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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2007 (14/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2007 345206 Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NUÑEZ 59773-9 imponen medida disciplinaria de destitución de servidor por su actuación como Auxiliar Judicial del Sétimo Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima INVESTIGACIÓN Nº 206-2004-LIMA Lima, once de enero del dos mil siete.-VISTO: El expediente administrativo que contiene la Investigación número doscientos seis guión dos mil cuatro guión Lima, seguida contra el servidor Milko Steve Portilla Espinoza por su actuación como Auxiliar Judicial del Sétimo Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima; por los fundamentos de la resolución expedida por el Jefe de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fojas doscientos uno a doscientos cuatro; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante resolución de fojas quince, la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial inició investigación contra el servidor judicial Milko Steve Portilla Espinoza, en mérito de la queja interpuesta por la doctora Silvia Edith Azabache Morán, quien atribuye al nombrado auxiliar jurisdiccional haberle solicitado dinero para favorecerla en el trámite del proceso sobre separación convencional y divorcio ulterior, expediente número ciento ochenta y tres mil quinientos siete guión dos mil tres, en el que la quejosa es parte, indicando que el investigado le solicitó trescientos nuevos soles, supuestamente para ser entregados a la Especialista Legal Graciela Isabel Becerra Acero, así como mil nuevos soles para ser dividida con el asistente José Haro Alvinez; asimismo, la quejosa señala que en la primera oportunidad en que el investigado le solicitó indebidamente la entrega de dinero, le brindó su número de celular y copia de cuatro resoluciones del mencionado expediente; agregando que le entregó el número de su teléfono celular, en virtud a que el investigado le indicó que le avisaría tan pronto se expidiera la resolución correspondiente; Segundo: Que, mediante resolución de fecha doce de mayo del dos mil seis, de fojas ciento ochenta y cinco a ciento ochenta y nueve, fueron absueltos los servidores Graciela Isabel Becerra Acero y José Haro Alvinez; Tercero: Que, concluida la investigación, la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que imponga la medida disciplinaria de destitución al servidor Milko Steve Portilla Espinoza, por su actuación como Auxiliar Judicial del Sétimo Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al haber mantenido tratativas con la quejosa Silvia Edith Azabache Morán a fi n de favorecerla en el trámite de un proceso judicial en el que ella es parte;Cuarto: Que, el investigado niega las imputaciones que se le atribuyen, indicando desconocer el número de celular a que hace mención la quejosa, por cuanto nunca ha tenido ese número ni ha mantenido comunicación con la misma; asimismo, niega haber proporcionado copias de un expediente a la denunciante y que nunca ha recibido llamadas de la denunciante. Finalmente niega reconocer la voz contenida en la grabación magnetofónica que obra en autos, indicando que en todo caso se sometería a la pericia correspondiente; Quinto: Que, no obstante lo señalado por el investigado, ha quedado demostrado en autos la responsabilidad disciplinaria del servidor Portilla Espinoza, con el mérito de la pericia de fojas ciento cuarenta y cinco practicada por la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional sobre la cinta de audio, en la que fue grabada la conversión telefónica sostenida el día doce de noviembre del dos mil cuatro entre la denunciante y una persona de sexo masculino, que fue debidamente registrada en medio magnético, en presencia del Jefe de la Unidad de Procesos Disciplinarios de la O fi cina de Control de la Magistratura. El resultado de la pericia concluye que el soporte magnético analizado registra un diálogo obtenido a través de la línea telefónica entre dos personas adultas, una de sexo masculino y otra de sexo femenino, habiendo sido identi fi cado plenamente como hablante el auxiliar jurisdiccional sometido a investigación Milko Steve Portilla Espinoza; asimismo, la transcripción de la conversación telefónica de fojas ochenta y siete a ochenta y ocho, acredita que el servidor investigado mantuvo conversaciones con la denunciante ofreciéndole ayuda en un proceso judicial en el que era parte, para la resolución favorable de una medida cautelar sobre asignación de alimentos e incluso el investigado le proporcionó copias de resoluciones judiciales extraídas del expediente al cual tenía acceso por su condición de encargado del archivo del Módulo de Familia; Sexto: Que, siendo así, por la grave conducta disfuncional incurrida por el nombrado servidor judicial, quien con su irregular actuar ha desmerecido la dignidad del cargo ante el concepto público, resulta de aplicación lo previsto en el artículo doscientos once del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el mencionado cuerpo legal, de conformidad con el informe del señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Francisco Távara Córdova por haber emitido pronunciamiento como Jefe de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitución a don Milko Steve Portilla Espinoza, por su actuación como Auxiliar Judicial del Sétimo Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NUÑEZ 59773-8 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Aprueban actualización del Cuadro para Asignación de Personal de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 158-2007-CG Lima, 10 de mayo de 2007Vistos, las Hojas de Recomendación Nºs. 021 y 026 -2007-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control mediante las cuales propone aprobar la actualización del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la Contraloría General de la República;