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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2007 (14/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2007 345200 PODER EJECUTIVO RELACIONES EXTERIORES Aprueban inafectaciones del IGV e ISC correspondientes a donaciones efectuadas a favor de diversas entidades RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0455/RE Lima, 25 de abril de 2007Visto, los Expedientes Nº 13650-2006, Nº 14220- 2006 y Nº 14774-2006, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Transfer Relief Supplies & Services, con sede en Bruselas, Bélgica. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, se encuentra inscrito en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certi fi cado de Donación de fecha 12 de junio de 2002, legalizado por el Consulado General del Perú en Bruselas, se observa que, Transfer Relief Supplies & Services, ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, el bien donado consiste en 68 bultos conteniendo medicamentos: 17,012 viales de Capreomycin Sulf., Eq. 1 g base, pdr., con un peso bruto manifestado de 408 kilos y un peso bruto recibido de 418.80 kilos, valorizado en € 19,055.15 (Diecinueve mil cincuenta y cinco y 15/100 Euros). Destinado para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para tuberculosis multidrogorresistente, dentro del “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-PLUS en el Perú, años 2001 - 2005”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Transfer Relief Supplies & Services a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Transfer Relief Supplies & Services a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU consistente en 68 bultos conteniendo medicamentos: 17,012 viales de Capreomycin Sulf., Eq. 1 g base, pdr., con un peso bruto manifestado de 408 kilos y un peso bruto recibido de 418.80 kilos, valorizado en € 19,055.15 (Diecinueve mil cincuenta y cinco y 15/100 Euros). Destinado para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para tuberculosis multidrogorresistente, dentro del “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-PLUS en el Perú, años 2001 - 2005”. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 58816-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0456/RE Lima, 25 de abril de 2007Vistos, los expedientes Nºs. 11706/10073-2006, presentados por la ASOCIACION OPERACIÓN SONRISA - PERU mediante los cuales solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de OPERATION SMILE INC, con sede en Norfolk, Virginia - Estados Unidos de América. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION OPERACIÓN SONRISA - PERU, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Escritura de Donación de fecha 30 de marzo del 2006, legalizada por el Consulado General del Perú en la ciudad de Washington - Estados Unidos de América, se observa que OPERATION SMILE INC, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION OPERACIÓN SONRISA - PERU; Que, los bienes donados consisten en (72) setentidós bultos conteniendo productos farmacéuticos, materiales y equipo médico conforme a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 0180-2006-SA/OGCI del 7 agosto del 2006, con un valor FOB US$ 74,536.10 (Setenta y cuatro mil quinientos treinta y seis y 00/100 dólares americanos) con un peso manifestado de 1,172 kilos, los bienes donados han sido utilizados en la Campaña efectuada del 28 al 27 de mayo del 2006 en el Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión, donde se operaron a 111 niños de bajos recursos económicos nacidos con labio leporino y/o paladar hendido;