Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2007 (06/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2007

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Reducen montos de remuneracion mensual del MORDAZA y de dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2007-MDA Ancon, 13 de MORDAZA del 2007 VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido del Sr. MORDAZA referente al Acuerdo de Concejo N° 004-2007-MDA del 16 de enero de 2007 y lo normado en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM y su anexo, publicado el 22 de Marzo del 2007 en el Diario Oficial "El Peruano"; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica y la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972, reconocen a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Acuerdo de Concejo N° 004-2007MDA del 16 de enero de 2007, se aprobo la remuneracion mensual del Sr. MORDAZA, asi como el monto total de las dietas correspondientes a los Sres. Regidores, correspondiente al presente ejercicio presupuestal, al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley 28212; Que, con el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM y su Anexo, publicado el 22 de Marzo del 2007 en el Diario Oficial "El Peruano", se dictan medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes, estableciendose en el numeral 3.1. del Articulo 3° que "Los ingresos maximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales son fijados por los Concejos Municipales respectivos, considerando para tal efecto el cuadro que contiene parametros para la determinacion de sus ingresos, que como Anexo es parte integrante de la presente norma". Segun la proyeccion de remuneracion establecida en el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM, corresponde al MORDAZA del distrito de Ancon percibir la remuneracion total de S/. 4,225.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, el Articulo 5° del Decreto Supremo Nº 0252007-PCM senala que "Las dietas que corresponda percibir a los regidores municipales, de acuerdo al monto fijado por los respectivos Concejos Municipales, por sesion efectiva en cada mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley organica de Municipalidades, en ningun caso pueden superar en total el treinta por ciento de los ingresos mensuales por todo concepto del MORDAZA correspondiente." Con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo Municipal, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi como con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta, en uso de las atribuciones contenidas en la Ley Organica de Municipalidades; ACUERDA: Articulo Primero.- REDUCIR el monto de la remuneracion mensual del Senor MORDAZA, que fuera aprobado por el Acuerdo de Concejo N° 004 ­ 2007MDA para el presente ejercicio presupuestal, el mismo que segun la proyeccion establecida en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, corresponde a partir de la fecha a la suma de S/. 4,225.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) Articulo Segundo.- REDUCIR el monto de las dietas mensuales de los Sres. Regidores, que fuera

aprobado por el Acuerdo de Concejo N° 004 ­ 2007MDA, el mismo que a partir de la fecha es de S/. 633.75 (SEISCIENTOS TREINTITRES Y 75/100 NUEVOS SOLES) por asistencia efectiva a cada sesion del Concejo Distrital de Ancon, con un MORDAZA de dos sesiones abonadas al mes, para el presente ejercicio presupuestal y que no supera el treinta por ciento de los ingresos mensuales por todo concepto de la remuneracion del Sr. Alcalde. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion del presente Acuerdo en el diario oficial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 56718-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Regulan "Programa Canje de Deuda Tributaria por Servicios"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 141 Chaclacayo, 29 de marzo del 2007 VISTO: En sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza referente a formas de pago de deudas tributarias por servicios, presentado por los Regidores MORDAZA Baigorria MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Pizarro; y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senalan que los organos de gobierno local gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la actual Gestion Municipal ante las dificultades economicas que atraviesan los contribuyentes, ha visto por conveniente otorgarles las mas amplias facilidades de pago para que cumplan con sus obligaciones tributarias, situacion que exige establecer procedimientos para atender dichas solicitudes; Que, el Articulo 32º literal d) del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone que el pago de la deuda tributaria se puede realizar mediante otros medios que la Ley senale; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; el Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR SERVICIOS "PROGRAMA CANJE DE DEUDA TRIBUTARIA POR SERVICIOS" Articulo Primero.- Objetivo.- La presente Ordenanza tiene por objetivo: - Reglamentar el Programa "Canje de Deuda Tributaria por Servicios" - Generar MORDAZA de ingreso para los contribuyentes del Distrito que asi lo requieran.

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