Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2007 (30/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

346159

En las Sesiones Ordinarias, se seguira la siguiente secuencia: 1) Lectura y Aprobacion del Acta de la Sesion anterior. b) Despacho c) Informes y Pedidos d) Orden del Dia Articulo 22°.- DESPACHO En la estacion de Despacho, no se admite debate, es aquella en la cual se pondra en conocimiento del Concejo Municipal Distrital, la documentacion relativa a la administracion municipal, de acuerdo a su jerarquia constituida por: - Informes y Dictamenes de la Comision - Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos - Informes, Pedidos y Mociones de los Regidores - Informes de la Administracion - Otros Documentos Leidos los documentos puestos a Despacho, el MORDAZA o quien presida la Sesion, ordenara el tramite que se deba seguir y pasara a la Orden del Dia, aquellos que requieran pronunciamiento del Concejo Municipal Distrital; pudiendo sustentar los autores en un lapso no mayor de cinco minutos. No podra exonerarse del tramite de comisiones los asuntos que afecten las rentas de la Municipalidad. Articulo 23°.- INFORMES Y PEDIDOS En esta estacion no se admite debate, si se produjera por la naturaleza del informe, pasara a la Orden de Dia. Los Regidores podran dar cuenta de las gestiones que se les hubiere encargado por parte del Concejo Municipal Distrital, o de aquellos asuntos relacionados con funciones y atribuciones que la Ley senala, y que consideren deben ser puestos en conocimiento del Concejo. Asimismo, los Regidores podran efectuar los pedidos que estimen convenientes sobre asuntos que requieran pronunciamiento del Concejo Municipal Distrital; en caso de ser pedidos escritos, se deberan presentar en un plazo no mayor de 48 horas, MORDAZA de la celebracion de la Sesion de Concejo. Esta estacion tendra una duracion MORDAZA de treinta minutos, vencidos los cuales se pasara a la estacion de Orden del Dia, si quedaran pendientes informes y pedidos, se trataran en la proxima Sesion. Articulo 24°.- ORDEN DEL DIA En la estacion del Orden del Dia, se debatira y votara solamente los asuntos que durante la Sesion, hubieran pasado a dicha etapa. El MORDAZA o quien presida la Sesion, senalara si fuera preciso, el orden en el que se debatiran, de acuerdo a la naturaleza o urgencia de los asuntos a tratar. Los Regidores fundamentaran sus dictamenes, proyectos de ordenanzas o acuerdos, informes y pedidos que hubieren pasado a esta estacion, de manera concreta y sucinta. Las intervenciones se referiran solamente a los asuntos en debate y no se admitira se derive el debate a asuntos diferentes del que se esta tratando. Asimismo, el MORDAZA o quien presida la Sesion, podra dar por agotado el debate si considerase que el MORDAZA ha sido lo suficientemente analizado; igualmente, por propia iniciativa o la de un regidor podra disponer que se suspenda el debate de algun MORDAZA, que podra tratarse en la siguiente sesion. Articulo 25°.- MOCIONES Los Regidores pueden presentar mociones de Orden del Dia, referidas al MORDAZA en debate, pudiendo ser en forma verbal o escrita, requiriendo fundamentacion. Asimismo, podran solicitar Mociones de Saludo, sustentando igualmente el motivo de la mocion. Articulo 26°.- VOTACIONES Las votaciones y elecciones se realizaran en la estacion de Orden del Dia, salvo que no requieran debate

previo, en dicho caso se efectuaran en la estacion que corresponda. Las votaciones se efectuaran de la siguiente manera: 1) Ordinaria, levantando la mano o poniendose de pie. 2) Nominal 3) Secreta La MORDAZA y tercera forma se daran cuando corresponda por Ley o a solicitud de algun regidor y con la aprobacion de la mayoria de los miembros asistentes a la Sesion. El MORDAZA MORDAZA uso del MORDAZA dirimente, el Regidor que presida la Sesion no pierde su derecho a MORDAZA, y en caso de empate tendra MORDAZA doble, a menos que se encuentre desempenando la Alcaldia, conforme lo senalado en el articulo 17 de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Articulo 27°.- RECTIFICACION DE VOTACION Cualquier Regidor puede solicitar se rectifique una votacion repitiendose la misma. Una MORDAZA rectificacion, requiere la aprobacion de la mayoria de los miembros asistentes. Articulo 28°.- VALIDEZ DE LOS ACUERDOS Para la validez de los acuerdos que MORDAZA el Concejo Municipal Distrital, se requiere el MORDAZA de la mitad mas uno de los miembros asistentes habiles. En caso de existir informes o dictamenes en contra, sobre el mismo MORDAZA, se votara cada uno de ellos. Articulo 29°.- RECONSIDERACIONES El veinte por ciento (20%) de los miembros habiles del Concejo Municipal Distrital, pueden solicitar la reconsideracion respecto de los acuerdos, dentro del tercer dia habil contado a partir de la fecha en que se adopto el acuerdo. Salvo los supuestos establecidos en el articulo 23 de la Ley Organica de Municipalidades, referidos a los acuerdos sobre la vacancia del cargo del MORDAZA o de los Regidores. CAPITULO II: DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS Articulo 30°.- CONVOCATORIA Las Sesiones Extraordinarias son convocadas por el MORDAZA o a solicitud de una tercera parte del numero legal de sus miembros. En caso de existir solicitud de los Regidores, el MORDAZA debera convocar a Sesion Extraordinaria, en un plazo no mayor de cinco habiles; caso contrario, sera convocada por el MORDAZA MORDAZA o por cualquier otro Regidor, previa notificacion escrita a Alcaldia. Entre la convocatoria y la Sesion mediara, cuando menos, cinco dias habiles. En caso que el MORDAZA o el MORDAZA MORDAZA concurran a la sesion convocada, tienen el derecho a presidirla; en caso de inconcurrencia, la sesion sera presidida por el Regidor que sigue en la lista electoral del Alcalde. En situaciones de emergencia declaradas conforme a Ley, el Concejo Municipal Distrital podra dispensar del tramite de convocatoria a Sesion Extraordinaria, siempre que se encuentren presentes suficientes regidores y se verifique el quorum de ley. Articulo 31°.- PUNTOS DE AGENDA En la Sesion Extraordinaria, solo se tratan los asuntos prefijados en la agenda. CAPITULO III: DE LAS SESIONES SOLEMNES Articulo 32°.- MOTIVOS DE CELEBRACION Las Sesiones Solemnes se celebran en las siguientes fechas: 1°.- El 28 de enero, o en dias inmediatamente precedentes a conmemorarse la Creacion Politica del Distrito.

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