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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de junio de 2007 347552 hubiera lugar contra las personas de Pedro CHAPA ADRIANZEN, ... DEBE DECIR: SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los Asuntos Judiciales relativos al Ejército del Perú, para que en nombre y representación del Estado, inicie, prosiga y culmine todas las acciones legales y judiciales a que hubiera lugar contra las personas de Pedro Pablo CHAPA ARANCIBIA, ... 75353-1 ECONOMIA Y FINANZAS Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 012-2007-EF/15.01 Lima, 20 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modi fi có el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115- 2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo N° 094-2006-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo N° 001-2002-EF y la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Supremo N° 153-2002-EF, modificada por los Decretos Supremos N°s. 003-2006-EF y 074-2006-EF, tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2007; Que, por Decreto Supremo N° 121-2006-EF se sustituyó el numeral 3 del Anexo IV del Decreto Supremo N° 115-2001-EF estableciendo un nuevo mercado de referencia para el azúcar blanca re fi nada, y se sustituyó la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Supremo N° 074-2006-EF, estableciendo su vigencia hasta el 30 de junio de 2007; Que, por Decreto Supremo Nº 183-2006-EF se sustituyó la Tabla Aduanera del Maíz aprobada por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF, estableciendo su vigencia hasta el 30 de junio del 2007; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de junio de 2007; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se re fi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modi fi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)US$ por T.M.----------------------------------------------------------------------------Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo----------------------------------------------------------------------------Del 1/6/2007 al 192 341 371 2 57915/6/2007---------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MIGUEL CAYO MATA Viceministro de Economía 75747-1 Aprueban Guías de Identificación, Formulación y Evaluación Social de Proyectos de Saneamiento Básico en el Ámbito Rural y en el Ámbito de Pequeñas Ciudades, a Nivel de Perfil y autoriza la aplicación de Contenidos Mínimos para los Perfiles de los proyectos de Electrificación Rural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2007-EF/68.01 Lima, 12 de junio de 2007 CONSIDERANDO:Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modi fi cada por las Leyes Nº 28522 y 28802, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el inciso f) del numeral 3.2 del artículo 3º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 221-2006- EF, señala que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público es competente para establecer los niveles mínimos de estudios de preinversión que requieren los proyectos de inversión para poder declarar su viabilidad; Que, adicionalmente, el inciso k) del referido dispositivo, señala que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público es competente para establecer metodologías generales y especí fi cas para la formulación y evaluación de proyectos, así como normas técnicas y parámetros de evaluación, así como la metodología para la evaluación ex post de Proyectos de Inversión Pública; Que, asimismo, la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva Nº 002-2007- EF/68.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/68.01, dispone en el numeral 6.1 del artículo 6º, que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público tiene la atribución de emitir las Directivas necesarias para regular los procesos y procedimientos, las fases y etapas del Ciclo del Proyecto y el funcionamiento del SNIP; En concordancia a las facultades dispuestas por la Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF/15 y la Resolución Ministerial Nº 365-2004-EF/15; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación de Guías Metodológicas de Proyectos de Saneamiento Básico