Quijano, mani fi esta que efectivamente tanto la fi rma como la huella digital que aparecen en la carta Poder otorgado por la señorita MARCELINA RODAS VALENCIA a favor del señor EDUARDO VICTOR RODAS VALENCIA, son falsas; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que existen indicios razonables que el señor EDUARDO VICTOR RODAS VALENCIA y la señorita MARCELINA RODAS VALENCIA han incurrido en la comisión del delito Contra la Fe Pública - Falsi fi cación de Documentos, en agravio de este Poder del Estado; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra EDUARDO VICTOR RODAS VALENCIA, MARCELINA RODAS VALENCIA y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial