Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2007 (30/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2007

2°.- El 28 de MORDAZA, o en dias inmediatamente precedentes a conmemorarse el Aniversario de la Declaracion de la Independencia. 3°.- El 24 de setiembre, o en dias inmediatamente precedentes a conmemorarse la Fundacion de la MORDAZA Satelite de Ventanilla. 4°.- En fechas que acuerde el Concejo Municipal Distrital, para rendir homenaje a personalidades o conmemorar hechos gloriosos o trascendentes. En estas Sesiones, el Primer Regidor, o cualquier Regidor que designe el MORDAZA, MORDAZA lectura a las actas correspondientes. Para el caso de estas Sesiones de caracter especial, no se requiere el quorum legal, asimismo, no son remuneradas. TITULO IV: DE LAS COMISIONES Articulo 33°.- CARACTER, OBJETIVO Y CLASES DE COMISIONES Las Comisiones son organos consultivos del Concejo Municipal Distrital, y constituyen instrumentos de fiscalizacion. Su objetivo es realizar los estudios que le encomienda el Concejo, formular propuestas y dictamenes sobre los asuntos que correspondan a la MORDAZA de su actividad. Las Comisiones son nombradas por Acuerdo de Concejo a propuesta del MORDAZA, pueden ser permanentes o especiales. CAPITULO I: COMISIONES PERMANENTES Articulo 34°.- COMISIONES PERMANENTES Las Comisiones Permanentes son las que establezca el Concejo Municipal Distrital, a propuesta del MORDAZA, al inicio del ano; estan constituidas por un numero minimo de 3 regidores, se conforman por un Presidente, Vicepresidente y Secretario; pueden apoyarse y asesorarse por el funcionario de mayor nivel en el area de su competencia pero sin derecho a voto. Estas Comisiones se reunen en sesiones ordinarias, por lo menos una vez cada quince dias, o en sesiones extraordinarias a convocatoria del Presidente de la Comision, con anticipacion de dos dias habiles. Las deliberaciones de las comisiones y los acuerdos que se adopten constaran en un Libro Especial, autorizado por el Secretario (a) General del Concejo Municipal Distrital. Las Comisiones Permanentes deben pronunciarse sobre los asuntos relacionados a la materia de su competencia que le corresponde por ley o por disposicion municipal. Todo Regidor tiene derecho y obligacion de integrar como minimo una Comision Permanente y solo puede presidir una de ellas. Articulo 35°.- FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS COMISIONES PERMANENTES 1) Proponer normas necesarias ante el Concejo y la Alcaldia. 2) Evaluar el Plan de Accion Anual del area respectiva en forma permanente, proponiendo correctivos y cambios pertinentes. 3) Dictaminar los Proyectos de Ordenanzas, Acuerdos o Resoluciones de Concejo. 4) Dictaminar en los pedidos de los Regidores. 5) Dictaminar sobre iniciativas de las Organizaciones Sociales de Base u otros similares 6) Dictaminar en los recursos administrativos que se interpongan, cuya Resolucion corresponda al Concejo Municipal Distrital. 7) Efectuar investigaciones y estudios. 8) Las demas que prevea el presente Reglamento o que les encargue el Concejo Municipal Distrital. Articulo 36°.- PRESIDENTE Son funciones del Presidente:

a) Convocar y premier las sesiones de la Comision b) Suscribir el despacho de la Comision c) Proporcionar apoyo administrativo a la Comision Articulo 37°.- VICEPRESIDENTE Es aquel miembro que reemplaza al Presidente, en caso de ausencia o impedimento Articulo 38°.- SECRETARIO a) Levantar y suscribir las actas de las sesiones de la Comision b) Tramitar y despachar la documentacion de la Comision c) Llevar el archivo de la Comision d) Las demas que le senale el presente Reglamento. CAPITULO II: COMISIONES ESPECIALES Articulo 39°.- COMISIONES ESPECIALES Las Comisiones Especiales se constituyen por Acuerdo de Concejo a propuesta del MORDAZA, para asuntos especificos y por ende que no corresponden a ninguna Comision Permanente. El Acuerdo de Concejo determinara el MORDAZA y el plazo de la Comision. Estas Comisiones, se conforman en funcion de la importancia del tema o MORDAZA de la misma, estando conformada por un Presidente, Vicepresidente y Secretario. Articulo 40°.- QUORUM DE LAS COMISIONES El quorum para el funcionamiento de las Comisiones y la adopcion de acuerdos es de mayoria simple, teniendo el Presidente de la Comision, derecho a MORDAZA dirimente. Articulo 41°.- SUSCRIPCION DE DOCUMENTOS Los Dictamenes, informes y proyectos de las Comisiones, deberan estar suscritos por sus miembros. En caso de existir discrepancia, los Regidores pueden presentar dichos documentos en minoria y en forma individual. Articulo 42°.- PLAZO Y PRORROGA Las Comisiones deben presentar sus dictamenes, informes y proyectos, dentro de los plazos establecidos; en caso de no establecerse plazos, se deberan presentar en un plazo no mayor de treinta dias. En caso la Comision lo estime necesario, por la complejidad del MORDAZA a analizar, puede solicitar la prorroga hasta por un plazo de 15 dias, siempre que dicha solicitud sea fundamentada y presentada por menos dos dias MORDAZA del vencimiento del plazo. Articulo 43°.- SOLICITUD DE INFORMACION Las Comisiones podran solicitar, a traves de Alcaldia, informacion a organismos del sector publico o cualquier concesionario o contratista de servicios municipales, a fin de realizar eficazmente sus funciones. Asimismo, podran requerir, a traves de Secretaria General, informes a los funcionarios municipales, quienes estan obligados, bajo responsabilidad, a contestar en el plazo senalado por la Comision. Articulo 44°.- REUNIONES CONJUNTAS Cuando dos o mas comisiones tengan la necesidad de reunirse, para tratar un MORDAZA que involucre a MORDAZA, lo haran rotando la Presidencia. Articulo 45°.- VACANCIA La inasistencia de un Regidor a tres sesiones de la Comision a la que pertenezcan en forma consecutiva o seis no consecutivas en el transcurso del ano, dejara vacante el cargo respectivo, siendo reemplazado por un Regidor elegido por el Concejo Municipal Distrital. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Primera.- Las Comisiones Permanentes, conformadas mediante Acuerdo de Concejo No.006 -2007/MDV-CDV de fecha 12 de enero del 2007, mantendran plena vigencia, hasta la eleccion de nuevas MORDAZA de comisiones, al inicio del proximo ano.

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