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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2007 (25/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2007 349910 servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores, agregando que las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al amparo del presente artículo no serán materia de subcontratación; Que, el mismo artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran expresamente incluidos en esta clasifi cación los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior mediante Resolución Directoral Nº 03-2007/IN, de fecha 19 de julio de 2007, ha aprobado el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio del Interior, para el período julio - diciembre 2007, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal; Que, asimismo, la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, mediante Informe Técnico Nº 001-OCOSMIN-2007, de fecha 19 de julio de 2007 ha manifestado que a efectos de poder desarrollar el Plan de Estrategia Publicitaria antes mencionado, requerirá la contratación de medios de comunicación escrita, radial y televisiva establecidos en el referido Plan de Estrategia Publicitaria; Que, asimismo, el referido Informe Técnico manifi esta que la Ofi cina General de Comunicación Social ha seleccionado y propuesto los medios escritos, radiales y televisivos adecuados para realizar la difusión de las campañas de comunicación institucional en consideración de los públicos objetivos a los que se quiere llegar y en función de los índices de lectoría, audiencia o sintonía, según corresponda, por lo que resulta inviable e innecesaria la comparación con otros potenciales proveedores, con fi gurándose la causal de servicios personalísimos para la exoneración del proceso de selección; Que, la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio ha informado que no existe en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio, ningún proceso de selección para la contratación del servicio de publicidad, por lo que en aplicación de lo dispuesto en los artículos 7º y 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y artículo 27º deI Reglamento de la misma, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, resulta necesario modifi car el referido Plan Anual mediante la inclusión en el mismo del proceso correspondiente a la contratación del servicio de publicidad estatal; Que, la Estrategia Publicitaria aprobada contiene un presupuesto que permitirá alcanzar los objetivos trazados en ella, el mismo que asciende a la suma de 5/. 3 530 000,00 (Tres millones quinientos treinta mil y 00/100 Nuevos Soles), monto para el cual se cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal, correspondiente a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, las Resoluciones que aprueban la exoneración respectiva, requieren obligatoriamente del sustento técnico-legal previo, con la posterior publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo estas adquisiciones o contrataciones realizadas mediante acciones inmediatas; Que, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquélla deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. Que, al haberse con fi gurado la causal prevista en el literal f) del articulo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalísimos, resulta procedente aprobar la exoneración para la contratación de los servicios de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria julio - diciembre 2007, por la suma de SI. 3 530 000,00 (Tres millones quinientos treinta mil y 00/100 Nuevos Soles); Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente, así como por el artículo 5º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; y artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior del Año Fiscal 2007, incluyendo en el mismo el proceso de selección para la contratación de los servicios de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria julio - diciembre 2007 del Ministerio del Interior, por el monto de S/. 3 530 000,00 (Tres millones quinientos treinta mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú. Artículo 2º.- Exonerar por la causal de servicios personalísimos la contratación de los servicios de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria aprobado por la O fi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, hasta por el monto de 5/. 3 530 000,00 (Tres millones quinientos treinta mil y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- Conforme a lo expresado en el Informe Técnico Nº 001-OCOSMIN-2007, los medios de comunicación con los que se contratará para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria son los que a continuación se detallan: 1. Diario El Comercio S/. 288 000,00 2. Diario Ofi cial El Peruano S/. 100 000,00 3. Diario La República S/. 192 000,00 4. Diario Expreso S/. 123 000,00 5. Diario Correo S/. 260 000,00 6. Diario Gestión S/. 144 600,00 7. Diario La Razón S/. 141 600,00 8. Diario Trome S/. 175 400,00 9. Diario Perú 21 S/. 222 600,00 10. Diario Ojo S/. 217 200,00 11. Revista Caretas S/. 120 800,00 12. Revista Gente S/. 100 000,00 13. Radio Programas del Perú S/. 122 300,0014. Cadena Peruana de Noticias S/. 122 300,0015. Frecuencia Latina S/. 200 000,00 16. América Televisión S/. 300 000,00 17. Panamericana Televisión S/. 200 000,0018. Instituto de Radio y Televisión S/. 200 000,0019. Canal N S/. 100 000,00 20. Andina de Radio Difusión (ATV) S/. 200 000,00 Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Logistica de la Policia Nacional del Perú que realice las acciones necesarias para la contratación de los servicios materia de la presente Resolución, a requerimiento de la O fi cina General de Comunicación Social. Artículo 5º.- Encargar a la Secretaría General del Ministerio del Interior, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de aprobación, así como en la página web del Ministerio del Interior, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.