TEXTO PAGINA: 25
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2007 349919 Amplían área de concesión otorgada a la empresa Televisión Minera S.R.L. mediante R.M. Nº 962-2004-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 379-2007-MTC/03 Lima, 20 de julio de 2007 VISTAS, las solicitudes presentadas con expedientes Nºs 2006-001652 y 2006-001839 mediante las cuales la empresa TELEVISIÓN MINERA S.R.L. solicitó la modifi cación del contrato de concesión para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en lo referente al área de concesión, incluyendo el distrito de Yanacancha, de la provincia de Pasco, del departamento de Pasco y el distrito de Morococha, de la provincia de Yauli, del departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 962-2004- MTC/03 del 22 de diciembre de 2004, se otorgó a la empresa TELEVISIÓN MINERA S.R.L., concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distrito de Yauli, de la provincia de Yauli, del departamento de Junín; Que, con expedientes N°s 2006-001652 y 2006- 001839, la empresa TELEVISIÓN MINERA S.R.L. solicita ampliación del área de concesión, incluyendo el distrito de Yanacancha, de la provincia de Pasco, del departamento de Pasco y el distrito de Morococha de la provincia de Yauli, del departamento de Junín; Que, mediante Informe Nº 340-2006-MTC/17.01. ssp la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, opina que procede modi fi car el contrato de concesión, aprobado por Resolución Ministerial Nº 962-2004-MTC/03, en lo referente a la ampliación del área concedida incluyendo los distritos de Yanacancha, de la provincia de Pasco, del departamento de Pasco y Morococha, de la provincia de Yauli, del departamento de Junín; así como aprobar el Plan de Cobertura para dicha área; asimismo, mediante Informe Nº 155-2007-MTC/17.01.ssp opina que procede modi fi car el acápite “d” del numeral 3.04 de la cláusula tercera y el numeral 6.03 de la cláusula sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial N° 962-2004-MTC/03; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el área de concesión, otorgada a la empresa TELEVISIÓN MINERA S.R.L. mediante Resolución Ministerial Nº 962-2004-MTC/03, incluyendo los distritos de Yanacancha, de la provincia de Pasco, del departamento de Pasco y Morococha, de la provincia de Yauli, del departamento de Junín, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, conforme al Anexo 1 que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presente resolución, el cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesión aprobado por la Resolución Ministerial Nº 962-2004-MTC/03. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área ampliada a que se re fi ere el artículo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presente Resolución, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 962-2004-MTC/03. Artículo 3º.- Modifi car el acápite “d” del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y el numeral 6.03 de la Cláusula Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial N° 962-2004-MTC/03. Artículo 4º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se sustituyen los Anexos 1 y 2 y se modifi ca el acápite “d” del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y el numeral 6.03 de la Cláusula Sexta del Contrato de Concesión aprobado por la Resolución Ministerial Nº 962-2004-MTC/03; autorizándose al Director General de Gestión de Telecomunicaciones a suscribir la Adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 5º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por la empresa TELEVISIÓN MINERA S.R.L. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 87653-1 Declaran aprobadas transferencias de autorizaciones a personas jurídicas y natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en los departamentos de Ancash, Lima y Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 346-2007-MTC/03 Lima, 18 de julio del 2007 VISTO, el expediente N° 2003048142, presentado por la empresa GESTIÓN Y ASESORÍA EN TELECOMUNICACIONES E.I.R.L, sobre aprobación de la transferencia de la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial N° 674- 2001-MTC/15.03, del 21 de agosto del 2001, se autorizó a la empresa GESTIÓN Y ASESORÍA EN TELECOMUNICACIONES E.I.R.L, por el plazo de diez (10) años, la operación de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash; resolución que vencerá el 25 de agosto del 2011. Que, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, estableció en su Primera Disposición Final y Transitoria que todos los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusión iniciados antes de la vigencia de la Ley de Radio y Televisión-Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusión, salvo que se traten de disposiciones que reconozcan derechos o facultades a los administrados. Al respecto, cabe indicar que son los aspectos procedimentales, de requisitos, personas obligadas a cumplirlos y causales de denegatoria del otorgamiento de autorización, los que estarán regidos por la normativa vigente a la fecha de presentación de la respectiva solicitud; sin embargo, la normativa con la cual