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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2007 (21/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2007 349565 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios y sin irrogar gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 054-2007-MTC Lima, 20 de julio de 2007CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, publicada el 12 de diciembre de 2006, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fi n de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y mantener la cali fi cación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, el Informe Nº 220-2007-MTC/12.04, de fecha 4 de julio de 2007, de la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, señala que la empresa Aero Transporte S.A., con Carta Nº ATSA GM-124-07/AOC-004, presentada el 11 de mayo de 2007, en el marco del Procedimiento Nº 07 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección a talleres de mantenimiento), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar las inspecciones técnicas a las estaciones reparadoras (taller de mantenimiento) Group Turbo Power y Engine Overhaul Service, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nº 17424, 17425, 17426 y 17427, la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al Procedimiento a que se re fi ere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1257-2007-MTC/12.04-SDA designando al Inspector Filiberto Cárdenas Chávez, para realizar las inspecciones técnicas a las estaciones reparadoras (taller de mantenimiento) Group Turbo Power y Engine Overhaul Service, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 30 de julio al 4 de agosto de 2007; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1257-2007-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Filiberto Cárdenas Chávez, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 30 de julio al 4 de agosto de 2007, para los fi nes a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Aero Transporte S.A. a través de los Recibos de Acotación detallados en la parte considerativa de la presente Resolución, incluyéndose las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 87476-11 Otorgan a empresa la renovación de permiso de operación del servicio de transporte aéreo internacional no regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 143-2007-MTC/12 Lima, 26 de junio del 2007Vista la solicitud de SERVICIOS AEREOS AQP S.A. sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 169-2003- MTC/12 del 9 de junio del 2003, se otorgó a SERVICIOS AEREOS AQP S.A. Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (4) años; Que, con Documento de Registro Nº 2007-011802 del 16 de abril del 2007, SERVICIOS AEREOS AQP S.A. solicita la Renovación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos del Memorando Nº 437- 2007-MTC/12.AL y Memorando Nº 491-2007-MTC/12.AL emitidos por la Asesoría Legal, Memorando Nº 062-2007-MTC/12 emitido por la Asesoría de Política Aérea