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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2007 (06/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de mayo de 2007 344765 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Gerencial Nº 023-2004-EF/94.45 de fecha 29 de marzo de 2004, se dispuso la inscripción de los valores representativos de deuda denominados “Bonos Corporativos Banco Financiero del Perú - Primera Emisión” hasta por un importe máximo de S/. 105 000 000,00 (Ciento Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles), en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escrito presentado el 28 de marzo de 2007, el Banco Financiero del Perú solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el deslistado de los valores correspondientes a la emisión denominada “Bonos Corporativos Banco Financiero del Perú - Primera Emisión” del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de deslistar los valores correspondientes a la emisión denominada “Bonos Corporativos Banco Financiero del Perú - Primera Emisión” y elevó el expediente a CONASEV para los fi nes correspondientes; Que, el artículo 37º, inciso b), de la Ley del Mercado de Valores en concordancia con el artículo 27º, inciso b), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de CONASEV, cuando opere la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el artículo 38º de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 32º del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando precedente, la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores correspondientes a la emisión denominada “Bonos Corporativos Banco Financiero del Perú - Primera Emisión”, se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra, contemplada en el artículo 37º, inciso a), del citado Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 52º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el acuerdo de Directorio de CONASEV del 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores denominados “Bonos Corporativos Banco Financiero del Perú - Primera Emisión”, del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores señalados en el artículo anterior, del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución al Banco Financiero del Perú, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONKA HURTADO CRUZ Gerente de Mercados y Emisores 51855-1INSTITUTO DEL MAR DEL PERU Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de mantenimiento del software Integrix 2000 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº DE-080-2007 Callao, 26 de abril del 2007 VISTOS:El Informe Nº AIC -004-007 El Informe Nº UC - 025-2007El Informe Nº ULeI -134-2007El Memorándum Nº DOA- 168 -2007El Memorándum Nº OPP -069 -2007El Memorándum Nº DOA – 184-2007El Informe Nº ULeI -123 -2007El Memorándum Nº DOA -167 -2007El Memorándum Nº OAJ-DOA-109 -2007 CONSIDERANDO:Que, el Instituto del Mar del Perú. IMARPE tiene como fi nalidad estudiar el ambiente y la biodiversidad marina, evalúa los recursos pesqueros y proporciona la información y asesoramiento para la toma de decisiones sobre la pesca, la acuicultura y la protección del medio ambiente marino; Que, el Instituto del Mar del Perú, IMARPE realiza investigaciones oceanográ fi cas, limnológicas y de la calidad del medioambiente acuícola, celebra contratos con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales, para promover el desarrollo técnico –cientí fi co nacional en los asuntos de su competencia; organiza y participa en eventos cientí fi cos y tecnológicos, nacionales e internacionales, entre otras funciones; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del IMARPE 2007, aprobado mediante Resolución Directoral Nº DE-003-2007 del 8 de enero del 2007 se ha programado la contratación del Software Integrix 2000, para el año 2007; Que, así mismo la Unidad de Contabilidad mediante Informe Nº UC -025 -2007, en atención al Informe Nº AIC -004-07, emitido por el Área de Integración Contable, solicita la renovación del Contrato de Mantenimiento del Software Integrix 2000 (Mantenimiento y Licencia de Uso) a efectos de asegurar el correcto funcionamiento de las unidades usuarias precisando que las Unidades usuarias son la Unidad de Contabilidad y Tesorería; Que, de acuerdo al Informe Técnico elaborado por la Unidad de Contabilidad, el Sistema Integrix2000, viene siendo utilizado en la entidad por las Unidades de Tesorería y Tesorería, desde 1998, inicialmente en la versión DOS y después una versión gra fi ca, constituyendo una herramienta de veri fi cación y confrontación con los resultados emitidos por el Sistema SIAF, permitiendo contar con un detalle que otros sistemas no proporcionan; Que, asimismo en el Informe Técnico elaborado por la Unidad de Contabilidad, se señala que para la adquisición del Sistema Integrix en 1998, se convocó a un concurso, donde se presentaron las empresas habiéndose escogido la mejor propuesta, siendo la empresa especializada ECO SERVICE S.R.L. la propietaria de las fuentes, teniendo la exclusividad de la invención del Software Integrix 2000, por ello es la única que puede brindar el servicio solicitado; Que, la información fi nanciera y contable del Sector Público se rige por años calendario, las cuales corresponden a un ejercicio. En la actualidad, Ejercicio 2007, no es posible hacer un cambio de sistema, ya que se tendría que trasladar toda la información de la institución a un sistema nuevo en el caso de adquirirlo; Que, el Software Integrix 2000, implementado en las Unidades de Contabilidad y de Tesorería desde 1998, se ha ido adecuando a los requerimientos y necesidades de éstas, efectuando mejoras y modi fi caciones en atención a