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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2007 349903 MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República JOSÉ VEGA ANTONIO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 88620-2 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Oficializan la “IX Feria Internacional y XV Feria Agropecuaria, Agroindustrial, Artesanal, Turística, Expo Café y Miel de Abeja San Ignacio 2007” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 493-2007-AG Lima, 24 de julio de 2007 VISTO:El Ofi cio Nº 1393-2007-AG-DGPA/DCL de fecha 12 de junio de 2007, de la Dirección General de Promoción Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Agricultura promover, fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios con la participación activa de los agentes productivos, sean personas naturales y/o jurídicas, vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local; así como promover la inversión privada en el desarrollo del Sector Agrario; Que, mediante Ofi cio Nº 426-2007-GR-CAJ-DRA/ DPA de fecha 1 de junio de 2007, el Director Regional de Agricultura de Cajamarca, solicita la o fi cialización de la “IX Feria Internacional y XV Feria Agropecuaria, Agroindustrial, Artesanal, Turística, Expo Café y Miel de Abeja San Ignacio 2007”, a realizarse del 28 de julio al 1 de agosto de 2007, en el Recinto Ferial de la provincia de San Ignacio - Cajamarca; Que, según el artículo 15º del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, las Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel internacional que se realicen en el país, serán autorizados mediante Resolución Ministerial a propuesta de la Dirección General de Promoción Agraria; Que, tomando en consideración lo plasmado en el Informe Nº 006-2007-AG-DGPA/DCL, la Dirección General de Promoción Agraria mediante O fi cio Nº 1393-2007- AG-DGPA/DCL solicita la expedición de la Resolución Ministerial que o fi cialice la “IX Feria Internacional y XV Feria Agropecuaria, Agroindustrial, Artesanal, Turística, Expo Café y Miel de Abeja San Ignacio 2007”; Que, en tal sentido, corresponde expedir la Resolución Ministerial correspondiente;De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG que aprueba el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- O fi cializar la “IX Feria Internacional y XV Feria Agropecuaria, Agroindustrial, Artesanal, Turística, Expo Café y Miel de Abeja San Ignacio 2007”, a realizarse del 28 de julio al 1 de agosto de 2007, en el Recinto Ferial de la provincia de San Ignacio, Cajamarca, evento organizado por los representantes de las Organizaciones Cafetaleras de San Ignacio. Artículo 2º.- La Comisión Organizadora de las ferias a que se refi ere el artículo precedente, se regirá por su Reglamento General y su Plan de Trabajo aprobado, debiendo presentar al Ministerio de Agricultura dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a su fi nalización, un informe sobre los resultados de su gestión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 88506-1 Lista de Productos Farmacológicos y Biológicos de Uso Veterinario registrados en el mes de junio de 2007 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 748-2007-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 6 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene, entre otras funciones, la de establecer mecanismos de control, registro y fi scalización respecto de insumos de uso animal, así como biológicos y fármacos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de éstos insumos; Que, el Artículo 14º del Reglamento de Registro, Control y Comercialización de Productos de Uso Veterinario y Alimento para animales, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-AG, establece que el SENASA publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, la relación de productos de uso veterinario registrados en el mes anterior; Que, con Memorando Nº 1874-2007-AG-SENASA- DIAIA-SDIP, de fecha 2 de julio de 2007, la Subdirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, ha remitido el listado de Productos Veterinarios y alimentos registrados durante el mes de junio de 2007, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; De conformidad con la Resolución Jefatural Nº 044- 2006-AG-SENASA; el Decreto Supremo Nº 015-98-AG, y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con la visación del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer en el Diario O fi cial El Peruano de la Lista de Productos Farmacológicos y Biológicos de Uso Veterinario, registrados en el mes de junio de 2007 en la Subdirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, que se detalla seguidamente: