Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2007 (21/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

cirujano MORDAZA Erlan MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Direccion Ejecutiva de Investigacion, Docencia y Atencion Especializada en Medicina del MORDAZA y del Adolescente del Instituto Especializado de Salud del MORDAZA (hoy Instituto Nacional de Salud del Nino); Que, con Resolucion Ministerial Nº 881-2006/MINSA del 14 de setiembre de 2006, se designo al licenciado en administracion MORDAZA MORDAZA Penaloza MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Instituto Nacional de Salud del Nino; Que, por convenir al servicio resulta conveniente dar termino a las designaciones MORDAZA citadas y designar a los profesionales propuestos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; el articulo 77° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso ii) del numeral 2 del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y articulos 3° y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluidas las designaciones de los funcionarios del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA, que se indican, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados:
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Medico cirujano MORDAZA Erlan Director Ejecutivo de la Direc- F-4 MORDAZA MORDAZA cion Ejecutiva de Investigacion, Docencia y Atencion Especializada en Medicina del MORDAZA y del Adolescente Licenciado de administracion Director Ejecutivo de la Oficina F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ejecutiva de Administracion

Articulo 2º.- Designar en el Instituto Nacional de Salud del MORDAZA a los profesionales que se indican:
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Medico cirujano MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo de la Direc- F-4 TASAYCO MORDAZA cion Ejecutiva de Investigacion, Docencia y Atencion Especializada en Medicina del MORDAZA y del Adolescente Medico cirujano MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo de la Oficina F-4 MORDAZA MORDAZA Ejecutiva de Administracion

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 86679-2

Aprueban Plan Nacional Concertado de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 589-2007/MINSA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2007 Visto: el Expediente Nº 07-068112-001, que contiene el Oficio Nº 5970-2007-DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su Articulo 9º que el Estado determina la politica nacional de salud. El Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion. Es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, el numeral II del TItulo Preliminar de la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, establece que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo responsabilidad del Estado, regularla, vigilarla y promoverla; igualmente, el numeral VI del mismo Titulo, senala que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;

Que, asimismo, el articulo 2º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27813 - Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud - SNCDS, establece que tiene la finalidad de coordinar el MORDAZA de aplicacion de la politica nacional de salud, promoviendo su implementacion concertada, descentralizada y coordinando los planes y programas de todas las instituciones del sector a efecto de lograr el cuidado integral de la salud de todos los peruanos, y avanzar hacia la seguridad social universal en salud; Que, asimismo, la mencionada Ley Nº 27813 dispone que es funcion del Consejo Nacional de Salud, entre otras, proponer la Politica Nacional de Salud y el Plan Nacional de Salud como parte de la politica nacional de desarrollo; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0272007-PCM, en el cual se define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, establece que se entiende por politica nacional toda MORDAZA que con ese nombre emite el Poder Ejecutivo en su calidad de ente rector, con el proposito de definir objetivos prioritarios, lineamientos y contenidos principales de politica publica, asi como los estandares nacionales de cumplimiento y provision que deben ser alcanzados para asegurar una adecuada prestacion de los servicios y el normal desarrollo de las actividades privadas; Que, el Ministerio de Salud ha llevado a cabo un MORDAZA de planificacion tecnico, politico y social para elaborar el Plan Nacional Concertado de Salud (PNCS), iniciado con la conformacion de la comision por Resolucion Ministerial Nº 1081-2006/MINSA y modificada por Resolucion Ministerial Nº 1133-2006/MINSA, encargada de elaborar la propuesta tecnica de dicho plan; Que, la mencionada comision, con Oficio Nº 218-2007DVM/MINSA de fecha 23 de marzo de 2007, presento la propuesta tecnica del Plan Nacional Concertado de Salud la que fue aprobada por el Consejo Nacional en su sesion Nº 56 mediante el acuerdo Nº 327; Que dicha propuesta tecnica ha sido sometida a una amplia consulta a nivel nacional con la participacion de los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y la Sociedad Civil; Que, por las consideraciones expuestas es necesario aprobar el Plan Nacional Concertado de Salud que se constituira en un instrumento de gestion y de implementacion de las politicas de salud, estableciendo las bases para la accion concertada del Estado orientada a mejorar la situacion de salud de la poblacion; Con las visaciones del Viceministro de Salud, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Direccion General de Promocion de la Salud y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el literal d) y e) del articulo 3º y en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Plan Nacional Concertado de Salud", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina General de Comunicaciones es la responsable de la publicacion del contenido de la Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 87475-1

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