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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de mayo de 2007 346161 DISPOSICION FINAL Primera.- Posterior a su aprobación por el Concejo Municipal Distrital, el presente Reglamento, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 65705-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOHO Exoneran de proceso de selección la adquisición de “Insumos del Programa Vaso de Leche” correspondiente a los meses de enero a junio de 2007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2007-MPM-CM Moho, trece de mayo de dos mil sieteEL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOHO VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha 13 de mayo de 2007; y los Informes Nº 051-2007-MPM-LOGÍSTICA, 07-2007-MPM-PVL, 005-2007-MPM-CE, 014-2007-MPM/AJ, presentados por las O fi cinas de Logística, Encargado del Programa Vaso de Leche, Comité Especial de Adquisiciones de PVL y de Asesoría Legal ; y, CONSIDERANDO:Que, el encargado del Programa Vaso de Leche comunica el desabastecimiento de los Insumos para el Programa y urge la necesidad de adquirir cuanto antes, el Comité Especial de Adquisiciones de la Municipalidad, mediante Informe Nº 005-2007-MPM-CE indica que se ha realizado el Proceso de Selección para adquirir los Insumos, los mismos que en dos oportunidades han sido declaradas desiertos, asimismo se informa que se realizará otro Proceso de Selección y el Calendario del mismo se prolongará hasta el mes de junio y que las coordinadoras y bene fi ciarias de diferentes parcialidades y comunidades de la Provincia de Moho solicitan la inmediata dotación de los insumos del PVL de los meses de enero hasta junio del presente año, la Unidad de Abastecimiento sustenta técnicamente la exoneración y la necesidad inmediata de adquirir “los insumos del Programa Vaso de Leche”, precisando que la Municipalidad quedó desabastecido de un servicio esencial para la atención inmediata de los bene fi ciarios, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, en el presente caso se ha con fi gurado el supuesto de hecho de la causal de exoneración por situación de desabastecimiento inminente y recomienda 1) Se declare en situación de desabastecimiento inminente de la adquisición de los insumos del PVL, 2) Aprobar la exoneración del Proceso de Selección; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen: “en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley”; Que, el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el artículo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, debiéndose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario O fi cial El Peruano, excepto en los casos a que se refi ere el inciso b) del artículo 19º de la Ley; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Artículo 19, se aprobarán mediante Acuerdo del Concejo Municipal; Que, los Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que ante una Situación de desabastecimiento inminente, la autoridad competente para autorizar la exoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º del mismo cuerpo normativo, el cual regula las responsabilidades y sanciones; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se re fi ere el artículo 19º se realizarán mediante acciones inmediatas y el artículo 148º de su Reglamento establece que se requiere invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico; Estando a lo dispuesto y a lo aprobado por voto mayoritario en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de mayo de 2007 y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9º, 20º, 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal; ACORDÓ:Artículo 1º.- EXONERAR del proceso de selección por causal de Situación de Desabastecimiento Inminente, y autorícese la adquisición de “Insumos del Programa Vaso de Leche” correspondiente a los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo y Junio de 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR a la O fi cina de Abastecimientos la adquisición de los Insumos del Programa Vaso de Leche. Artículo 3º.- ORDENAR el inicio de las acciones correspondientes a los servidores que originaron este hecho. Artículo 4º.- El presente Acuerdo debe ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su adopción. Regístrese, comuníquese y publíquese.RANDOLFO MAMANI ARACAYO Alcalde 65711-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN Adecuan montos de remuneración de Alcalde y de dieta de Regidores del Concejo Provincial de San Martín ACUERDO DE CONCEJO Nº 063-2007-CPSM-T Tarapoto, 16 de abril del 2007