TEXTO PAGINA: 21
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2007 349567 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A. para ejecución de supervisión de obra de agua potable y desagüe del Centro Poblado Hoja Redonda RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 293-2007/VIVIENDA Lima, 18 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º de la Ley Nº 28452, Ley que complementa la Ley Nº 27677, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas encargará al Viceministerio de Construcción y Saneamiento la ejecución, culminación y liquidación técnico – fi nanciera de las obras y proyectos de la UTE FONAVI, que se encontrasen inconclusos a la entrada en vigencia de la Ley Nº 28111; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2006-EF de fecha 16 de marzo de 2006, se autorizó un crédito suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado para el año fi scal 2006, hasta por la suma de S/. 6 649 866,00 (Seis millones seiscientos cuarenta y nueve mil y ochocientos sesenta y seis con 00/100 nuevos soles) para la ejecución del “Proyecto de Obras Complementarias para la Obra de Agua y Desagüe de San Clemente” (S/. 3 369 748,00) y del “Proyecto de Agua y Desagüe del Centro Poblado de Hoja Redonda” (S/. 3 280 118,00). Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2006-VIVIENDA de fecha 21 de setiembre de 2006, se dispuso la incorporación de la Obra “Proyecto de Agua Potable y Desagüe del Centro Poblado Hoja Redonda” en la relación de proyectos prioritarios de agua y desagüe, a que se re fi ere la Ley Nº 28870 – “Ley para optimizar la gestión de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento” y la aplicación del procedimiento simpli fi cado a que se re fi ere el Decreto Supremo Nº 024-2006- VIVIENDA, señalándose expresamente que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispondrá mediante Resolución Ministerial las transferencias fi nancieras que correspondan, con el objeto de fi nanciar la ejecución de dicha obra, debiendo suscribirse el convenio correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 485-2006- VIVIENDA de fecha 19 de diciembre de 2006, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 3 190 118,00 (Tres millones ciento noventa mil ciento dieciocho con 00/100 nuevos soles), en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. – EPS SEMAPACH S.A., para la ejecución y supervisión de la Obra “Proyecto de Agua Potable y Desagüe del Centro Poblado Hoja Redonda”; Que, mediante Convenio Especí fi co de fecha 22 de diciembre de 2006, suscrito entre EPS SEMAPACH S.A. y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se estableció los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera autorizada por Resolución Ministerial Nº 485- 2006-VIVIENDA, para la ejecución y supervisión de la Obra “Proyecto de Agua Potable y Desagüe del Centro Poblado Hoja Redonda”; Que, con O fi cio Nº 065-2007-SEMAPACH S.A.-GG, de fecha 13 de marzo de 2007, la EPS SEMAPACH S.A. solicita una transferencia fi nanciera ascendente a S/. 18 057,30 (Dieciocho mil cincuenta y siete con 30/100 nuevos soles), para completar el fi nanciamiento correspondiente al Contrato de Supervisión suscrito con la fi rma Corporación Peruana de Ingeniería S.A. – CORPEI S.A.; Que, con O fi cio Nº 065-2007-SEMAPACH S.A.-GG, de fecha 13 de marzo de 2007, la EPS SEMAPACH S.A. solicita una transferencia fi nanciera ascendente a S/. 18 057,30 (Dieciocho mil cincuenta y siete con 30/100 nuevos soles), para completar el fi nanciamiento correspondiente al Contrato de Supervisión suscrito con la fi rma Corporación Peruana de Ingeniería S.A. – CORPEI S.A.; Que, con Memorando Nº 146-2007-VIVIENDA-VMCS- PAPT-DA/UPPTO de fecha 9 de mayo de 2007, la Unidad de Presupuesto del Programa Agua para Todos mani fi esta la existencia de disponibilidad presupuestal por el importe de S/. 18 058,00 (Dieciocho mil cincuenta y ocho con 00/100 nuevos soles), para completar la transferencia fi nanciera a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. – EPS SEMAPACH S.A., por el saldo de fi citario para la ejecución de la supervisión de la Obra “Proyecto de Agua Potable y Desagüe del Centro Poblado Hoja Redonda”, en la fuente de fi nanciamiento de Donaciones y Transferencias; Que, con Informe Nº 054-2007-VIVIENDA/VMCS/P APT- UTF de fecha 30 de mayo de 2007, la Unidad Técnica FONAVI mani fi esta que mediante Resolución Ministerial Nº 485-2006-VIVIENDA se dispuso una transferencia fi nanciera, para supervisión, por la cantidad de S/. 180 573,00 (Ciento ochenta mil quinientos setenta y tres con 00/100 nuevos soles), habiendo veri fi cado que como resultado del Proceso Especial de Selección Nº 003-2007-SEMAPACH, la EPS SEMAPACH S.A. ha suscrito Contrato de Supervisión con lafi rma Corporación Peruana de Ingeniería S.A. – CORPEI S.A., por la cantidad de S/. 198 630,30 (Ciento noventa y ocho mil seiscientos treinta con 30/100 nuevos soles), siendo necesario se realice una nueva transferencia fi nanciera a favor de dicha EPS por la cantidad de S/. 18 057,30 (Dieciocho mil cincuenta y siete con 30/100 nuevos soles), en cumplimiento a la Cláusula Quinta del Convenio Especí fi co de fecha 22 de diciembre de 2006, que estable la obligación de Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de fi nanciar la ejecución del proyecto “Agua Potable y Alcantarillado del Centro Poblado Hoja Redonda”; Que, el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecución de proyectos a través de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto para cuyo efecto deberá suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecución de proyectos por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias fi nancieras que se realicen en el marco del citado literal g) del artículo 5º, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley Nº 28927, las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyectos de inversión y saneamiento se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2007 y la Ley Nº 28979; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la cantidad de S/. 18 058,00 (Dieciocho mil cincuenta y ocho con 00/100 nuevos soles), en la fuente de fi nanciamiento de Donaciones y Transferencias, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. – EPS SEMAPACH S.A., para la ejecución de la supervisión de la obra “Proyecto de Agua Potable y Desagüe del Centro Poblado Hoja Redonda”. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la Supervisión de la Obra “Proyecto de Agua Potable y Desagüe del Centro Poblado Hoja Redonda”, quedando prohibido que la EPS SEMAPACH S.A. efectúe anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos.