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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2007 (08/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de marzo de 2007 341183 por la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito contra el patrimonio - robo agravado, en perjuicio de José Yony Castañeda Becerra; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Chile, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de DefensaEncargado del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 34227-10 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 054-2007-JUS Lima, 7 de marzo de 2007Visto; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 035-2007/COE-TC del 23 de febrero de 2007, sobre la solicitud de extradición activa del procesado HERMES REYNA TIBURCIO, formulada por el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 14 de febrero de 2007 la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado HERMES REYNA TIBURCIO, por los siguientes delitos: contra el patrimonio – estafa en agravio de Haydee Milagros Espinoza Palacios y Carlos Alberto Povis Vargas; contra la fe pública – falsifi cación de documentos en agravio de la Municipalidad de Magdalena, Kodak Perú y el Estado Peruano; contra la seguridad pública – trá fi co ilícito de personas en agravio de Haydee Milagros Espinoza Palacios y Carlos Alberto Povis Vargas y contra la fe pública – falsedad ideológica en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Exp. Nº 13-2007); Que, mediante el Informe Nº 035-2007/COE-TC del 23 de febrero de 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigente entre la República de Perú y la República de Italia suscrito el 24 de noviembre de 1994 en Roma – Italia, aprobado en el Perú por Resolución Legislativa Nº 26759, rati fi cada por Decreto Supremo Nº 011-97-RE y vigente desde el 7 de abril de 2005; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado HERMES REYNA TIBURCIO, formulado por el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por los delitos: contra el patrimonio – estafa en agravio de Haydee Milagros Espinoza Palacios y Carlos Alberto Povis Vargas; contra la fe pública – falsi fi cación de documentos en agravio de la Municipalidad de Magdalena, Kodak Perú y el Estado Peruano; contra la seguridad pública – trá fi co ilícito de personas en agravio de Haydee Milagros Espinoza Palacios y Carlos Alberto Povis Vargas y contra la fe pública – falsedad ideológica en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Italia de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de DefensaEncargado del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 34227-11 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 055-2007-JUS Lima, 7 de marzo de 2007 Visto; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 033-2007/COE-TC del 26 de febrero de 2007, sobre la solicitud de extradición activa del procesado JORGE AUGUSTO WONG MONTOYA, formulada por el Juzgado Especializado en lo Penal de la provincia de Pacasmayo – San Pedro de Lloc de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 16 de octubre de 2006 la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado JORGE AUGUSTO WONG MONTOYA, por delito contra el patrimonio – estafa en agravio de Vicente Marcial Cosavalente Díaz y otros (Exp. Nº 71-2006); Que, mediante el Informe Nº 033-2007/COE-TC del 26 de febrero de 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigente entre la República de Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en Lima el 25 de julio de 2001, aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 27827 del 22 de agosto de 2002 y vigente desde el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado JORGE AUGUSTO WONG MONTOYA, formulado por el Juzgado Especializado en lo Penal de la provincia de Pacasmayo – San Pedro de Lloc de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito contra el patrimonio – estafa en agravio de Vicente Marcial