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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2007 (18/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de marzo de 2007 341831 correspondientes sesiones de sus órganos que integran. h) De presentar su renuncia a seguir ejerciendo el mandato de representación recibido en elecciones, ante el respectivo órgano de su nivel correspondiente: comunal, zonal y distrital. i) De ejercer los derechos de concertación local participando de manera proactiva en las tomas de decisiones en su respectiva instancia y nivel correspondiente. j) De ser reconocido o fi cialmente y acreditados por la autoridad edil y/o funcionarios. Artículo 11°.- DEBERES a) De participar en los Talleres de Trabajo Programados para la Actualización Anual del Plan de Desarrollo Municipal Concertado (PDMC) y Presupuesto Participativo (PP) que le corresponda, según nivel y funciones. b) De ejercer responsablemente el cargo representativo para el cual fue elegido según nivel y funciones. c) De asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de los órganos de las Juntas Vecinales, según nivel y funciones. d) De cumplir con los acuerdos asumidos en los Talleres de Trabajo, según nivel y funciones. e) De asistir a las actividades programadas para los Procesos Participativos. f) De asistir a los talleres de capacitación programados en el Proceso Participativo. g) De promover la participación de los vecinos en los talleres comunales. CAPÍTULO II FUNCIONES, ESTRATEGIAS, RELACIONES Y NORMAS ADMINISTRATIVAS DE FUNCIONAMIENTO Artículo 12°.- FUNCIONES Son funciones de las Juntas Vecinales las establecidas en los Arts. 25°, 26° y 27° de la Ordenanza N° 055-2005. Artículo 13°.- SON FUNCIONES DE LA JUNTA VECINAL COMUNAL: a) Presidir los talleres comunales programados.b) Integrar a los vecinos de su comuna.c) Canalizar acciones dentro de su comuna.d) Concertar y proponer a la Junta Vecinal Zonal, las prioridades de gastos de inversión en su comuna. e) Impulsar el Proceso de Presupuesto Participativo de su comuna. f) Canalizar acciones de promoción, difusión y articulación dentro de su territorio o ámbito geográ fi co de sus respectivas competencias. g) Apoyar la implementación de mecanismos de Seguridad Ciudadana en su comuna, través del delegado temático. h) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de obras públicas en su comuna, a través del delegado temático. i) Motivar a los vecinos para colaborar en el ornato y cuidado de su comuna, a través del delegado temático. j) Canalizar las sugerencias, necesidades, propuestas de su comuna ante la Junta Vecinal Zonal. k) Proponer las prioridades de necesidades de su comuna para los fi nes de elaboración y actualización del Plan de Desarrollo Municipal Concertado y Presupuesto Participativo. l) Ejercer las funciones establecidas en la Ordenanza N° 055-2005. m) Otras funciones que les delegue el Alcalde de la Municipalidad. Artículo 14°.- SON FUNCIONES DE LA JUNTA VECINAL ZONAL: 1) Integrar a todas las comunas de su zona.2) Articular a las comunas para propuestas integrales en la zona. 3) Promover la participación y la concertación en las comunas de su zona. 4) Impulsar el proceso de Presupuesto Participativo en las comunas de su zona. 5) Difundir en coordinación con la municipalidad los procesos participativos en su zona. 6) Propiciar acciones de acercamiento con las instituciones públicas que tengan sede en su territorio. 7) Proponer las prioridades de su zona para los fi nes que la elaboración y actualización de Plan de Desarrollo Municipal Concertado y Presupuesto Participativo. 8) Formular los planes anuales de desarrollo de su zona, en el marco del Plan de Desarrollo Municipal 9) Ejercer las funciones establecidas en la Ordenanza N° 055-2005.10) Otras funciones que les delegue el Alcalde de la Municipalidad. Artículo 15°.- SON FUNCIONES DE LA JUNTA VECINAL DISTRITAL: 1) Participar en la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo. 2) Concertar y proponer proyectos de acuerdo a las prioridades de las zonas, conjuntamente con las otras instancias del Sistema de Participación y Control Ciudadano en la Comisión Permanente, para su concertación fi nal en el CCLD 3) Promover la participación y la concertación en la gestión local entre sus niveles. 4) Apoyar a la fi scalización de la ejecución del Plan de Desarrollo Municipal Concertado. 5) Ejercer las funciones establecidas en la Ordenanza N° 055-2005. 6) Otras que le delegue el Alcalde de la Municipalidad. Artículo 16°.- ESTRATEGIAS Las Juntas Vecinales para el cumplimiento de sus funciones se orientan por las siguientes estrategias: 1. Buscar sinergia permanente entre sus niveles territoriales y otras acciones que conlleven al desarrollo integral. 2. Facilitar la integración distrital,. Provincial y regional.3. Promover la articulación concertada y la complementación entre los diversos niveles en el Presupuesto Participativo. 4. Fortalecer el sentido de pertenencia y la identidad distrital. 5. Fortalecer la conciencia de derechos y deberes, incluyendo la conciencia tributaria. 6. Desarrollar la cultura de proyectos, trabajo, paz y desarrollo humano. 7. Estimular la evaluación, sistematización y difusión de los Procesos Participativos. Artículo 17°.- RELACIONES DE LAS JUNTAS VECINALES Las Juntas Vecinales, mantiene relaciones para su participación en los Procesos Participativos del Sistema de Participación y Control Ciudadano. 1. Con el CCLD, a través de la participación del Presidente de la Junta Vecinal Distrital en la Comisión Permanente con voz y lo regulado por la Ordenanza N° 062. 2. Con las redes de Políticas Públicas Locales, a través de sus delegados temáticos, para retroalimentación del PDCM y lo regulado por la Ordenanza N° 091. 3. Con los Comités de Vigilancias, para el apoyo a la Fiscalización y vigilancia del cumplimiento de los acuerdos concertados y lo regulado por la Ordenanza N° 090. 4. Con las unidades orgánicas de la municipalidad en cumplimiento de los acuerdos concertados y lo regulado por la Ordenanza N° 084. Artículo 18°.- NORMA ADMINISTRATIVA DE FUNCIONAMIENTO Para cumplir sus funciones las Juntas Vecinales, organizan sus actividades en torno a planes semestrales y/o anuales de acciones, armonizados con los cronogramas de los Procesos Participativos del Sistema de Participación y Control Ciudadano. Artículo 19°.- CARGOS ELEGIBLES EN LAS JUNTAS VECINALES DE PARTICIPACIÓN Conforme a lo establecido en el Art. 39 de la Ordenanza N° 011-2003 y en concordancia con la Ordenanza N° 070-2005, 084-2005 y 090-2006, los cargos elegibles en las directivas vecinales como Comunas, Zonas y Distritial son 10 (diez). Los cargos en las Juntas Vecinales son: a) Un Presidente. b) Un Vicepresidente (por Ordenanza N° 070-2005, representante de la juventud). c) Un Secretario.d) Un Tesorero.e) Un Fiscal (por Ordenanza N° 090-2006, conforman los Comités de Vigilancia y Control cuarta instancia del SPC). f) Un Delegado Vecinal Comunal, Zonal, Distrital de Desarrollo Urbano y Ambiental. g) Un Delegado Vecinal Comunal, Zonal, Distrital de Desarrollo Económico y Competitividad. h) Un Delegado Vecinal Comunal, Zonal, Distrital de Desarrollo Social, Salud y Lucha Contra la Pobreza.