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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de marzo de 2007 341179 Autorizan inafectación del IGV a importación realizada por la Asociación Cultural Peruano Británica RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2007-EF Lima, 7 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, no está gravada con el Impuesto General a las Ventas, la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios debidamente autorizada mediante Resolución Suprema, vinculadas a sus fi nes propios efectuadas por las instituciones culturales, que se encuentren constituidas como fundaciones o asociaciones sin fi nes de lucro, según el inciso c) del Artículo 18° y el inciso b) del Artículo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-EF; Que, el Decreto Supremo N° 075-97-EF establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las instituciones culturales a fi n de obtener la autorización para la inafectación del Impuesto General a las Ventas; Que, asimismo la institución solicitante ha cumplido con adjuntar la documentación a que se re fi ere el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del Artículo 2° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF; y, Con la opinión técnica del Instituto Nacional de Cultura; y,Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORÍZASE, la inafectación del Impuesto General a las Ventas a la importación realizada por la Asociación Cultural Peruano Británica consistente en un piano, según la Factura N° 00600 de la Casa MRKSA LTDA. Los bienes señalados en el párrafo precedente deberán destinarse exclusivamente al cumplimiento de losfi nes culturales de la citada Asociación. Artículo 2°.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintedencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 34227-8 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Programa de Creadores de Mercado 2007 Primera Colocación de Bonos Soberanos Oferta Primaria hasta por la suma de S/. 200 000 000,00 Mediante el Decreto Supremo Nº 011-2007-EF, se aprobó la emisión de Bonos Soberanos hasta por S/. 2 331 000 000,00. Las características adicionales de los bonos que corresponden a la reapertura de una serie a ser subastada el día 12 de marzo de 2007, en el marco de dicha norma son: - Emisor : La República del Perú - Moneda de la Emisión : Nuevos Soles- Valor Nominal de los Bonos : S/. 1 000,00 (Mil y 00/100 Nuevos Soles)- Negociabilidad : Libremente negociables- Registro : Anotación en cuenta mediante el registro contable en CAVALI ICLV S.A- Agente Colocador : Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas - Pago del Principal e Intereses : A través de CAVALI ICLV S.A. según la Resolución Directoral Nº 03-2007- EF/75.01 - Denominación : Bonos Soberanos 12AGO2026- Código : ISIN PEP01000C0J9- Fecha de Vencimiento : 12 de agosto de 2026- Monto a Subastar : Hasta S/.200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Nuevos Soles)- Tasa Cupón : 8,20 % nominal anual fi ja, base 360 - Cupón semestral : S/. 41,00 por cada bono- Monto a pagar : El monto a pagar por cada bono será el precio fi jado en la subasta más los intereses corridos ascendentes a S/.6,57 - Opción de Rescate : No tendrá opción de rescate- Mecanismo de Colocación : Subasta a través del Sistema DATATEC- Fecha de Subasta : 12 de marzo de 2007- Fecha de Liquidación : 13 de marzo de 2007- Horario de recepción de órdenes : De 11:00 horas a 13:00 horas- Modalidad de Subasta : Holandesa- Variable a subastar : Precio del Bono- Participantes de la Subasta : Creadores de Mercado designados por R.M. Nº 746-2006-EF/75 - Modalidad de Pago : El pago se realizará mediante transferencia enviada a través del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR) del BCRP, a la cuenta corriente en moneda nacional del Banco de la Nación Nº 00-000-281417-MEF-DGTP-Bonos Soberanos hasta las 15:00 horas del día de liquidación. CCI 018000000000 28141706 Lima, 08 de marzo de 2007 34223-2