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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2007 (14/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2007 345216 q) Proponer al Consejo Regional las iniciativas legislativas. r) Proponer y celebrar los contratos de las operaciones de crédito interno y externo aprobadas por el Consejo Regional. s) Promover y celebrar Convenios con instituciones académicas, universidades y centros de investigación públicos y privados para realizar acciones de capacitación, asistencia técnica e investigación. t) Promover y participar en eventos de integración y coordinación macrorregionales. u) Proponer, ejecutar las estrategias y políticas para el fomento de la participación ciudadana. v) Las demás que le señale la ley. Artículo 18°.- Actos administrativos del Presidente El Presidente Regional constituye segunda y última instancia administrativa a efecto de conocer y resolver las impugnaciones contra las decisiones de la Gerencia General Regional. Artículo 19°.- Actos de gobierno del Presidente El Presidente Regional ejecuta sus actos de gobierno mediante la aprobación de Decretos Regionales con acuerdo del Directorio de Gerentes, los que establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales. SUBCAPÍTULO III 01.3. VICEPRESIDENCIA REGIONAL Artículo 20°.- Vicepresidente Regional El Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 días naturales al año, por ausencia o impedimento temporal, por suspensión o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Percibe la remuneración aprobada por el Consejo Regional, no tiene derecho a dietas. Artículo 21°.- Funciones del Vicepresidente El Vicepresidente Regional cumple las funciones que expresamente le delega el Presidente Regional, de coordinación y aquellas decisiones o acuerdos adoptados por el Consejo Regional. Es la autoridad que conduce el Consejo de la Coordinación Regional, por delegación de la Presidencia Regional. CAPITULO II 02. ALTA DIRECCIÓN SUBCAPÍTULO I 02.1.- GERENCIA GENERAL REGIONAL Artículo 22°.- Gerencia General Regional La Gerencia General Regional es el órgano de dirección superior responsable administrativo de la institución, está a cargo del Gerente General Regional, quien depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Presidencia Regional y coordina las acciones que correspondan con las diferentes Gerencias Regionales. Se encarga de asistir al Presidente Regional en los aspectos administrativos, de planeamiento y programación y ejecuta las acciones que le delegue o encomiende. Artículo 23°.- Ámbito y Funciones La Gerencia General Regional tiene bajo su dependencia a las Gerencias Regionales de Infraestructura; Energía y Minas; Agricultura; De La Producción; Comercio Exterior y Turismo; Educación; Salud; Trabajo y Promoción del Empleo; Vivienda, Construcción y Saneamiento y Transportes y Comunicaciones; asimismo, las O fi cinas Regionales de Administración; de Asesoría Jurídica; de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; Defensa Nacional y Defensa Civil y fi nalmente, las O fi cinas Operativas Provinciales. La Gerencia General Regional tiene las siguientes funciones: a) Dirigir, supervisar y coordinar las actividades de los órganos de apoyo, de asesoramiento y de línea que se encuentren bajo su dependencia. b) Someter a consideración de la Presidencia Regional los Planes Estratégicos de Desarrollo, Administrativos, Financieros y de Tecnología de la Información, que requieran su aprobación.c) Supervisar la ejecución de los programas y proyectos regionales de carácter sectorial y el componente multisectorial que le corresponda, incluidos en los Planes Estratégico de Desarrollo Concertado, Estratégico Institucional y Operativo Institucional del Gobierno Regional Arequipa. d) Coordinar por encargo del Presidente Regional con los sectores y otras organizaciones del ámbito regional, la formulación de propuestas para el desarrollo de la Región Arequipa. e) Coordinar y supervisar la administración de los recursos presupuestales. f) Efectuar el seguimiento y control de calidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública. g) Supervisar y evaluar la ejecución de los planes y programas aprobados, informando de sus resultados al Presidente Regional. h) Proponer las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de los órganos que conforman el Gobierno Regional de Arequipa. i) Proponer al Presidente Regional políticas y estrategias para impulsar el desarrollo regional. j) Por encargo del Presidente Regional supervisa y evalúa la ejecución y la calidad de los servicios públicos y administrativos que brindan los sectores; asimismo, supervisa y evalúa la ejecución de los proyectos especiales del Gobierno Regional de Arequipa. k) Informar periódicamente al Presidente Regional sobre la gestión administrativa y fi nanciera del Gobierno Regional de Arequipa. l) Las demás funciones que le sean asignadas y aquellas que le correspondan en materia de su competencia. Artículo 24°.- Responsabilidad legal El Gerente General Regional y los Gerentes Regionales son responsables legal y administrativamente por los actos que ejecutan en el ejercicio de sus funciones y de los que suscriben junto con el Presidente Regional. Artículo 25°.- Actos administrativos del Gerente General Regional La Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Arequipa, constituye primera instancia administrativa para todos los actos que se pronuncie sobre las solicitudes de petición y/o generadas de o fi cio y constituye la segunda y última instancia administrativa en los asuntos que corresponda, con cuyo pronunciamiento queda agotada la vía administrativa. SUBCAPÍTULO II 02.2.-DIRECTORIO DE GERENTES REGIONALES Artículo 26º.- Directorio de Gerentes Los Gerentes Regionales sesionan bajo la presidencia del Presidente Regional. Constituyen una unidad funcional no orgánica. El Directorio de Gerentes esta integrado por: a) El Presidente Regional b) El Vicepresidente Regionalc) El Gerente General Regionald) Los Gerentes Regionalese) Gerentes o Directores Ejecutivos de los Proyectos Especiales f) Los Jefes de las O fi cinas Regionales g) El Secretario General Artículo 27º.- Atribuciones del Directorio de Gerentes Son atribuciones del Directorio de Gerentes: a) Aprobar las Directivas Ejecutivas para cada uno de los órganos de línea y órganos desconcentrados del Gobierno Regional. b) Coordinar las actividades de los órganos de apoyo, asesoramiento y línea del Gobierno Regional de Arequipa, adoptando los acuerdos que sean necesarios para ello. c) Formar las Comisiones Ad-Hoc que sean necesarias para el cumplimiento de los fi nes de la Presidencia Regional y para labores de control. d) Adoptar acuerdos sobre las iniciativas legislativas regionales para ser presentadas al Consejo Regional. e) Adoptar acuerdos sobre los Decretos Regionales que proponga el Presidente Regional. f) Acordar la autorización para el inicio de las acciones