Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2007 (26/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

350005

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2007-PRODUCE MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2007 VISTOS: el Informe (Donacion) Nº 00040-2007PRODUCE/OGPP/Octai de la Oficina de Cooperacion Tecnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y, el Informe Nº 185-2007PRODUCE/OGAJ-MUYLP de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de MORDAZA de 2006, los Gobiernos de Japon y del Peru suscribieron las Notas Reversales Nºs. O-1A/057/2006 y APCI (DE) 6-18/011, a efectos de ejecutar el "Proyecto de Ampliacion y Modernizacion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara"; el mismo que seria financiado por el Gobierno del Japon mediante una donacion de Doscientos Noventa y Ocho Millones de yenes japoneses; Que, adicionalmente a ello, con fecha 1 de agosto de 2006, los Gobiernos de Japon y del Peru suscribieron las Notas Reversales Nºs. O-1A/127/06 y APCI (DE) 618/023, a efectos que el Gobierno del Japon efectue una cooperacion economica adicional para la ejecucion del referido Proyecto de Ampliacion y Modernizacion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara, hasta por la suma de Mil Veintidos Millones de yenes japoneses; Que, mediante Notas Reversales Nºs 0-1A/030/07 y APCI (DE) 6-18/005 del 13 de febrero de 2007 y 01A/031/07 y APCI (DE) 6-18/006 del 15 de febrero de 2007, los Gobiernos del Japon y del Peru acordaron suprimir y reemplazar el numeral 6 (1) (d) del Canje de Notas, a efectos de especificar que la entidad beneficiada con la Donacion asumira con cargo a su presupuesto institucional, el pago de los derechos aduaneros, impuestos internos y otras cargas fiscales que afecten a los nacionales japoneses en la Republica del Peru con respecto al suministro de los productos y los servicios bajo los Contratos Verificados, debiendo tenerse en cuenta que dicho acuerdo y el acuerdo incluido en el Canje de Notas vigente, deben ser considerados como una totalidad; Que, en el MORDAZA de la ejecucion del "Proyecto de Ampliacion y Modernizacion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara"; mediante Certificado de Donacion de fecha 11 de junio de 2007, el Gobierno del Japon a traves de la empresa Penta Ocean Construction Co., LTD, dono al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES, equipos y materiales contenidos en diez (10) paquetes, los bienes donados se sustentan en la Factura Nº Callao 2-07-03, por un valor FOB de US$ 101,571.00 (Ciento Un Mil Quinientos Setenta y Un y 00/100 Dolares Americanos) y un peso MORDAZA de 29,770 kg, asi como en el Conocimiento de Embarque B/L Nº 3KD189328; Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES, es un Organismo Publico Descentralizado adscrito al Ministerio de la Produccion, con personeria juridica de derecho publico y goza de autonomia tecnica, economica y administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCE; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, dispone que las donaciones provenientes del exterior, seran aceptadas mediante Resolucion Ministerial del Sector al que corresponda el destino de los bienes muebles; Que, asimismo, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 935, establece que no estan gravados con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito, a

favor de las Entidades y Dependencias del Sector Publico, siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, de acuerdo a lo informado mediante el documento del visto, corresponde aprobar la donacion efectuada por el Gobierno del Japon a traves de la empresa Penta Ocean Construction CO. LTD a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Organismo Publico Descentralizado del Sector Produccion; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias, la Resolucion Nº 0312002/SBN que aprueba el Procedimiento para la donacion de bienes muebles del Estado y para la aceptacion de la donacion de bienes muebles a favor del Estado y, la Resolucion de Contraloria Nº 122-98-CG; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion efectuada por el Gobierno del Japon a traves de la empresa Penta Ocean Construction CO. LTD. a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES, consistente en equipos y materiales contenidos en diez (10) paquetes, los bienes donados se sustentan en la Factura Nº Callao 2-07-03, por un valor FOB de US$ 101,571.00 (Ciento Un Mil Quinientos Setenta y Un y 00/100 Dolares Americanos) y un peso MORDAZA de 29,770 kg, asi como en el Conocimiento de Embarque B/L Nº 3KD189328, que se detallan en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 2º.- Comprendase la donacion efectuada dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y modificado por el Decreto Legislativo Nº 935. Articulo 3º.- Agradecer al Gobierno del Japon, por su importante contribucion al desarrollo de los fines del Proyecto de Ampliacion y Modernizacion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos legales establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 88542-3

Designan Director General de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 235-2007-PRODUCE MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 155-2005PRODUCE, se designo al senor MORDAZA MORDAZA Murayama Konishi, como Director General de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 1852007-PRODUCE, se acepto la renuncia presentada por el mencionado funcionario al cargo de Director General de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, encargandose dichas funciones al Director General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto;

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