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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de marzo de 2007 341827 Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Unidad de Informática, el cumplimiento del presente Decreto en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones, la difusión de la misma. Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 38160-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Exoneran de proceso de selección la adquisición del producto hojuela de avena con quinua y kiwicha ACUERDO DE CONCEJO Nº 08-2007/CDLO Los Olivos, 15 de marzo de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOSVISTO: El Dictamen Nº 006-2007-MDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto ; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son los gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo a los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, con Informe Nº 036-2007/MDLO/SGDH, la Dirección de Seguridad Alimentaria remite el informe técnico y los términos de referencia para realizar la compra de la hojuela de avena con quinua y kiwicha (Forti fi cada) bajo la modalidad de EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR ÚNICO PROVEEDOR; Que, con Informe N° 025-2007-MDLO/SGAF, el Sub Gerente de Administración y Finanzas, expresa que para la adquisición del producto hojuela de avena con quinua y kiwicha para el año 2007, en el mercado nacional existe un solo proveedor que vende el citado insumo, siendo ésta la empresa Molinera Los Ángeles; Que, el Informe Nº 226-2007-MDLO/OAJ, de la O fi cina Asesoría Jurídica remite su opinión legal manifestando que resulta pertinente la exoneración del proceso de selección para la adquisición del producto de hojuela de avena con quinua y kiwicha forti fi cada (producto peruano), tal como lo establece el literal e) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, para lo cual debe remitirse los actuados al Concejo Municipal para la aprobación de la Exoneración del Proceso de Selección; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, inciso 8 y 41º, de la Ley Orgánica de Municipalidades, y por mayoría; ACUERDA:Artículo Primero.- DISPONER LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR ÚNICO PROVEEDOR, por el lapso de cuarenta y un (41) semanas, para la Adquisición de Hojuela de Avena con Quinua y Kiwicha forti fi cada (producto peruano), según detalle siguiente: HOJUELA DE AVENA CON QUINUA Y KIWICHA FORTIFICADA (PRODUCTO PERUANO) PRODUCTOCANTIDAD T.M.PESO DE ENVASADOMONTO S/. Hojuela de Avena con Quinua y Kiwicha Forti fi cada (Producto Peruano)189.6455 500 grs. S/. 606,865.60Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Comité Especial, la adquisición de Hojuela de Avena con Quinua y kiwicha Forti fi cada (producto peruano), por exoneración de Proceso por Único Proveedor. Artculo Tercero.- DISPONER, que dentro del término legal la Dirección de Logística cumpla con remitir el presente Acuerdo, así como de los Informes técnico-legales que los sustentan, a la Contraloría General de la República y demás órganos competentes. Artiículo Cuarto.- ENCARGAR a la SUB-GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS y a la DIRECCIÓN DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Acuerdo, y a la GERENCIA MUNICIPAL su supervisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FELIPE B.CASTILLO ALFARO Alcalde 38101-2 Conforman el Consejo Educativo Municipal - CEM del distrito de Los Olivos para el Año Fiscal 2007 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2007-MDLO/ALC Los Olivos, 14 de marzo de 2007 VISTA: La Resolución Ministerial Nº 0031-2007-ED publicada el 4 de marzo de 2007 ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 078-2006-PCM, publicado el 31 de octubre de 2006, se autoriza al Ministerio de Educación llevar a cabo, a partir del 1 de enero de 2007, con la participación de las Municipalidades, un Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa de niveles educativos de Inicial y Primaria, para mejorar la calidad de los servicios educativos; Que, el Artículo Segundo del citado dispositivo establece las circunscripciones materia del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, incluyendo dentro de ellas a la Municipalidad Distrital de Los Olivos; Que, la norma acota que corresponde al Ministerio de Educación, en coordinación con el Consejo Nacional de Descentralización, elaborar los lineamientos del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa y, del mismo modo, realice coordinación con las Municipalidades que intervienen en el referido Plan; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0031-2007- ED, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 4 de marzo de 2007, el Ministerio de Educación aprueba el “Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007”, de los niveles educativos de Inicial y Primaria, que llevará a cabo con la participación de las Municipalidades enumeradas en la citada Resolución; Que, el “Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007” describe los aspectos que implica el funcionamiento de la municipalización de la gestión educativa, marco legal, objetivos, estrategia, características del modelo, competencia de la Institución Educativa, competencias de la Municipalidad, organización de la propuesta y el establecimiento del Fondo de Compensación para la Municipalización de la Gestión Educativa, incluyendo además los lineamientos para su aplicación; Que, el numeral 10 Municipalización de la Gestión Educativa - Subnumeral 10.1 – Organización - del Plan aludido precedentemente precisa que en cada Municipalidad se conforma un Consejo Educativo Municipal – CEM, órgano directivo de la gestión educativa en el ámbito local; Que, la citada norma acota que el Consejo Educativo Municipal – CEM es presidido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital e integrado por representantes de todos los Consejos Educativos Institucionales (CONEI) de las instituciones educativas de la jurisdicción municipal; indicando que cuenta con una Secretaría Técnica encargada de implementar los acuerdos del referido Consejo; Que, el numeral 5 – Organización del Plan Piloto Subnumeral 5.2. Órganos de Ejecución – literal c) Consejo