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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de marzo de 2007 341177 De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a los miembros del Consejo Consultivo Agrario, el cual quedará conformado de la siguiente manera: - Sr. Antonio José Brack Egg, - Sr. Fernando José Cilloniz Benavides,- Sr. Fernando Martín Zavala Lombardi,- Sr. José Chlimper Ackerman, - Sr. Pedro Raymundo Felipe Mitma Olivos, y;- Sr. Fritz Paul Félix Du Bois Freund. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 34112-2 Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Oficina de Informática del PETT RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2007-AG Lima, 7 de marzo de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 027-2007-AG del 11 de enero del 2007, se designó al ingeniero Miguel Elías Cañamero Kerla en el cargo de Director de la O fi cina de Informática del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley N° 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar con efectividad al 1 de marzo del 2007, la renuncia presentada por el Ing. Miguel Elías Cañamero Kerla en el cargo de Director de la O fi cina de Informática del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha al Ing. Javier José Quispe Varillas en el cargo de Director de la O fi cina de Informática del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 34114-1 Aprueban procedimiento sobre Ejecución de Procedimientos del Programa de Manejo Integrado de la Plaga de Langostas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 015-2007-AG-SENASA-DSV La Molina, 2 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27322 - “Ley Marco de Sanidad Agraria”, establece como uno de los objetivos del SENASA la prevención y control de plagas y enfermedades que representen riesgo para la sanidad agraria del país y establece como una de sus funciones mantener y fortalecer los sistemas de vigilancia y diagnóstico de plagas y enfermedades; Que, es necesario realizar un seguimiento constante a las poblaciones acridianas y en especial de las especies de langostas Schistocerca cf interrita Scudder y Schistocerca piceifrons peruviana Lynch Arribalzaga ,con el fi n de controlar el proceso gregario en las primeras etapas del desarrollo y evitar daños a los cultivos y vegetación silvestre dentro de su área de dispersión; Que, por su importancia la plaga de langostas es una plaga regulada por los Organismos Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de varios países y bajo seguimiento y atención por las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO, debido a que por su dispersión puede convertirse en un problema multinacional; Que se hace necesario uniformizar los procedimientos operativos dentro de un sistema que se adecue a este contexto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27322, Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 048-2001-AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con la visación del Director General de Asesoría Jurídica; RESUELVE:Artículo 1º. - Apruébese el procedimiento: Ejecución de Procedimientos del Programa de Manejo Integrado de la Plaga de Langostas (Orthoptera: Acrididae), que se consigna en la página web del SENASA: www.senasa.gob.pe. Artículo 2º. - Las Direcciones Ejecutivas del SENASA donde se ejecutan acciones de manejo integrado de la plaga de langostas son las responsables de supervisar la correcta aplicación y cumplimiento de los procedimientos aprobados por la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director GeneralDirección de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria 33308-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan una Transferencia de Partidas a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 029-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28929 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2007, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-cientí fi co competente, así como rehabilitar la infraestructura pública recuperando los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia del desastre y aquellas necesarias