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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2007 345204 telefónicos asociados a la central. El Ministerio supervisará el cumplimiento de dicho cronograma. Artículo 4º.- El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL y el Ministerio de acuerdo a su competencia, emitirán, de ser el caso, las disposiciones que consideren necesarias para el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 59755-1 Crean programas de infraestructura vial “Proyecto Perú” y “Proyecto Autopista Lima - Tumbes” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2007 MTC/02 Lima, 10 de mayo de 2007CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, éste integra interna y externamente al país, para lograr un racional ordenamiento territorial vinculando las áreas de recursos, producción, mercados y centros poblados, a través de la formulación, aprobación, ejecución y supervisión de la infraestructura de transportes y comunicaciones. A tal efecto, dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 3º, 4º y 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la misión de este Ministerio es diseñar y aplicar políticas y estrategias para integrar racionalmente al país con vías de transportes y servicios de comunicaciones y, uno de sus objetivos especí fi cos es promover o proporcionar infraestructura vial, aérea y acuática adecuada, así como velar por que los servicios de transporte se brinden de manera e fi ciente, segura y sostenible, por lo que tiene como funciones diseñar, normar y ejecutar la política de promoción y desarrollo en materia de Transportes y Comunicaciones, así como formular los planes nacionales sectoriales de desarrollo; Que, de acuerdo a ello, mediante Resolución Ministerial Nº 365-2006-MTC/02, se aprobó el Plan Intermodal de Transportes 2004-2023, el cual tiene por objeto otorgar una visión integral de mediano y largo plazo al desarrollo del transporte, optimizando las decisiones de inversión con el objeto de mejorar y ampliar la cobertura de la infraestructura y servicios de transportes, apoyando el desenvolvimiento de la actividad socioeconómica, la integración física y la competitividad del país; Que, asimismo, por Resolución Ministerial Nº 817- 2006-MTC/02, se aprobó el documento Política Nacional del Sector Transporte, el mismo que permite dirigir y ejecutar la política del sector transporte; Que, el Gobierno Peruano, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el marco de su misión tiene como meta, a mediano plazo, lograr la integración vial de nuestro país, desarrollando el sistema multimodal de transporte; Que, en ese contexto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones tiene previsto realizar los Programas Proyecto Perú y Proyecto Autopista Lima-Tumbes, con la fi nalidad de desarrollar un plan vial que permita atender la demanda productiva y social, priorizando el desarrollo de la infraestructura; Que, el Proyecto Perú es un programa de infraestructura vial diseñado para mejorar las vías de integración de corredores económicos, conformando ejes de desarrollo sostenido con el fi n de elevar el nivel de competitividad de las zonas rurales, en la Red Vial Nacional, Departamental y Vecinal que permitirá la ejecución de obras de diferente nivel de intervención en la infraestructura vial del país las mismas que se ejecutarán en treinticinco corredores carreteros y se desarrollarán obras en las cuatro vías fl uviales más importantes del país, priorizando la consolidación de corredores económicos para la mayor integración de poblaciones rurales a los principales centros de demanda; Que, el Proyecto Autopista Lima-Tumbes es un programa de infraestructura vial que forma parte de la carretera Panamericana Norte, cuyo objetivo es contar con un segundo carril en la carretera Lima (Pativilca) - Tumbes, con el propósito de permitir el transporte fl uido y seguro de carga y pasajeros; Que, el objetivo de dichos programas es mejorar las condiciones de las vías de integración de corredores económicos, conformando ejes de desarrollo sostenido para permitir un nivel elevado de competitividad de las zonas rurales, uniendo esfuerzos con los distintos niveles de gobierno e instituciones públicas y privadas, con el fi n de facilitar los fl ujos de transporte en el marco de los diversos Programas y Planes ejecutados por el Gobierno; Que, a fi n de institucionalizar su implementación, se ha considerado conveniente crear los programas de infraestructura vial “Proyecto Perú” y “Proyecto Autopista Lima-Tumbes”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, en el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo Unico.- Créase los programas de infraestructura vial “Proyecto Perú” y “Proyecto Autopista Lima-Tumbes” a que se hace referencia en los considerandos de la presente Resolución. La Secretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones será la encargada de coordinar con las dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como con las entidades públicas y privadas correspondientes, el desarrollo y ejecución de los programas mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERONICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 59756-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Imponen medida disciplinaria de destitución de servidor por su actuación como Jefe de la Mesa de Partes de los Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima INVESTIGACIÓN Nº 122-2005-LIMA (Cuaderno formado con copias certi fi cadas) Lima, once de enero del dos mil siete. VISTO: El expediente administrativo que contiene el cuaderno formado con las copias certi fi cadas de la Investigación número ciento veintidós guión dos mil cinco guión Lima, seguida, entre otros, contra el servidor Roberto Alegría Llacsa por su actuación como Jefe de la Mesa de Partes de los Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima; por los fundamentos pertinentes de la resolución expedida por el Jefe de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fojas dos mil doscientos uno a dos mil doscientos treinta y dos; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante resolución de fojas ochocientos cuarenta y cuatro, la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial abrió investigación, entre otros, contra el servidor Roberto Alegría Llacsa, Jefe de la Mesa de